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Sancion alcoholemia

15 Comentarios
 
Sancion alcoholemia
29/04/2009 08:10
Hola...Necesitaria vuestra ayuda pues tengo un problema y una gran cantidad de dudas
El jueves mi hermano dio positivo en un control de alcoholemia (0.63) le citaron para juicio rapido ayer y fue con abogado, le ofrecieron una pena de 8 meses sin carnet, 720 e y 33 dias de trabajo social. El abogado dijo de recurrir y declaro y le han citado para juicio en junio.
Como la cabeza da vueltas anoche estabamos pensando que hubiese sido mejor quedarse con eso que ir a juicio porque tal vez en juicio le caiga mas. ...Ahora ya es tarde para decir que quiere eso no???
Y es verdad que antes del juicio te llaman para ofrecerte una condena antes de celebrarse el juicio???
Por favor si alguien fuera tan amable de responderme se lo agradeceria mucho pues estoy muy atacada con respecto a este tema
Gracias
29/04/2009 13:13
Sanru, me dejas flipando. Lo de los abogados es de juzgado de guardia. Se dedican a eso y no saben ni lo que hacen.

Si tu hermano dió 0,63 en un etilómetro de precisión y no de aproximación, si le hicieron los 2 controles con 10 minutos de diferencia y si efectivamente había bebido (que fue así al 99%, me imagino) no puedo creer que el imbécil del abogado dijera "ah, pues no, vamos a recurrir".

No sé si es tarde, pero que llame al abogado ya mismo y acepte la sanción pero ya (que además es la mínima).

Ah! y cuidado con los "expertos" que andan por aquí, porque no tienen ni puta idea. Yo te digo esto porque tuve mi juicio hace 15 días y me lo he empollado todo y tras 3 días pidiendo consejo acojonado cuando tras sabérmelas todas pongo lo que hay me saltan 2 subnormales a decirme que no es así. No, pues no lo será, pero a mí me ha pasado.

A lo de que antes del juicio te llamen ni idea, porque no lo sé.

Una última cosa, por ver un resquicio de explicación. Tu hermano ha contratado al abogado o es de oficio? porque si lo ha contratado quizá el tío intenta justificar el precio. Yo hablé con uno de un bufete y flipé, me dijo que intentaría que no me quitaran el carné. Cosa que es IMPOSIBLE si das más de 0,6.
29/04/2009 20:04
Martro, de verdad, antes de empezar insultando al pobre abogado podría enterarse un poco de qué habla.

Los etilómetros, incluso los de precisión, tienen un margen de error. Puede consultarlo en la Orden ITC/3707/2006.

Para este caso, el margen de error podría ser hasta de un 7,5 %, si no me equivoco. Por lo que con el 0'63, si el acta de sintomatología es buena, se podría pelear una absolución, que es lo que aconsejo el abogado.
29/04/2009 20:52
La pregunta de que si en los juicios rapidos por ejemplo los de alcoholemia el fiscal ofrece como un trato y si se acepta te rebajan la condena, pues si, eso es cierto...se celebra el juicio en ese momento y la condena es de conformidad y firme.... no se puede apelar..

Las alcoholemias son dificiles de debatir y defender... salvo en algunas ocasiones, asi que en la mayoria de los casos es mejor aceptar el trato del fiscal...
30/04/2009 10:00
Dexter, dile a sanru lo que puede pasar si en el juicio le condenan y se encuentra con un fiscal digamos duro. Esta sentencia era segura y dentro de lo que cabe, es asumible. A ver si captas el problema que plantea sanru, que veo que no. Lo que a sanru le "asusta" no es sólo la sanción. Es también la intranquilidad de: y ahora a ver qué puede llegar a pasar; 2 meses más esperando; el trago de ir a otro juicio y sentirte como si fueras un criminal. Al menos eso pensaba yo cuando fuí al juzgado. Y ahora, en frío, piensa "por qué narices no aceptamos lo otro".

Ese 7,5% es correcto (cosa que sabes perfectamente porque lo has mirado, no hace falta que añadas "si no me equivoco"), pero eso es jugar a la ruleta rusa. Si estaba bien calibrado (y tú sabes dexter que un etilómetro de precisión va a estarlo) pues el abogado la habrá cagado. Como puede un abogado jugar su defensa a "bueno, a ver si el etilómetro estaba mal calibrado". Si hubiera pasado una de las 3 cosas que yo digo es entendible que lo hiciera. Pero lo del 7,5%.... es un riesgo grande y, como sanru comprobará dentro de 2 meses, infructuoso. Por no decir que has ido al máximo del riesgo de error.

En serio dexter, pero tú de esto sabes algo? es que en serio, da la sensación de que todo lo que dices parece sacado del manual. Y claro el manual no dice que para un tío que no ha roto un plato en su vida pues hombre, es un trago ir a un juicio, no digamos ir a dos. Y encima la espera. Yo, en 3 días, me asusté bastante. No digamos en 2 meses.

Dexter, si tu defensa hubiera sido la misma de ser tú el abogado, sinceramente, lo que he dicho antes. De juzgado de guardia.

Ah, y repito. El abogado es un imbécil de campeonato. Hay que ser subnormal para no aceptar la sentencia, como si esto fuera un capítulo de Perry Mason. Si un tío bebe que acepte lo que le caiga y que no vuelva a hacerlo.
30/04/2009 10:51
Dexter, eres un mentiroso. En otro de los post de ayer veo que pones cosas que, repito, las dice el manual. Dices que primero se dicta la sentencia, segundo te comunican que es en firme (primera carta/notificación) y tercero se ejecuta (segunda carta/notificación). Si yo, profano en estos temas, hubiera hecho caso a ese orden que dices me encuentro con que a mí me dan la sentencia y cuando me llegue la primera carta yo pienso "ah, la sentencia en firme" y no, es la ejecución (como de hecho me va a pasar, porque a mí ya me dieron la sentencia en firme, pero que yo sepa lo que es la sentencia en firme es consecuencia de que me he empapado de información). Yo tendría que leerla, cierto, pero como tú has dicho ese orden....

Resultado, no pago y si no pago qué me puede pasar? pues quizá hasta cárcel por no pagar, no?

Y eso gracias a tu estupendo consejo, clavado a lo que dice el código pero alejado de la realidad. Claro, yo me encuentro con que pasé 3 días malos por culpa de listillos como tú, que encima ahora vas a detalles estúpidos, tonterías que no aportan (como lo del art. 116 CP, por un comentario que hice vas de gurú), y pienso que por qué no dejas de liar a un tío que quiere que le digan lo que le va a pasar y lo que tiene que hacer. Y no lo que podría pasar si hace esto o lo otro. O tus consejos como "el que paga descansa". Pero deja de dar consejos, que no eres el padre de nadie y di lo que hay.

Es que a mí gente como tú me contó cosas muy diversas (y me las sigue contando, lo que pasa es que ahora me sé las consecuencias mejor que 4 abogaduchos, no me sabré la ley, pero la realidad, como el padrenuestro).

Y encima, la única duda que me falta por resolver y que te la pregunté, no la aseguras. Cuándo caduca el antecedente para viajar a USA, a los 2 años, sí pero de qué. Tú dices que "crees que a los 2 años de cumplir la condena" y a mí un abogado me ha dicho que para empezar cree que esto no consta como delito para viajar a USA y que de todos modos a los 2 años de ser firme la sentencia. El otro día otro abogado me dice "pues mira esto, yo creo que está muy claro" y me enseña un documento de la embajada estadounidense. Y dale con las evasivas, que no pregunto si está más claro o menos claro, pregunto que cuándo caduca, punto. Quiero una respuesta clara. Y si es con un ejemplo real, mejor.
30/04/2009 11:07
Que por cierto, ese mismo orden me lo dijo otro abogado, mejor dicho, abogaducho, en una multa de tráfico. Me dijo que tras la notificación (papelito amarillo que me dieron al ponerme la multa) esperara un mes, a que me la "confirmaran" o algo así y luego recurriera porque fue una mentira de dos policías frustrados con su vida en general y la sexual en particular. Resultado, espero a que me llegue "confirmación" la multa y resulta que cuando la recurro me dicen que se me ha pasado el mes para recurrir y para obtener rebaja del 30%.

Es decir, hice caso a un abogaducho que me dijo el mismo orden que dices tú. Resultado: pagué los 300 euros de una multa falsa. Ni recurrí ni aproveché el 30% de rebaja (ah, no dexter, un tercio, huy perdón, otra chorrada que soltaste en su momento).
30/04/2009 12:39
Buenos dias
No queria generar polemica y discusiones entre vosotros, solo queria un poco de ayuda y asesoramiento porque la verdad es que te sientes mal.
Ahora solo nos queda esperar a ver que pasa y que prepara el abogado

Un saludo
30/04/2009 13:09
Matro, nada más lejos de mi intención que ponerme de lado de Dexter, pero en este caso tiene razón. Si la sintomatología hubiese sido buena se puede luchar en base a ese margen de error que no hay que demostrar, sino que como que existe o puede existir se debería deducir directamente de la tasa arrojada, aunque cierto es que eso tampoco garantiza el éxito de la defensa.

Por otro lado, en tu último mensaje hablas de la vida particular y sexual de dos policías, ten en cuenta que si has sido pareja de alguno de ellos puedes encontrar ahí un motivo de recurso para esa denuncia, no lo olvides.

Espero que ahora, desligado del policía en cuestión, tu vida sexual sea más placentera.

Pd. No dejes que tus visitas al juzgado influyan en tu testosterona y tu líbido.

Saludos
30/04/2009 15:26
Kapitan, no dudo en absoluto que razón segurísimo que hay para que el abogado decidiera no acordar con el fiscal. Eso sí, fue una estupidez.

1. Cómo demuestras que la sintomatología era buena si dió 0,63. Con 0,63 la sintomatología seguro que era la típica con 0,63. Es tu palabra contra la de los policías.

2. Supongamos que al final incluso consigue demostrar que no dió 0,63 sino 0,59. Por supuesto, es mejor pero entonces son 6 puntos menos y unos 500-1000 euros de multa.

3. Veo que no lo has leído bien, kapitan. Lo diré de nuevo. Sanru está tan preocupado por el hecho en sí (para su hermano) como por la intranquilidad de no saber qué va a pasar en ese juicio, cosa que ni dexter ni tú le habéis dicho. Yo no lo sé.

4. Por último, cosa con la que nadie estará de acuerdo y sanru incluso a lo mejor piensa que soy un imbécil. Quizá no es muy adecuado que si a una persona le pillan se libre. Quizá esa persona no aprenda la lección si se libra y quizá el destino hace que al librarse coja el coche de nuevo y esa vez ocurra algo trágico. Yo puedo decir que como mínimo, impone respeto que te hayan pillado como me pillaron a mí. Por de pronto lo de ir a un juicio asusta. Quizá eso haga que yo no vuelva a coger el coche en mi vida con copas. Dejaré de ser un peligro para los demás y, sobre todo, para mí mismo.

Me sorprende que un abogado no quiera que se haga justicia. No se habría hecho si yo me hubiera librado y no se haría si el hermano de sanru se libra. Y que conste que no le deseo ningún mal a su hermano.

Lo peor de todo fue la angustia de esperar. La condena, pues sinceramente, se cumple y punto. No es un trauma precisamente.
30/04/2009 15:30
Ah! una cosa más. Para cualquiera que lea esto y dice que yo no tengo razón. ¿Alguna vez os han pillado en un control de alcoholemia (con juicio rápido, sentencia, etc)?

Es que habláis con mucha tranquilidad de lo que puede ocurrir, lo que no puede ocurrir, etc. Pero yo os oigo hablar y lo primero que se me pasa por la cabeza es que no sabéis de lo que habláis. Es como si hablara el profesor de la academia. Kapitán, eso de que "si la sintomatología hubiese sido buena se puede luchar" no te das cuenta de que quizá queda bien en un foro de aficionados pero no es real?
30/04/2009 18:55
Kapitan, observo que no has respondido a nada de lo que digo. Supongo que tu post era para ver si te insultaba tras hacer chistes. Como has visto que no digo nada al respecto no has respondido a las dudas que te planteo.

Me parece triste que tu entrada en escena sea para eso. De hecho, ya he visto que aportar nunca aportas nada a quien pregunta algo. Sinceramente, me das pena. Por de pronto es una falta de respeto hacia la persona que tiene la duda. Si no vas a decirle a sanru (que supongo que estará como estaba yo antes del juicio, es decir, asustado) ni lo que le va a pasar ni lo que debe hacer no entiendo para qué intervienes. Por otra parte, mientes, no sé por qué pero mientes. Estoy seguro, seguro, de que no conoces ni un solo ejemplo de alguien que se haya librado por esa chorrada. Vamos, a mí me cuenta un tío que dio 0,63 pero que se libró porque el etilómetro (de precisión, no de aproximación, eso sí) estaba mal calibrado y no puedo creerle. Que no hay que demostrar ese margen de error. O sea que el día del juicio “señoría, pido la absolución porque mi cliente dio 0,63, si le quitamos el 7,5% da 0,587 y por tanto pido que se le deje marchar” ¿Pero de dónde te has sacado eso? A un amigo mío que dio 0,26 (quizá 0,27, no recuerdo) sí es cierto que no tramitaron multa los policías. Pero una vez tramitada dices que el juez va a decir “vaya error, es verdad, bueno, pues nada, mis disculpas”.

Sanru, si no lo has hecho ya, repito, intenta aceptar la sentencia, bueno tu hermano. Yo estoy bastante tranquilo tras haber aceptado la mía, y sin embargo antes del juicio estaba acojonado. Los 720 euros, pasa mucho tiempo hasta que se ejecute, tu hermano puede ahorrar; los 8 meses, yo he empezado a moverme en transporte público, te acostumbras, y 8 meses pasan volando; lo de los trabajos sociales, eso me fastidia más, pero me comentó mi abogado que te permiten buscártelo por tu cuenta y luego tú lo propones. Al final no es tan grave. Ahora, las posibilidades del segundo juicio las desconozco, y estoy muy tranquilo no sabiéndolo.

Pero oye, de todos modos suerte. A lo mejor cuela eso del 7,5%. Te mando este enlace, para que puedas ver de qué va el tema. Y habla también de jurisprudencia, quizá el abogado consiga algo.

http://www.guardiacivil.org/revista/772/formacion_1.pdf
30/04/2009 19:34
Sanru, resumiendo, que es lo que le interesa; La ley (el código penal), dice que a partir de 0,60 es siempre delito. Lo que ocurre es que el etilómetro no es fiable al 100 por 100, por lo que se puede alegar en juicio que quizás ese 0,63 no es real, sino que en realidad era un 0,59; y eso no se puede discutir, por que lo dice el propio ministerio en la Orden que le puse más arriba.

Pero eso no implica que su hermano vaya a ser absuelto, ya que el ministerio fiscal dirá que conducía bajo la influencia de bebidas, y que eso se acredita con los sintomas que tenía, que ratificarán los agentes en el juicio. Si esa sintomatología es buena, es decir, no deambulaba, no tenía el habla demasiado pastosa, controlaba las distancias, etc., puede ser que su hermano salga absuelto en la vía penal, y que sea sancionado en vía administrativa (600 euros, tres meses, y puede que algunos puntos, no sé cuantos).

Quiero creer que si el abogado aconsejó no conformarse es por que vio posibilidades de que ocurra esto último.

En cuanto a lo acogerse ahora a un pacto, puede hacerlo antes de celebrar el juicio (el mismo día, antes de entrar). Los fiscales suelen aceptar entonces la mínima (no siempre), pero ya no es posible la reducción de un tercio (que es lo que le ofrecieron a su hermano en el Juzgado de Instrucción). La mínima son 6 meses de multa, 31 día de trabajos, y un año de retirada.
30/04/2009 19:40
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
30/04/2009 22:16
Matro, no es que no qujiera contestar, pero como comprenderás tengo otras cosas que hacer que no estar pegado al foro a ver que cuentas.

Mira, aportar, aporto, pero hay que saber leer y comprender lo que se lee. Creo que fui bastante claro.

1.-Sobre lo de demostrar la sintomatología, no has de demostrar nada, la policía cuando interviene en la prueba, elabora un informe de sintomatología en el que especifica si hay o no hay síntomas de influencia del alcohol en la conducción, a eso me refiero. Ese informe ya existe, está en el atestado y sólo hay que leerlo para saber si tienes o no posibilidad de ganar ese juicio por ese lado.

2.-No se trata de demostrar si dio 059 ó 063 puesto que ya queda demostrado que dio lo segundo, lo que sucede es que los aparatos son susceptibles de cierto error, por lo que se aplica un margen siempre en beneficio del conductor.

3.-Quien ha de tranquilizar o no a Sanru, es su abogado, que es el único que dispone de la información necesaria para hacerlo, y tú, por supuesto, que veo que lo sabes todo por tu amplia experiencia en el asunto.

4.-Vaya!, entonces, para qué el juicio, los condenamos directamente y se acabó.
Aunque lo absolvieran en vía penal, se procedería a dar el trámite administrativo, no es lo mismo, pero no quedaría sin consecuencias.

No sigo, quizás en otro momento.
04/05/2009 17:20
Parece que sí que eliminan los posts malsonantes.
Sancion alcoholemia | PorticoLegal
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Sancion alcoholemia
29/04/2009 08:10
Hola...Necesitaria vuestra ayuda pues tengo un problema y una gran cantidad de dudas
El jueves mi hermano dio positivo en un control de alcoholemia (0.63) le citaron para juicio rapido ayer y fue con abogado, le ofrecieron una pena de 8 meses sin carnet, 720 e y 33 dias de trabajo social. El abogado dijo de recurrir y declaro y le han citado para juicio en junio.
Como la cabeza da vueltas anoche estabamos pensando que hubiese sido mejor quedarse con eso que ir a juicio porque tal vez en juicio le caiga mas. ...Ahora ya es tarde para decir que quiere eso no???
Y es verdad que antes del juicio te llaman para ofrecerte una condena antes de celebrarse el juicio???
Por favor si alguien fuera tan amable de responderme se lo agradeceria mucho pues estoy muy atacada con respecto a este tema
Gracias
29/04/2009 13:13
Sanru, me dejas flipando. Lo de los abogados es de juzgado de guardia. Se dedican a eso y no saben ni lo que hacen.

Si tu hermano dió 0,63 en un etilómetro de precisión y no de aproximación, si le hicieron los 2 controles con 10 minutos de diferencia y si efectivamente había bebido (que fue así al 99%, me imagino) no puedo creer que el imbécil del abogado dijera "ah, pues no, vamos a recurrir".

No sé si es tarde, pero que llame al abogado ya mismo y acepte la sanción pero ya (que además es la mínima).

Ah! y cuidado con los "expertos" que andan por aquí, porque no tienen ni puta idea. Yo te digo esto porque tuve mi juicio hace 15 días y me lo he empollado todo y tras 3 días pidiendo consejo acojonado cuando tras sabérmelas todas pongo lo que hay me saltan 2 subnormales a decirme que no es así. No, pues no lo será, pero a mí me ha pasado.

A lo de que antes del juicio te llamen ni idea, porque no lo sé.

Una última cosa, por ver un resquicio de explicación. Tu hermano ha contratado al abogado o es de oficio? porque si lo ha contratado quizá el tío intenta justificar el precio. Yo hablé con uno de un bufete y flipé, me dijo que intentaría que no me quitaran el carné. Cosa que es IMPOSIBLE si das más de 0,6.
29/04/2009 20:04
Martro, de verdad, antes de empezar insultando al pobre abogado podría enterarse un poco de qué habla.

Los etilómetros, incluso los de precisión, tienen un margen de error. Puede consultarlo en la Orden ITC/3707/2006.

Para este caso, el margen de error podría ser hasta de un 7,5 %, si no me equivoco. Por lo que con el 0'63, si el acta de sintomatología es buena, se podría pelear una absolución, que es lo que aconsejo el abogado.
29/04/2009 20:52
La pregunta de que si en los juicios rapidos por ejemplo los de alcoholemia el fiscal ofrece como un trato y si se acepta te rebajan la condena, pues si, eso es cierto...se celebra el juicio en ese momento y la condena es de conformidad y firme.... no se puede apelar..

Las alcoholemias son dificiles de debatir y defender... salvo en algunas ocasiones, asi que en la mayoria de los casos es mejor aceptar el trato del fiscal...
30/04/2009 10:00
Dexter, dile a sanru lo que puede pasar si en el juicio le condenan y se encuentra con un fiscal digamos duro. Esta sentencia era segura y dentro de lo que cabe, es asumible. A ver si captas el problema que plantea sanru, que veo que no. Lo que a sanru le "asusta" no es sólo la sanción. Es también la intranquilidad de: y ahora a ver qué puede llegar a pasar; 2 meses más esperando; el trago de ir a otro juicio y sentirte como si fueras un criminal. Al menos eso pensaba yo cuando fuí al juzgado. Y ahora, en frío, piensa "por qué narices no aceptamos lo otro".

Ese 7,5% es correcto (cosa que sabes perfectamente porque lo has mirado, no hace falta que añadas "si no me equivoco"), pero eso es jugar a la ruleta rusa. Si estaba bien calibrado (y tú sabes dexter que un etilómetro de precisión va a estarlo) pues el abogado la habrá cagado. Como puede un abogado jugar su defensa a "bueno, a ver si el etilómetro estaba mal calibrado". Si hubiera pasado una de las 3 cosas que yo digo es entendible que lo hiciera. Pero lo del 7,5%.... es un riesgo grande y, como sanru comprobará dentro de 2 meses, infructuoso. Por no decir que has ido al máximo del riesgo de error.

En serio dexter, pero tú de esto sabes algo? es que en serio, da la sensación de que todo lo que dices parece sacado del manual. Y claro el manual no dice que para un tío que no ha roto un plato en su vida pues hombre, es un trago ir a un juicio, no digamos ir a dos. Y encima la espera. Yo, en 3 días, me asusté bastante. No digamos en 2 meses.

Dexter, si tu defensa hubiera sido la misma de ser tú el abogado, sinceramente, lo que he dicho antes. De juzgado de guardia.

Ah, y repito. El abogado es un imbécil de campeonato. Hay que ser subnormal para no aceptar la sentencia, como si esto fuera un capítulo de Perry Mason. Si un tío bebe que acepte lo que le caiga y que no vuelva a hacerlo.
30/04/2009 10:51
Dexter, eres un mentiroso. En otro de los post de ayer veo que pones cosas que, repito, las dice el manual. Dices que primero se dicta la sentencia, segundo te comunican que es en firme (primera carta/notificación) y tercero se ejecuta (segunda carta/notificación). Si yo, profano en estos temas, hubiera hecho caso a ese orden que dices me encuentro con que a mí me dan la sentencia y cuando me llegue la primera carta yo pienso "ah, la sentencia en firme" y no, es la ejecución (como de hecho me va a pasar, porque a mí ya me dieron la sentencia en firme, pero que yo sepa lo que es la sentencia en firme es consecuencia de que me he empapado de información). Yo tendría que leerla, cierto, pero como tú has dicho ese orden....

Resultado, no pago y si no pago qué me puede pasar? pues quizá hasta cárcel por no pagar, no?

Y eso gracias a tu estupendo consejo, clavado a lo que dice el código pero alejado de la realidad. Claro, yo me encuentro con que pasé 3 días malos por culpa de listillos como tú, que encima ahora vas a detalles estúpidos, tonterías que no aportan (como lo del art. 116 CP, por un comentario que hice vas de gurú), y pienso que por qué no dejas de liar a un tío que quiere que le digan lo que le va a pasar y lo que tiene que hacer. Y no lo que podría pasar si hace esto o lo otro. O tus consejos como "el que paga descansa". Pero deja de dar consejos, que no eres el padre de nadie y di lo que hay.

Es que a mí gente como tú me contó cosas muy diversas (y me las sigue contando, lo que pasa es que ahora me sé las consecuencias mejor que 4 abogaduchos, no me sabré la ley, pero la realidad, como el padrenuestro).

Y encima, la única duda que me falta por resolver y que te la pregunté, no la aseguras. Cuándo caduca el antecedente para viajar a USA, a los 2 años, sí pero de qué. Tú dices que "crees que a los 2 años de cumplir la condena" y a mí un abogado me ha dicho que para empezar cree que esto no consta como delito para viajar a USA y que de todos modos a los 2 años de ser firme la sentencia. El otro día otro abogado me dice "pues mira esto, yo creo que está muy claro" y me enseña un documento de la embajada estadounidense. Y dale con las evasivas, que no pregunto si está más claro o menos claro, pregunto que cuándo caduca, punto. Quiero una respuesta clara. Y si es con un ejemplo real, mejor.
30/04/2009 11:07
Que por cierto, ese mismo orden me lo dijo otro abogado, mejor dicho, abogaducho, en una multa de tráfico. Me dijo que tras la notificación (papelito amarillo que me dieron al ponerme la multa) esperara un mes, a que me la "confirmaran" o algo así y luego recurriera porque fue una mentira de dos policías frustrados con su vida en general y la sexual en particular. Resultado, espero a que me llegue "confirmación" la multa y resulta que cuando la recurro me dicen que se me ha pasado el mes para recurrir y para obtener rebaja del 30%.

Es decir, hice caso a un abogaducho que me dijo el mismo orden que dices tú. Resultado: pagué los 300 euros de una multa falsa. Ni recurrí ni aproveché el 30% de rebaja (ah, no dexter, un tercio, huy perdón, otra chorrada que soltaste en su momento).
30/04/2009 12:39
Buenos dias
No queria generar polemica y discusiones entre vosotros, solo queria un poco de ayuda y asesoramiento porque la verdad es que te sientes mal.
Ahora solo nos queda esperar a ver que pasa y que prepara el abogado

Un saludo
30/04/2009 13:09
Matro, nada más lejos de mi intención que ponerme de lado de Dexter, pero en este caso tiene razón. Si la sintomatología hubiese sido buena se puede luchar en base a ese margen de error que no hay que demostrar, sino que como que existe o puede existir se debería deducir directamente de la tasa arrojada, aunque cierto es que eso tampoco garantiza el éxito de la defensa.

Por otro lado, en tu último mensaje hablas de la vida particular y sexual de dos policías, ten en cuenta que si has sido pareja de alguno de ellos puedes encontrar ahí un motivo de recurso para esa denuncia, no lo olvides.

Espero que ahora, desligado del policía en cuestión, tu vida sexual sea más placentera.

Pd. No dejes que tus visitas al juzgado influyan en tu testosterona y tu líbido.

Saludos
30/04/2009 15:26
Kapitan, no dudo en absoluto que razón segurísimo que hay para que el abogado decidiera no acordar con el fiscal. Eso sí, fue una estupidez.

1. Cómo demuestras que la sintomatología era buena si dió 0,63. Con 0,63 la sintomatología seguro que era la típica con 0,63. Es tu palabra contra la de los policías.

2. Supongamos que al final incluso consigue demostrar que no dió 0,63 sino 0,59. Por supuesto, es mejor pero entonces son 6 puntos menos y unos 500-1000 euros de multa.

3. Veo que no lo has leído bien, kapitan. Lo diré de nuevo. Sanru está tan preocupado por el hecho en sí (para su hermano) como por la intranquilidad de no saber qué va a pasar en ese juicio, cosa que ni dexter ni tú le habéis dicho. Yo no lo sé.

4. Por último, cosa con la que nadie estará de acuerdo y sanru incluso a lo mejor piensa que soy un imbécil. Quizá no es muy adecuado que si a una persona le pillan se libre. Quizá esa persona no aprenda la lección si se libra y quizá el destino hace que al librarse coja el coche de nuevo y esa vez ocurra algo trágico. Yo puedo decir que como mínimo, impone respeto que te hayan pillado como me pillaron a mí. Por de pronto lo de ir a un juicio asusta. Quizá eso haga que yo no vuelva a coger el coche en mi vida con copas. Dejaré de ser un peligro para los demás y, sobre todo, para mí mismo.

Me sorprende que un abogado no quiera que se haga justicia. No se habría hecho si yo me hubiera librado y no se haría si el hermano de sanru se libra. Y que conste que no le deseo ningún mal a su hermano.

Lo peor de todo fue la angustia de esperar. La condena, pues sinceramente, se cumple y punto. No es un trauma precisamente.
30/04/2009 15:30
Ah! una cosa más. Para cualquiera que lea esto y dice que yo no tengo razón. ¿Alguna vez os han pillado en un control de alcoholemia (con juicio rápido, sentencia, etc)?

Es que habláis con mucha tranquilidad de lo que puede ocurrir, lo que no puede ocurrir, etc. Pero yo os oigo hablar y lo primero que se me pasa por la cabeza es que no sabéis de lo que habláis. Es como si hablara el profesor de la academia. Kapitán, eso de que "si la sintomatología hubiese sido buena se puede luchar" no te das cuenta de que quizá queda bien en un foro de aficionados pero no es real?
30/04/2009 18:55
Kapitan, observo que no has respondido a nada de lo que digo. Supongo que tu post era para ver si te insultaba tras hacer chistes. Como has visto que no digo nada al respecto no has respondido a las dudas que te planteo.

Me parece triste que tu entrada en escena sea para eso. De hecho, ya he visto que aportar nunca aportas nada a quien pregunta algo. Sinceramente, me das pena. Por de pronto es una falta de respeto hacia la persona que tiene la duda. Si no vas a decirle a sanru (que supongo que estará como estaba yo antes del juicio, es decir, asustado) ni lo que le va a pasar ni lo que debe hacer no entiendo para qué intervienes. Por otra parte, mientes, no sé por qué pero mientes. Estoy seguro, seguro, de que no conoces ni un solo ejemplo de alguien que se haya librado por esa chorrada. Vamos, a mí me cuenta un tío que dio 0,63 pero que se libró porque el etilómetro (de precisión, no de aproximación, eso sí) estaba mal calibrado y no puedo creerle. Que no hay que demostrar ese margen de error. O sea que el día del juicio “señoría, pido la absolución porque mi cliente dio 0,63, si le quitamos el 7,5% da 0,587 y por tanto pido que se le deje marchar” ¿Pero de dónde te has sacado eso? A un amigo mío que dio 0,26 (quizá 0,27, no recuerdo) sí es cierto que no tramitaron multa los policías. Pero una vez tramitada dices que el juez va a decir “vaya error, es verdad, bueno, pues nada, mis disculpas”.

Sanru, si no lo has hecho ya, repito, intenta aceptar la sentencia, bueno tu hermano. Yo estoy bastante tranquilo tras haber aceptado la mía, y sin embargo antes del juicio estaba acojonado. Los 720 euros, pasa mucho tiempo hasta que se ejecute, tu hermano puede ahorrar; los 8 meses, yo he empezado a moverme en transporte público, te acostumbras, y 8 meses pasan volando; lo de los trabajos sociales, eso me fastidia más, pero me comentó mi abogado que te permiten buscártelo por tu cuenta y luego tú lo propones. Al final no es tan grave. Ahora, las posibilidades del segundo juicio las desconozco, y estoy muy tranquilo no sabiéndolo.

Pero oye, de todos modos suerte. A lo mejor cuela eso del 7,5%. Te mando este enlace, para que puedas ver de qué va el tema. Y habla también de jurisprudencia, quizá el abogado consiga algo.

http://www.guardiacivil.org/revista/772/formacion_1.pdf
30/04/2009 19:34
Sanru, resumiendo, que es lo que le interesa; La ley (el código penal), dice que a partir de 0,60 es siempre delito. Lo que ocurre es que el etilómetro no es fiable al 100 por 100, por lo que se puede alegar en juicio que quizás ese 0,63 no es real, sino que en realidad era un 0,59; y eso no se puede discutir, por que lo dice el propio ministerio en la Orden que le puse más arriba.

Pero eso no implica que su hermano vaya a ser absuelto, ya que el ministerio fiscal dirá que conducía bajo la influencia de bebidas, y que eso se acredita con los sintomas que tenía, que ratificarán los agentes en el juicio. Si esa sintomatología es buena, es decir, no deambulaba, no tenía el habla demasiado pastosa, controlaba las distancias, etc., puede ser que su hermano salga absuelto en la vía penal, y que sea sancionado en vía administrativa (600 euros, tres meses, y puede que algunos puntos, no sé cuantos).

Quiero creer que si el abogado aconsejó no conformarse es por que vio posibilidades de que ocurra esto último.

En cuanto a lo acogerse ahora a un pacto, puede hacerlo antes de celebrar el juicio (el mismo día, antes de entrar). Los fiscales suelen aceptar entonces la mínima (no siempre), pero ya no es posible la reducción de un tercio (que es lo que le ofrecieron a su hermano en el Juzgado de Instrucción). La mínima son 6 meses de multa, 31 día de trabajos, y un año de retirada.
30/04/2009 19:40
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
30/04/2009 22:16
Matro, no es que no qujiera contestar, pero como comprenderás tengo otras cosas que hacer que no estar pegado al foro a ver que cuentas.

Mira, aportar, aporto, pero hay que saber leer y comprender lo que se lee. Creo que fui bastante claro.

1.-Sobre lo de demostrar la sintomatología, no has de demostrar nada, la policía cuando interviene en la prueba, elabora un informe de sintomatología en el que especifica si hay o no hay síntomas de influencia del alcohol en la conducción, a eso me refiero. Ese informe ya existe, está en el atestado y sólo hay que leerlo para saber si tienes o no posibilidad de ganar ese juicio por ese lado.

2.-No se trata de demostrar si dio 059 ó 063 puesto que ya queda demostrado que dio lo segundo, lo que sucede es que los aparatos son susceptibles de cierto error, por lo que se aplica un margen siempre en beneficio del conductor.

3.-Quien ha de tranquilizar o no a Sanru, es su abogado, que es el único que dispone de la información necesaria para hacerlo, y tú, por supuesto, que veo que lo sabes todo por tu amplia experiencia en el asunto.

4.-Vaya!, entonces, para qué el juicio, los condenamos directamente y se acabó.
Aunque lo absolvieran en vía penal, se procedería a dar el trámite administrativo, no es lo mismo, pero no quedaría sin consecuencias.

No sigo, quizás en otro momento.
04/05/2009 17:20
Parece que sí que eliminan los posts malsonantes.