Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Sanción policía local sin notificación

5 Comentarios
 
Sanción policía local sin notificación
12/12/2017 01:45
Buenas compañeros, les pongo en situación; hace cosa de unos días llegaba a primera hora de la mañana a mi puesto de trabajo. En el lugar es bastante frecuente encontrar dotaciones de la policía local debido a la proximidad de un centro educativo en las inmediaciones. Esa mañana, al llegar al exterior de mi trabajo, realice una maniobra prohibida al saltar una línea continua para ocupar una plaza de aparcamiento, lo cual realice sin percatarme de dicha línea continua. prueba de ello, es que la infracción la cometí en presencia de un agente de policía local que se encontraba regulando el tráfico a escasos metros, y yo puedo ser un irresponsable e incluso un mal conductor, pero desde luego no soy masoquista y mi situación económica como la de cualquier trabajador, no es para tirar cohetes. el caso es que, mientras me apeaba del vehículo y cogía mi bolsa, el agente se acercó a mi interpelándome por la infracción cometida. Su pregunta literal fue: ¿Caballero no ha visto usted la línea continua? A lo que yo respondí: La verdad que no agente, le pido disculpas no volverá a ocurrir. El respondió que igualmente iba a ser denunciado. Yo insistí en que con su reprobación era suficiente y que no se volvería a repetir, que por favor no me multase. El agente continuo diciendo que igualmente iba a ser propuesto para sanción y que ya tendría tiempo de realizar cuantas alegaciones considerase oportunas. Me gustaría señalar también que a pesar de la molesta experiencia de ser reprobado y ser denunciado (con el consiguiente perjuicio a mi bolsillo) la actuación del agente fue en todo momento correcta al igual que sus modales. En todo caso fui yo el que cometió una infracción y asumo mi responsabilidad por ello, incluso soy consciente que, a pesar de lo molesto de ser multado, es mejor esto que tener que lamentar consecuencias más graves a causa de mi falta de diligencia a la hora de circular. Me solidarizo por completo con la labor de los agentes, mas aun cuando su actuación se realiza como diríamos los de pueblo; “con todas las de la ley”. El caso es que una vez en la hora del almuerzo, comente con un compañero lo sucedido a lo que este insistía en que el agente había obrado mal. Según este compañero, el agente debió ofrecerme una copia de la denuncia, así como la posibilidad de firmar, dando así por notificada la misma. Mi pregunta después de todo este testamento es saber si efectivamente, mi compañero esta en lo cierto y el agente obró mal no entregándome copia de la denuncia ni brindándome la oportunidad de firmarla. Les pido disculpas por haber entrado tanto en detalles y doy gracias de antemano por una respuesta. Muchas gracias y un saludo
12/12/2017 09:15
Rinofieronte
En principio, efectivamente, deben darte copia del boletin de denuncia. Lo de firmar o no firmar, en realidad es irrelevante, desde mi punto de vista...
Pero puede ocurrir que en ese momento no tuviera boletines de denuncia, o, si como dices hay un centro escolar y estaba regulando el trafico, no podia pararse a cubrir un boletin de denuncia.
El agente, en realidad, te informo de que habias cometido una infraccion y que procederia a denunciarte. Entiendo que la notificacion te llegara mas tarde por correo certificado. Y si no te llega la notificacion... pues genial, te has librado...
12/12/2017 17:14
sarapiki
Entonces compañero, deduzco que no tienen obligación de hacer entrega de copia alguna cuando no puedan hacerlo sin desatender sus funciones o cuando no dispongan de medios para ello (boletines por ejemplo) Sé que el agente tomo nota de la matrícula de mi vehículo pero no me pidió documentación personal ni nada por el estilo por lo que la única manera de saber si efectivamente procedió a denunciarme es esperar a tener noticias de la misma mediante carta certificada. ¿Es así? Muchas gracias por la anterior respuesta Sarapiki. un saludo
13/12/2017 09:08
Rinofieronte
Repito: en principio tienen obligacion de entregar copia, pero segun el articulo 89.2 LTSV, hay casos en que se puede notificar mas tarde.

Y si, tienes que esperar a que te llegue la notificacion. Asegurate de tener tu domicilio al dia en el Registro de Conductores e Infractores, y en el Registro de vehiculos, no sea que la carta no te llegue, creas que no te denunciaron, y dentro de un año te embarguen la cuenta bancaria por impago...
13/12/2017 20:34
sarapiki
De acuerdo Sarapiki, me cercioraré de ello. Muchas gracias por tus respuestas. Un saludo
26/04/2020 10:35
Rinofieronte
Hola buenas,´
A finales de enero me fui a esquiar con unos colegas a Baqueira (Pirineos catalanes), yo soy catalan pero vivo en madrid, total que estabamos en la cafeteria de pistas y me estaba liando un porrito en lo que aparecen dos mossos y me piden que les acompañe, yo enseguida les di lo que tenia en el chivato que era muy poco, sería menos de medio gramo seguro, les acompañe al furgon y la verdad que eran majetes, me pidieron mi dni, tomaron algunas notas y punto, ni me dieron copia ni firme nada (me dijeron que si queria copia me podia pasar por comisaria por la tarde), ellos me explicaron que no pueden poner multas directas sino que era como que proponian una denuncia que debia ser aprobada una vez haya sido investigada la sustancia que llevaba y eso, tampoco lo entendi muy bien, por ultimo les dije que si me llegara a multa me la enviasen a la direccion de madrid ya que no quiero que llegue a la de cataluña.
mis dudas son;
1. Crees q me llegara una multa?
2. Seguramente si di mi direccion de madrid, diciendo que no vivia nadie en cataluña, me llegara a madrid no?
3. Yo ahora estoy en cataluña, si me ha llegado durante la cuarentena, no podre abonar el 50% por pronto pago?
Gracias
Sanción policía local sin notificación | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Sanción policía local sin notificación

5 Comentarios
 
Sanción policía local sin notificación
12/12/2017 01:45
Buenas compañeros, les pongo en situación; hace cosa de unos días llegaba a primera hora de la mañana a mi puesto de trabajo. En el lugar es bastante frecuente encontrar dotaciones de la policía local debido a la proximidad de un centro educativo en las inmediaciones. Esa mañana, al llegar al exterior de mi trabajo, realice una maniobra prohibida al saltar una línea continua para ocupar una plaza de aparcamiento, lo cual realice sin percatarme de dicha línea continua. prueba de ello, es que la infracción la cometí en presencia de un agente de policía local que se encontraba regulando el tráfico a escasos metros, y yo puedo ser un irresponsable e incluso un mal conductor, pero desde luego no soy masoquista y mi situación económica como la de cualquier trabajador, no es para tirar cohetes. el caso es que, mientras me apeaba del vehículo y cogía mi bolsa, el agente se acercó a mi interpelándome por la infracción cometida. Su pregunta literal fue: ¿Caballero no ha visto usted la línea continua? A lo que yo respondí: La verdad que no agente, le pido disculpas no volverá a ocurrir. El respondió que igualmente iba a ser denunciado. Yo insistí en que con su reprobación era suficiente y que no se volvería a repetir, que por favor no me multase. El agente continuo diciendo que igualmente iba a ser propuesto para sanción y que ya tendría tiempo de realizar cuantas alegaciones considerase oportunas. Me gustaría señalar también que a pesar de la molesta experiencia de ser reprobado y ser denunciado (con el consiguiente perjuicio a mi bolsillo) la actuación del agente fue en todo momento correcta al igual que sus modales. En todo caso fui yo el que cometió una infracción y asumo mi responsabilidad por ello, incluso soy consciente que, a pesar de lo molesto de ser multado, es mejor esto que tener que lamentar consecuencias más graves a causa de mi falta de diligencia a la hora de circular. Me solidarizo por completo con la labor de los agentes, mas aun cuando su actuación se realiza como diríamos los de pueblo; “con todas las de la ley”. El caso es que una vez en la hora del almuerzo, comente con un compañero lo sucedido a lo que este insistía en que el agente había obrado mal. Según este compañero, el agente debió ofrecerme una copia de la denuncia, así como la posibilidad de firmar, dando así por notificada la misma. Mi pregunta después de todo este testamento es saber si efectivamente, mi compañero esta en lo cierto y el agente obró mal no entregándome copia de la denuncia ni brindándome la oportunidad de firmarla. Les pido disculpas por haber entrado tanto en detalles y doy gracias de antemano por una respuesta. Muchas gracias y un saludo
12/12/2017 09:15
Rinofieronte
En principio, efectivamente, deben darte copia del boletin de denuncia. Lo de firmar o no firmar, en realidad es irrelevante, desde mi punto de vista...
Pero puede ocurrir que en ese momento no tuviera boletines de denuncia, o, si como dices hay un centro escolar y estaba regulando el trafico, no podia pararse a cubrir un boletin de denuncia.
El agente, en realidad, te informo de que habias cometido una infraccion y que procederia a denunciarte. Entiendo que la notificacion te llegara mas tarde por correo certificado. Y si no te llega la notificacion... pues genial, te has librado...
12/12/2017 17:14
sarapiki
Entonces compañero, deduzco que no tienen obligación de hacer entrega de copia alguna cuando no puedan hacerlo sin desatender sus funciones o cuando no dispongan de medios para ello (boletines por ejemplo) Sé que el agente tomo nota de la matrícula de mi vehículo pero no me pidió documentación personal ni nada por el estilo por lo que la única manera de saber si efectivamente procedió a denunciarme es esperar a tener noticias de la misma mediante carta certificada. ¿Es así? Muchas gracias por la anterior respuesta Sarapiki. un saludo
13/12/2017 09:08
Rinofieronte
Repito: en principio tienen obligacion de entregar copia, pero segun el articulo 89.2 LTSV, hay casos en que se puede notificar mas tarde.

Y si, tienes que esperar a que te llegue la notificacion. Asegurate de tener tu domicilio al dia en el Registro de Conductores e Infractores, y en el Registro de vehiculos, no sea que la carta no te llegue, creas que no te denunciaron, y dentro de un año te embarguen la cuenta bancaria por impago...
13/12/2017 20:34
sarapiki
De acuerdo Sarapiki, me cercioraré de ello. Muchas gracias por tus respuestas. Un saludo
26/04/2020 10:35
Rinofieronte
Hola buenas,´
A finales de enero me fui a esquiar con unos colegas a Baqueira (Pirineos catalanes), yo soy catalan pero vivo en madrid, total que estabamos en la cafeteria de pistas y me estaba liando un porrito en lo que aparecen dos mossos y me piden que les acompañe, yo enseguida les di lo que tenia en el chivato que era muy poco, sería menos de medio gramo seguro, les acompañe al furgon y la verdad que eran majetes, me pidieron mi dni, tomaron algunas notas y punto, ni me dieron copia ni firme nada (me dijeron que si queria copia me podia pasar por comisaria por la tarde), ellos me explicaron que no pueden poner multas directas sino que era como que proponian una denuncia que debia ser aprobada una vez haya sido investigada la sustancia que llevaba y eso, tampoco lo entendi muy bien, por ultimo les dije que si me llegara a multa me la enviasen a la direccion de madrid ya que no quiero que llegue a la de cataluña.
mis dudas son;
1. Crees q me llegara una multa?
2. Seguramente si di mi direccion de madrid, diciendo que no vivia nadie en cataluña, me llegara a madrid no?
3. Yo ahora estoy en cataluña, si me ha llegado durante la cuarentena, no podre abonar el 50% por pronto pago?
Gracias