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Revisión de sentencia firme por hallar jurisprudencia.

3 Comentarios
 
26/07/2017 18:41
b.barceló
Muchas gracias por tu respuesta, b.barceló.

Ya suponía que no era viable la revisión, pues según me parecía no se ajustaba a ninguno de los cuatro supuestos contemplados por la ley, pero prefería la confirmación de algún profesional.

Lo que también me ha quedado claro es el desinterés y la falta de profesionalidad del abogado que me asistió. Simplemente poniendo un par de palabras clave en un buscador de jurisprudencia, aparecen varias sentencias sobre el tema.


Gracias de nuevo.
Un saludo.
25/07/2017 12:26
Canbus
Efectivamente, la revisión de sentencia no es viable con la aportación de jurisprudencia. Por dos motivos:

- No es prueba nueva. Esa jurisprudencia ya existia antes de su sentencia

- El Tribunal Supremo ya ha dictaminado que el asentamiento de nueva jurisprudencia no implica una revisión de sentencia. El caso más reciente es el de las clausulas suelo. Basta con poner en google "revision de sentencia clausulas suelo" para encontrar algunos artículos al respecto.

Un saludo.
23/07/2017 03:10
Canbus
Después del tocho...

Según me he informado existen ciertos casos que aun siendo una sentencia firme e irrevocable, se puede interponer una demanda de revisión, siempre que se pueda incluír en uno de los siguientes supuestos:

1. Recobrar u obtener documentos decisivos después de dictada sentencia, de los que no se hubiere podido disponer por fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se hubiere dictado.
2. Si hubiere recaído en virtud de documentos que al tiempo de dictarse ignoraba una de las partes haber sido declarados falsos en un proceso penal, o cuya falsedad declarare después penalmente.
3. Si hubiere recaído en virtud de prueba testifical o pericial, y los testigos o los peritos hubieren sido condenados por falso testimonio dado en las declaraciones que sirvieron de fundamento a la sentencia.
4. Si se hubiere ganado injustamente en virtud de cohecho, violencia o maquinación fraudulenta.

En principio, no aprecio que encontrar a posteriori tal jurisprudencia que tumbaría la sentencia se pueda en incluír en ninguno de los apartados anteriores, pero como profano, agradecería mucho la opinión de los profesionales.

O si una vez presentado el caso ante Vds. advierten alguna otra herramienta para revocar esa sentencia les estaría enormemente agradecido

Muchas gracias, y perdón por el tocho.
Revisión de sentencia firme por hallar jurisprudencia.
23/07/2017 03:09
Hola, hace un año y medio fui denunciado (falsamente) por malos tratos en el ámbito familiar.

La denunciante era una persona casada con la que mantenía una relación de amantes a escondidas, según ella misma manifestó en la denuncia y ante el juez.
En su declaración alegó amenazas y malos tratos psicológicos. No se aportaron partes médicos, testigos, grabaciones, ni cualquier otra prueba, pero aun asi se admitió a trámite.

El caso es que mal aconsejado por mi abogado (que parecía mas bien mi enemigo), y ante la presión de la posibilidad (según él) de que podría acabar en la cárcel, totalmente en desacuerdo por mi parte, pero dejándome aconsejar por quien se supone que velaba por mis intereses tuve que aceptar un pacto, donde se me condenaba a una multa y una orden de alejamiento, ambas con la reducción de condena del 33%, y ambas cumplidas sin incidente alguno, a pesar de los esfuerzos de la denunciante para provocar un quebrantamiento de condena mientras duró la orden de alejamiento.

Mi abogado no me informó sobre que también se me condenaba a las costas, ni de todos los problemas que me iba a acarrear el hecho de tener antecedentes penales y constar en un registro de maltratadores.
Si me hubiese informado correctamente, de ninguna manera hubiese aceptado y mas con el agravante de que la denuncia era falsa, algo que no puedo probar, pues como dice la ley: en las denuncias por malos tratos "es suficiente como única prueba el mero testimonio de la víctima, si el juez lo considera veraz y creíble".

A mi me pareció absolutamente kafkiano que los jueces y fiscales admitan como "relación de analoga afectividad" una relación de amantes ocasionales, en la que solo se comparte sexo en privado con una persona que cohabita con su marido en el domicilio familiar, y según ella declaró: "nunca insinuó que quisiera separarse o divorciarse".
El caso es que aunque ya ha pasado tiempo, he encontrado una sentencia sobre este tema, que debería haber buscado mi abogado si hubiese hecho bien su trabajo y sentó jurisprudencia.
Es la siguiente:
La Sección 20 de la Audiencia de Barcelona ha absuelto a un hombre del delito de maltrato psíquico habitual al considerar que los hechos no pueden considerarse violencia doméstica porque el acusado y la víctima eran amantes. Por ello, el tribunal entiende que no se le puede aplicar la acepción de “análoga relación de afectividad” que requiere el artículo 153 del Código Penal y absuelve a Francisco Javier R. R.
El fondo de la cuestión, dice la Audiencia, es si a esos hechos ocurridos entre amantes se le puede aplicar el Código Penal y son equiparables a los protagonizados entre un matrimonio o pareja al uso. Y el tribunal llega a la conclusión de que no, de que ser amantes es algo distinto a la “análoga relación de afectividad”. Como tal debe entenderse “la situación en que dos personas deciden compartir su vida cotidiana, su economía, sus problemas y tienen un proyecto de vida presente y futuro compartido, aun incluso sin que exista convivencia”, o sea, “la existencia de vínculos emocionales o sentimentales entre las partes”.
Por el contrario, la relación de amantes, añaden los jueces, es una “relación paralela a la matrimonial”, sin los “lazos afectivos o de unión que trata de proteger el Código Penal”. Por eso, añade la sentencia, ni el presunto agresor ni la presunta víctima pueden ser ni el sujeto activo ni el pasivo que son necesarios para apreciar el delito de violencia doméstica.


Y no es la única: Roj: SAP SA 115/2017 - ECLI: ES:APSA:2017:115
http://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=7989955&links=amantes%20Y%20g%C3%A9nero%20Y%20153&optimize=20170412&publicinterface=true
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3 Comentarios
 
26/07/2017 18:41
b.barceló
Muchas gracias por tu respuesta, b.barceló.

Ya suponía que no era viable la revisión, pues según me parecía no se ajustaba a ninguno de los cuatro supuestos contemplados por la ley, pero prefería la confirmación de algún profesional.

Lo que también me ha quedado claro es el desinterés y la falta de profesionalidad del abogado que me asistió. Simplemente poniendo un par de palabras clave en un buscador de jurisprudencia, aparecen varias sentencias sobre el tema.


Gracias de nuevo.
Un saludo.
25/07/2017 12:26
Canbus
Efectivamente, la revisión de sentencia no es viable con la aportación de jurisprudencia. Por dos motivos:

- No es prueba nueva. Esa jurisprudencia ya existia antes de su sentencia

- El Tribunal Supremo ya ha dictaminado que el asentamiento de nueva jurisprudencia no implica una revisión de sentencia. El caso más reciente es el de las clausulas suelo. Basta con poner en google "revision de sentencia clausulas suelo" para encontrar algunos artículos al respecto.

Un saludo.
23/07/2017 03:10
Canbus
Después del tocho...

Según me he informado existen ciertos casos que aun siendo una sentencia firme e irrevocable, se puede interponer una demanda de revisión, siempre que se pueda incluír en uno de los siguientes supuestos:

1. Recobrar u obtener documentos decisivos después de dictada sentencia, de los que no se hubiere podido disponer por fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se hubiere dictado.
2. Si hubiere recaído en virtud de documentos que al tiempo de dictarse ignoraba una de las partes haber sido declarados falsos en un proceso penal, o cuya falsedad declarare después penalmente.
3. Si hubiere recaído en virtud de prueba testifical o pericial, y los testigos o los peritos hubieren sido condenados por falso testimonio dado en las declaraciones que sirvieron de fundamento a la sentencia.
4. Si se hubiere ganado injustamente en virtud de cohecho, violencia o maquinación fraudulenta.

En principio, no aprecio que encontrar a posteriori tal jurisprudencia que tumbaría la sentencia se pueda en incluír en ninguno de los apartados anteriores, pero como profano, agradecería mucho la opinión de los profesionales.

O si una vez presentado el caso ante Vds. advierten alguna otra herramienta para revocar esa sentencia les estaría enormemente agradecido

Muchas gracias, y perdón por el tocho.
Revisión de sentencia firme por hallar jurisprudencia.
23/07/2017 03:09
Hola, hace un año y medio fui denunciado (falsamente) por malos tratos en el ámbito familiar.

La denunciante era una persona casada con la que mantenía una relación de amantes a escondidas, según ella misma manifestó en la denuncia y ante el juez.
En su declaración alegó amenazas y malos tratos psicológicos. No se aportaron partes médicos, testigos, grabaciones, ni cualquier otra prueba, pero aun asi se admitió a trámite.

El caso es que mal aconsejado por mi abogado (que parecía mas bien mi enemigo), y ante la presión de la posibilidad (según él) de que podría acabar en la cárcel, totalmente en desacuerdo por mi parte, pero dejándome aconsejar por quien se supone que velaba por mis intereses tuve que aceptar un pacto, donde se me condenaba a una multa y una orden de alejamiento, ambas con la reducción de condena del 33%, y ambas cumplidas sin incidente alguno, a pesar de los esfuerzos de la denunciante para provocar un quebrantamiento de condena mientras duró la orden de alejamiento.

Mi abogado no me informó sobre que también se me condenaba a las costas, ni de todos los problemas que me iba a acarrear el hecho de tener antecedentes penales y constar en un registro de maltratadores.
Si me hubiese informado correctamente, de ninguna manera hubiese aceptado y mas con el agravante de que la denuncia era falsa, algo que no puedo probar, pues como dice la ley: en las denuncias por malos tratos "es suficiente como única prueba el mero testimonio de la víctima, si el juez lo considera veraz y creíble".

A mi me pareció absolutamente kafkiano que los jueces y fiscales admitan como "relación de analoga afectividad" una relación de amantes ocasionales, en la que solo se comparte sexo en privado con una persona que cohabita con su marido en el domicilio familiar, y según ella declaró: "nunca insinuó que quisiera separarse o divorciarse".
El caso es que aunque ya ha pasado tiempo, he encontrado una sentencia sobre este tema, que debería haber buscado mi abogado si hubiese hecho bien su trabajo y sentó jurisprudencia.
Es la siguiente:
La Sección 20 de la Audiencia de Barcelona ha absuelto a un hombre del delito de maltrato psíquico habitual al considerar que los hechos no pueden considerarse violencia doméstica porque el acusado y la víctima eran amantes. Por ello, el tribunal entiende que no se le puede aplicar la acepción de “análoga relación de afectividad” que requiere el artículo 153 del Código Penal y absuelve a Francisco Javier R. R.
El fondo de la cuestión, dice la Audiencia, es si a esos hechos ocurridos entre amantes se le puede aplicar el Código Penal y son equiparables a los protagonizados entre un matrimonio o pareja al uso. Y el tribunal llega a la conclusión de que no, de que ser amantes es algo distinto a la “análoga relación de afectividad”. Como tal debe entenderse “la situación en que dos personas deciden compartir su vida cotidiana, su economía, sus problemas y tienen un proyecto de vida presente y futuro compartido, aun incluso sin que exista convivencia”, o sea, “la existencia de vínculos emocionales o sentimentales entre las partes”.
Por el contrario, la relación de amantes, añaden los jueces, es una “relación paralela a la matrimonial”, sin los “lazos afectivos o de unión que trata de proteger el Código Penal”. Por eso, añade la sentencia, ni el presunto agresor ni la presunta víctima pueden ser ni el sujeto activo ni el pasivo que son necesarios para apreciar el delito de violencia doméstica.


Y no es la única: Roj: SAP SA 115/2017 - ECLI: ES:APSA:2017:115
http://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=7989955&links=amantes%20Y%20g%C3%A9nero%20Y%20153&optimize=20170412&publicinterface=true