Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Salario de trámite

2 Comentarios
 
06/09/2014 17:54
Queda claro.

Muchísimas gracias por la respuesta Stico125.
04/09/2014 22:25
La decision extintiva de la relación laboral lleva aparejada la inmediata situación legal de desempleo para el trabajador - representante sindical derecho a percibir la prestación correspondiente. El artículo 112.1.b) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social ( modificación establecida desde la Reforma Laboral de 12-2-2012 ) contempla dicha circunstancia y no procede abono de salario de tramitación alguno y ello, por ser el propio trabajador el que opta por la indemnización.
No obstante lo anterior, caso de que la sentencia que resuelva el recurso disminuya la cuantía de la indemnización, el trabajador, dentro de los 5 días siguientes, podrá cambiar el sentido de su opción. En este caso, la readmisión retrotrae sus efectos económicos a la fecha en que tuvo lugar la primera elección, pero se deducen las cantidades que haya podido percibir en concepto de desempleo. Esta cantidad, más la que corresponda a la aportación empresarial a la Seguridad Social por dicho trabajador, ha de ser ingresada por el empresario en la entidad gestora.
El período anterior, a efectos del reconocimiento de un futuro desempleo, se considera como de ocupación cotizada.
Por último y respecto a la la eventualidad de intereses de demora, éstos solo pueden existir desde que sea firme la sentencia y exista incumplimiento empresarial tras la ejecución de la misma.

Salario de trámite
04/09/2014 16:28
Me despidieron hace dos años siendo miembro del Comité de empresa, presenté demanda contra el despido y un año mas tarde salió sentencia a mi favor declarando el despido improcedente( no nulo). Como miembro del Comité se me dio la opción de elegir readmisión o indemnización y escogí la segunda dado que la vuelta al trabajo podría haber sido poco menos que un infierno (la misma empresa me avisó sobre esto). Tras esto la empresa recurrió.

Mi duda es si los salarios de trámite ,una vez salga el recurso, serán hasta la fecha de la primera sentencia o se extenderán cubriendo el tiempo de espera hasta el recurso.
Y mi segunda duda es si la indemnización y los salarios de trámite generarán intereses por todo el tiempo hasta el recurso.

Agradezco de antemano la ayuda.

Saludos
Salario de trámite | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Salario de trámite

2 Comentarios
 
06/09/2014 17:54
Queda claro.

Muchísimas gracias por la respuesta Stico125.
04/09/2014 22:25
La decision extintiva de la relación laboral lleva aparejada la inmediata situación legal de desempleo para el trabajador - representante sindical derecho a percibir la prestación correspondiente. El artículo 112.1.b) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social ( modificación establecida desde la Reforma Laboral de 12-2-2012 ) contempla dicha circunstancia y no procede abono de salario de tramitación alguno y ello, por ser el propio trabajador el que opta por la indemnización.
No obstante lo anterior, caso de que la sentencia que resuelva el recurso disminuya la cuantía de la indemnización, el trabajador, dentro de los 5 días siguientes, podrá cambiar el sentido de su opción. En este caso, la readmisión retrotrae sus efectos económicos a la fecha en que tuvo lugar la primera elección, pero se deducen las cantidades que haya podido percibir en concepto de desempleo. Esta cantidad, más la que corresponda a la aportación empresarial a la Seguridad Social por dicho trabajador, ha de ser ingresada por el empresario en la entidad gestora.
El período anterior, a efectos del reconocimiento de un futuro desempleo, se considera como de ocupación cotizada.
Por último y respecto a la la eventualidad de intereses de demora, éstos solo pueden existir desde que sea firme la sentencia y exista incumplimiento empresarial tras la ejecución de la misma.

Salario de trámite
04/09/2014 16:28
Me despidieron hace dos años siendo miembro del Comité de empresa, presenté demanda contra el despido y un año mas tarde salió sentencia a mi favor declarando el despido improcedente( no nulo). Como miembro del Comité se me dio la opción de elegir readmisión o indemnización y escogí la segunda dado que la vuelta al trabajo podría haber sido poco menos que un infierno (la misma empresa me avisó sobre esto). Tras esto la empresa recurrió.

Mi duda es si los salarios de trámite ,una vez salga el recurso, serán hasta la fecha de la primera sentencia o se extenderán cubriendo el tiempo de espera hasta el recurso.
Y mi segunda duda es si la indemnización y los salarios de trámite generarán intereses por todo el tiempo hasta el recurso.

Agradezco de antemano la ayuda.

Saludos