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Romper convenio de prácticas

1 Comentarios
 
Romper convenio de prácticas
06/03/2014 20:25
Buenas tardes a todos,

Tengo una duda acerca del derecho laboral. Un estudiante con un convenio de colaboración de prácticas en una empresa por un periodo de seis meses ¿puede rescindir el contrato? En caso de rescindirlo, al ser un convenio de prácticas con una remuneración simbólica ¿tiene que avisar con 15 días de antelación?

Muchas gracias,
07/03/2014 00:38
Si esta hablando de las prácticas que realiza un estudiante que aún no ha terminado y esta haciendo practicas en una empresa pero que no son un cto laboral puede hacerlo lo que ocurre es que se entiende que esa colaboración entre el centro de formación profesional o entre la universidad (dependiendo de los estudios a realizar), son considerados como una asignatura en la que los créditos de la misma dependen de la calificación o del informe que el empresario tiene que dar a el centro de formación que le ha conseguido dicha formación.
Si por el contrario se trata de el cto en prácticas una vez que ha terminado la formación, éste si reúne la característica de un cto laboral con la peculiaridad de que el primer año cobrara el 60 % del salario correspondiente a la categoría y el segundo año el 75 %, pero entonces no estamos hablando como usted dice de u cto simbólico sino de un cto en toda regla y por tanto si debe preavisar.
SMO.
Romper convenio de prácticas | PorticoLegal
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Romper convenio de prácticas
06/03/2014 20:25
Buenas tardes a todos,

Tengo una duda acerca del derecho laboral. Un estudiante con un convenio de colaboración de prácticas en una empresa por un periodo de seis meses ¿puede rescindir el contrato? En caso de rescindirlo, al ser un convenio de prácticas con una remuneración simbólica ¿tiene que avisar con 15 días de antelación?

Muchas gracias,
07/03/2014 00:38
Si esta hablando de las prácticas que realiza un estudiante que aún no ha terminado y esta haciendo practicas en una empresa pero que no son un cto laboral puede hacerlo lo que ocurre es que se entiende que esa colaboración entre el centro de formación profesional o entre la universidad (dependiendo de los estudios a realizar), son considerados como una asignatura en la que los créditos de la misma dependen de la calificación o del informe que el empresario tiene que dar a el centro de formación que le ha conseguido dicha formación.
Si por el contrario se trata de el cto en prácticas una vez que ha terminado la formación, éste si reúne la característica de un cto laboral con la peculiaridad de que el primer año cobrara el 60 % del salario correspondiente a la categoría y el segundo año el 75 %, pero entonces no estamos hablando como usted dice de u cto simbólico sino de un cto en toda regla y por tanto si debe preavisar.
SMO.