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Rotura de gafas y responsabilidad empresa

3 Comentarios
 
13/01/2011 15:29
Al menos informa de que estaba haciendo.

No veo correcto decir que si sin saber los detalles.

Lo mismo podría estar hablando con alguien de la serie de los zombies por el hueco de la escalera y y se le cayeron las gafas, y no por estar en el centro de trabajo en horas de trabajo, la empresa debe hacerse cargo de la avería.

Un saludo.
13/01/2011 13:48
Inicialmente te diría que SI.
En el reconocimiento médico de empresa inicial, donde indicaba el APTO para el desempeño del puesto de trabajo, en el aparta de control de visión te habrán indicado que eres usuario de gafas graduados.
También tienes que conocer que indica la propia evaluación de riesgos para tu puesto de trabajo, desconozco el tipo de trabajo que desempeñas pero si es obligatorio el uso de protección ocular es la empresa la responsable de facilitar las gafas graduadas, caretas, cubre gafas,…etc.
Seguramente que habrá compañeros en el foro que no consideren las gafas como EPI.
Te indico una serie de artículos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
[….]
Artículo 15 LPRL: Principios de la acción preventiva
1.- El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el artículo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales:
a.- Evitar los riesgos.
b.- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
c.- Combatir los riesgos en su origen.
d.- Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
[...]
Artículo 17 LPRL: Equipos de trabajo y medios de protección.
El empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos.
13/01/2011 13:46
Por lógica te diría, que la empresa debe resarcirte del daño, con ocasión del desempeño de la actividad.

No obstante si algún forero le puede asesorar más adecuadamente......
Rotura de gafas y responsabilidad empresa
13/01/2011 13:09
Hola a todos quería haceros una consulta en caso de que un trabajador se rompa las gafas desempeñando su trabajo la empresa debe hacerse cargo de la reparación o del coste de las nuevas?
Rotura de gafas y responsabilidad empresa | PorticoLegal
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Rotura de gafas y responsabilidad empresa

3 Comentarios
 
13/01/2011 15:29
Al menos informa de que estaba haciendo.

No veo correcto decir que si sin saber los detalles.

Lo mismo podría estar hablando con alguien de la serie de los zombies por el hueco de la escalera y y se le cayeron las gafas, y no por estar en el centro de trabajo en horas de trabajo, la empresa debe hacerse cargo de la avería.

Un saludo.
13/01/2011 13:48
Inicialmente te diría que SI.
En el reconocimiento médico de empresa inicial, donde indicaba el APTO para el desempeño del puesto de trabajo, en el aparta de control de visión te habrán indicado que eres usuario de gafas graduados.
También tienes que conocer que indica la propia evaluación de riesgos para tu puesto de trabajo, desconozco el tipo de trabajo que desempeñas pero si es obligatorio el uso de protección ocular es la empresa la responsable de facilitar las gafas graduadas, caretas, cubre gafas,…etc.
Seguramente que habrá compañeros en el foro que no consideren las gafas como EPI.
Te indico una serie de artículos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
[….]
Artículo 15 LPRL: Principios de la acción preventiva
1.- El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el artículo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales:
a.- Evitar los riesgos.
b.- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
c.- Combatir los riesgos en su origen.
d.- Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
[...]
Artículo 17 LPRL: Equipos de trabajo y medios de protección.
El empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos.
13/01/2011 13:46
Por lógica te diría, que la empresa debe resarcirte del daño, con ocasión del desempeño de la actividad.

No obstante si algún forero le puede asesorar más adecuadamente......
Rotura de gafas y responsabilidad empresa
13/01/2011 13:09
Hola a todos quería haceros una consulta en caso de que un trabajador se rompa las gafas desempeñando su trabajo la empresa debe hacerse cargo de la reparación o del coste de las nuevas?