Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

robo violencia o hurto atentado?

6 Comentarios
 
01/02/2007 17:31
Estoy de acuerdo con Anafer; es lo que la jurisprudencia denomina "violencia sobrevenida" que se da cuando la violencia se produce después del apoderamiento y antes de la disponibilidad.
01/02/2007 10:41
Hola:

Mi opinión es que se trata de Robo con Violencia:

1.- El hecho no se ha consumado, pues es sorprendido por el tercero antes de tener la disposición sobre los objetos.

2.- El sujeto ejerce la violencia sobre ese tercero, no para huir solamente, sino para alcanzar la plena disponibilidad de lo sustraído.

3.- Si tras zafarse del tercero, logra perderse de vista, el robo lo sería consumado, pues el apoderamiento de los objetos se alcanzará en su plenitud. Si es detenido por ese tercero, será robo intentado.

4.-. Si el tercero que interviene es Agente de Policía, quizá haya un concurso con resistencia, no sé...

Salvo mejor opinión, claro. Saludos.
01/02/2007 02:03
Según la descripción del tipo ,hurto ,se comete cuando el autor se apodera de bienes muebles ajenos,sin la voluntad de su dueño y sin aplicar fuerza en las cosas o violencia en las personas .Por tano el primer delito , si la cantidad sustraida tiene un valor superior a 300 € ,seria autor de un delito de hurto.Posteriormente, cuando el autor de dichos hechos ya tiene en su poder lo sustraido ,sin que su propietario se percate , una tercera persona intenta detener al delincuente,recibiendo una agresión,entien do que,comete el delincuente una falta de lesiones o un delito de lesiones ,dependiendo que la victma necesite para curar las lesiones una cura o más.Si la victima de la lesión se identifico como policia,seria o una falta de resistencia o un atentado a agente de la autoridad con resultado de lesiones.
31/01/2007 12:47
El atentado entraría en concurso medial con el robo. Ya que el ataque se emplea para asegurarse la huida.
31/01/2007 12:10
Gracias por su respuesta, Periquito, lo tendré presente. A ver si alguien más me dice algo.
30/01/2007 21:40
Siento que nadie hasta ahora le haya contestado a su pregunta, y de hecho lleva aqui colgada bastante tiempo.

En primer lugar, aqui habria que distinguir varios aspectos:

1) En primer lugar, el hurto se cometio aprovechando el descuido de una persona, por lo que para su comision no se ha empleado violencia o intimidacion.

2) Hay una agresion a otra persona, para solucionar o conseguir la huida, que al ser persona distinta del hurtado, sera en este caso propio e independiente sujeto pasivo de un delito de lesiones.

3) Son dos personas distintas por completo, por lo que no se podría acudir a la figura del delito medial, a mi juicio.

4) Si la persona agredida es ademas un policia, debida su condicion especial de sujeto pasivo, podria agravar el tipo o reconducirse, a lo sumo, a un tipo especial de agresion o atentado a agente de la autoridad.

Espere otras opiniones.
Robo violencia o hurto atentado?
30/01/2007 01:25
Hola a tod@s.
Me resultaría de ayuda que me diérais vuestra opinión sobre el siguiente supuesto:
Una persona comete un hurto "al descuido" (sin que la víctima se percate del hecho) pero es un tercero, que en principio no tiene nada que ver con la víctima, quien al presenciar el hurto se interpone en el camino de huida del hurtador.
Éste, al verse descubierto, agrede a esta persona y huye del lugar.
Entiendo que en este caso se trata de un robo con violencia/intimidación pues la violencia la emplea para asegurarse la huida.
La duda es la siguiente: si la persona que presencia el hurto e interviene, se trata de un policía, se identifica como tal, da el alto al hurtador y éste le agrede para huir (al policía), ¿se sigue considerando robo con violencia/intimidación o se trataría de un hurto e independientemente una falta de resistencia/desobediencia y/o delito de atentado??
Es decir, influye en la tipificación de hurto o robo/violencia el hecho de que el tercero que sufre la violencia sea o no un agente de la autoridad?
Gracias por vuestra atención
robo violencia o hurto atentado? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

robo violencia o hurto atentado?

6 Comentarios
 
01/02/2007 17:31
Estoy de acuerdo con Anafer; es lo que la jurisprudencia denomina "violencia sobrevenida" que se da cuando la violencia se produce después del apoderamiento y antes de la disponibilidad.
01/02/2007 10:41
Hola:

Mi opinión es que se trata de Robo con Violencia:

1.- El hecho no se ha consumado, pues es sorprendido por el tercero antes de tener la disposición sobre los objetos.

2.- El sujeto ejerce la violencia sobre ese tercero, no para huir solamente, sino para alcanzar la plena disponibilidad de lo sustraído.

3.- Si tras zafarse del tercero, logra perderse de vista, el robo lo sería consumado, pues el apoderamiento de los objetos se alcanzará en su plenitud. Si es detenido por ese tercero, será robo intentado.

4.-. Si el tercero que interviene es Agente de Policía, quizá haya un concurso con resistencia, no sé...

Salvo mejor opinión, claro. Saludos.
01/02/2007 02:03
Según la descripción del tipo ,hurto ,se comete cuando el autor se apodera de bienes muebles ajenos,sin la voluntad de su dueño y sin aplicar fuerza en las cosas o violencia en las personas .Por tano el primer delito , si la cantidad sustraida tiene un valor superior a 300 € ,seria autor de un delito de hurto.Posteriormente, cuando el autor de dichos hechos ya tiene en su poder lo sustraido ,sin que su propietario se percate , una tercera persona intenta detener al delincuente,recibiendo una agresión,entien do que,comete el delincuente una falta de lesiones o un delito de lesiones ,dependiendo que la victma necesite para curar las lesiones una cura o más.Si la victima de la lesión se identifico como policia,seria o una falta de resistencia o un atentado a agente de la autoridad con resultado de lesiones.
31/01/2007 12:47
El atentado entraría en concurso medial con el robo. Ya que el ataque se emplea para asegurarse la huida.
31/01/2007 12:10
Gracias por su respuesta, Periquito, lo tendré presente. A ver si alguien más me dice algo.
30/01/2007 21:40
Siento que nadie hasta ahora le haya contestado a su pregunta, y de hecho lleva aqui colgada bastante tiempo.

En primer lugar, aqui habria que distinguir varios aspectos:

1) En primer lugar, el hurto se cometio aprovechando el descuido de una persona, por lo que para su comision no se ha empleado violencia o intimidacion.

2) Hay una agresion a otra persona, para solucionar o conseguir la huida, que al ser persona distinta del hurtado, sera en este caso propio e independiente sujeto pasivo de un delito de lesiones.

3) Son dos personas distintas por completo, por lo que no se podría acudir a la figura del delito medial, a mi juicio.

4) Si la persona agredida es ademas un policia, debida su condicion especial de sujeto pasivo, podria agravar el tipo o reconducirse, a lo sumo, a un tipo especial de agresion o atentado a agente de la autoridad.

Espere otras opiniones.
Robo violencia o hurto atentado?
30/01/2007 01:25
Hola a tod@s.
Me resultaría de ayuda que me diérais vuestra opinión sobre el siguiente supuesto:
Una persona comete un hurto "al descuido" (sin que la víctima se percate del hecho) pero es un tercero, que en principio no tiene nada que ver con la víctima, quien al presenciar el hurto se interpone en el camino de huida del hurtador.
Éste, al verse descubierto, agrede a esta persona y huye del lugar.
Entiendo que en este caso se trata de un robo con violencia/intimidación pues la violencia la emplea para asegurarse la huida.
La duda es la siguiente: si la persona que presencia el hurto e interviene, se trata de un policía, se identifica como tal, da el alto al hurtador y éste le agrede para huir (al policía), ¿se sigue considerando robo con violencia/intimidación o se trataría de un hurto e independientemente una falta de resistencia/desobediencia y/o delito de atentado??
Es decir, influye en la tipificación de hurto o robo/violencia el hecho de que el tercero que sufre la violencia sea o no un agente de la autoridad?
Gracias por vuestra atención