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Sanción por aparcar según la local en un acerado

1 Comentarios
 
Sanción por aparcar según la local en un acerado
09/04/2019 12:41
Hola buenos días e recibido una denuncia o sanción por estacionar en un acerado
Contesto con un recurso de que eso no es cierto que en el sitio que estaciones no era un acerado ni avía ninguna señal que lo prohibiese y jamás dificultando el paso a ningún peatón
Les pido que lo reconsideren y que verifique este sitio pidiendo una foto del momento de la denuncia para ratificarla.
A los seis meses me contestan que desestiman este recurso ya que el policía local se ratifica en que mis alegaciones no son lo suficientes incluso me dicen cosas que yo no e dicho en ese recurso, que yo avía alegado que a vía una señal con poca visibilidad , mala señalización de prohibición vulneración de principios de presunción de inocencia y falta de pruebas

Segundo, si pago la sanción de un principio seria un cincuenta por ciento menos
Al recurrir abonaría el total de la denuncia en este caso son 200€
Pero el problema es que estoy recurriendo dicha denuncia y ya quieren embarcarme mi cuenta mas un recargo por apremio total 220€
Pregunto si alguien podía aconsejarme
Si voy a pagar un cincuenta por ciento mas tengo derecho a consumir todos los plazos y recursos que me sean posible
Para defenderme que de eso se trata pagar mas poder defenderte
Por otro lado puedo pagar y seguir defendiéndome cosa que no entiendo

Tercero puedo pedir una foto como prueba de la denuncia ?
Ya que lo ice y no me a respondido a esta petición

Cuarto desde un principio solo les interesa la recaudación
No se no entiendo mucho de esto pero si hago un recurso y aceptó pagar el cincuenta por ciento mas
Es para defenderme y llegar hasta el final de todo esto
Pero veo que el pagar mas no tiene que ver nada porque en el segundo recurso me vino una carta avisando de embargó
Sin respuesta a mi recurso solo embargó
No se que me podían decir que hacer en este caso gracias
15/04/2019 10:54
David50
Si denuncia un particular (o un agente del SER que no viene a ser distinto) hace falta foto o prueba, pues si no es tu palabra contra la suya, y lo mismo cuando se trate de medios automáticos (radares, etc.). Si es un agente de la autoridad en ejercicio de sus funciones frente a un delito o falta flagrante que ha presenciado, no; la declaración del agente de la autoridad tiene valor probatorio (salvo que sea parte interesada); deberás demostrar tú como consideres que no es cierto. Si no podrías saltarte líneas continuas o hacer giros donde quisieras incluso delante mismo de la policía salvo que estén grabando continuamente con cámara.
Y sí, tienes derecho a agotar todas las vías administrativas y judiciales que consideres. Ya que te interese hacerlo o no es otra cosa. En las aceras no tiene por qué figurar que está prohibido aparcar, y está prohibido molestes o no molestes a un transeúnte. Da igual que haya una señal con mala visibilidad o que no la haya: en una acera no se puede aparcar. Ya que sea un acerado o no, tú sabrás dónde lo dejaste, no sé. Puedes argumentar aportando tú la prueba que consideres, estableciendo que ese lugar en el que se sancionó no es un acerado por los motivos que entiendas por los cuales no lo es.
Respecto al embargo, según entiendo ya te han desestimado el recurso, y salvo que ejerzas en plazo las acciones a las que tengas derecho (recurso administrativo o vía judicial si ya se ha agotado la vía administrativa), se procede al embargo.
A falta de ver si era una acera o no (siento decir que "intuyo" que sí), no veo el problema por ningún lado.
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Sanción por aparcar según la local en un acerado

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Sanción por aparcar según la local en un acerado
09/04/2019 12:41
Hola buenos días e recibido una denuncia o sanción por estacionar en un acerado
Contesto con un recurso de que eso no es cierto que en el sitio que estaciones no era un acerado ni avía ninguna señal que lo prohibiese y jamás dificultando el paso a ningún peatón
Les pido que lo reconsideren y que verifique este sitio pidiendo una foto del momento de la denuncia para ratificarla.
A los seis meses me contestan que desestiman este recurso ya que el policía local se ratifica en que mis alegaciones no son lo suficientes incluso me dicen cosas que yo no e dicho en ese recurso, que yo avía alegado que a vía una señal con poca visibilidad , mala señalización de prohibición vulneración de principios de presunción de inocencia y falta de pruebas

Segundo, si pago la sanción de un principio seria un cincuenta por ciento menos
Al recurrir abonaría el total de la denuncia en este caso son 200€
Pero el problema es que estoy recurriendo dicha denuncia y ya quieren embarcarme mi cuenta mas un recargo por apremio total 220€
Pregunto si alguien podía aconsejarme
Si voy a pagar un cincuenta por ciento mas tengo derecho a consumir todos los plazos y recursos que me sean posible
Para defenderme que de eso se trata pagar mas poder defenderte
Por otro lado puedo pagar y seguir defendiéndome cosa que no entiendo

Tercero puedo pedir una foto como prueba de la denuncia ?
Ya que lo ice y no me a respondido a esta petición

Cuarto desde un principio solo les interesa la recaudación
No se no entiendo mucho de esto pero si hago un recurso y aceptó pagar el cincuenta por ciento mas
Es para defenderme y llegar hasta el final de todo esto
Pero veo que el pagar mas no tiene que ver nada porque en el segundo recurso me vino una carta avisando de embargó
Sin respuesta a mi recurso solo embargó
No se que me podían decir que hacer en este caso gracias
15/04/2019 10:54
David50
Si denuncia un particular (o un agente del SER que no viene a ser distinto) hace falta foto o prueba, pues si no es tu palabra contra la suya, y lo mismo cuando se trate de medios automáticos (radares, etc.). Si es un agente de la autoridad en ejercicio de sus funciones frente a un delito o falta flagrante que ha presenciado, no; la declaración del agente de la autoridad tiene valor probatorio (salvo que sea parte interesada); deberás demostrar tú como consideres que no es cierto. Si no podrías saltarte líneas continuas o hacer giros donde quisieras incluso delante mismo de la policía salvo que estén grabando continuamente con cámara.
Y sí, tienes derecho a agotar todas las vías administrativas y judiciales que consideres. Ya que te interese hacerlo o no es otra cosa. En las aceras no tiene por qué figurar que está prohibido aparcar, y está prohibido molestes o no molestes a un transeúnte. Da igual que haya una señal con mala visibilidad o que no la haya: en una acera no se puede aparcar. Ya que sea un acerado o no, tú sabrás dónde lo dejaste, no sé. Puedes argumentar aportando tú la prueba que consideres, estableciendo que ese lugar en el que se sancionó no es un acerado por los motivos que entiendas por los cuales no lo es.
Respecto al embargo, según entiendo ya te han desestimado el recurso, y salvo que ejerzas en plazo las acciones a las que tengas derecho (recurso administrativo o vía judicial si ya se ha agotado la vía administrativa), se procede al embargo.
A falta de ver si era una acera o no (siento decir que "intuyo" que sí), no veo el problema por ningún lado.