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riesgo durante el embarazo

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Riesgo durante el embarazo
19/01/2004 22:48
Hola, soy trabajadora del sector comercio, actualmente me encuentro embarazada de cinco meses, estoy como dependienta en pescaderia y debido al tipo de trabajo que desempeño quisiera que alguien me aclarara;primero se que puedo pedir cambio de puesto de trabajo, pero mi duda es ; si por razones organizativas de empresa no podrian cambiarme?; otra duda que tengo es si mi medico de cabecera estaria facultado para darme la baja y que tipo de I.T. seria ya que en el convenio de mi empresa cita textualmente "se complementaran las prestaciones de la seguridad social con los siguientes criterios: La empresa complementara las prestaciones de la seguridad social, hasta el 100% de las retribuciones mensuales del colaborador en los supuestos de IT que tengan como causa:la maternidad, el accidente laboral, la enfermedad profesional,los dias que permanezca hospitalizado. la empresa complementara las prestaciones de la seguridad social, hasta el 100% de las retibuciones del trabajador, en las situaciones de baja por enfermedad comun o accidente no laboral con un duracion comprendida entre los dias 1 al 8 y 21 al 365, todos incluidos. y un ultima duda es igual baja por maternidad que por enfermedad comun en cuanto a lo que se percibe?. gracias
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19/01/2004 22:48
Hola, soy trabajadora del sector comercio, actualmente me encuentro embarazada de cinco meses, estoy como dependienta en pescaderia y debido al tipo de trabajo que desempeño quisiera que alguien me aclarara;primero se que puedo pedir cambio de puesto de trabajo, pero mi duda es ; si por razones organizativas de empresa no podrian cambiarme?; otra duda que tengo es si mi medico de cabecera estaria facultado para darme la baja y que tipo de I.T. seria ya que en el convenio de mi empresa cita textualmente "se complementaran las prestaciones de la seguridad social con los siguientes criterios: La empresa complementara las prestaciones de la seguridad social, hasta el 100% de las retribuciones mensuales del colaborador en los supuestos de IT que tengan como causa:la maternidad, el accidente laboral, la enfermedad profesional,los dias que permanezca hospitalizado. la empresa complementara las prestaciones de la seguridad social, hasta el 100% de las retibuciones del trabajador, en las situaciones de baja por enfermedad comun o accidente no laboral con un duracion comprendida entre los dias 1 al 8 y 21 al 365, todos incluidos. y un ultima duda es igual baja por maternidad que por enfermedad comun en cuanto a lo que se percibe?. gracias