Hola, en un caso de despido el trabajador solicita el paro desde la fecha del despido y reclama judicialmente. El despido es declarado improcedente y al cabo de dos años cobra la indemnizacion y los salarios de tramitación. Tiene el trabajador que comunicar esa circunstancia al INEM?
Al acudir al INEM para otra cosa le han dicho que tenía que haber llevado la Sentencia en su momento. Es eso ASí? Gracias
Es así según el art.209.5 de la LGSS. Debe volver a solicitar prestación acompañando el certificado de empresa que incluya los salarios de tramitación y regularizar el desempleo, puesto que es incompatible percibir desempleo y salario.
Al hilo de este mi pregunta es ¿si solicita el desempleo y luego cobra salarios de tramitacion se entiende que es incompatible y tiene que devolver el desempleo? ¿incluso dos años despues?