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¿Se aplicaría el interés legal o el fiscal de demora?

2 Comentarios
 
¿se aplicaría el interés legal o el fiscal de demora?
22/07/2014 21:53
Hola,

mi caso, y mi duda, son los siguientes:

La AEAT me envía un requerimiento, al que doy la pertinente respuesta con la documentación solicitada. Tras 2 cartas más, la AEAT me envía una paralela y finalmente he de pagar lo que dicen en la resolución (el importe corregido más el interés fiscal de demora, del 5%) y la sanción correspondiente.

Convencido de que la documentación aportada no deja lugar a dudas de que he justificado adecuadamente mi punto de vista, presento recurso ante el Tribunal Economico Administrativo que, con una motivación vaga (por no decir inexistente), desestima mis pretensiones.

Continúo la pugna en el Tribunal Superior de Justicia de mi Comunidad Autónoma con un recurso contencioso-advo., y finalmente obtengo la sentencia favorable con la que contaba, pero hay un aspecto que no veo claro por más que lo leo:
Si desde que yo pagué a Hacienda hasta que Hacienda me devuelva el dinero transcurren 15 meses, ¿qué tipo de interés se aplica al dinero que pagué a Hacienda, y que esta me ha devuelto, durante esos 15 meses? ¿El interés legal del dinero, del 4%, o el interés fiscal de demora del 5%?
Lo justo sería que, si la AEAT a mí me cobró el 5%, ahora me lo devoviera con el 5%, pero claro, una cosa es lo justo, y otra lo legal.

Gracias y un saludo.
22/07/2014 23:43
Buenas noches:

Reglamento de revisión en via administrativa (RD 520/2005). Art. 70, que remite al art.66; en su apartado 5 establece: "Cuando la resolución estime totalmente el recurso o la reclamación y no sea necesario dictar un nuevo acto, se procederá a la ejecución mediante la anulación de todos los actos que traigan su causa del anulado y, en su caso, a devolver las garantías o las cantidades indebidamente ingresadas junto con los correspondientes intereses de demora."

Es decir: te deben devolver con intereses de demora, no con el interés legal.

Un saludo
23/07/2014 08:41
Buenos días Ciclope1,

muchas gracias por tu rápida y clara respuesta. No deja lugar a dudas.

Un saludo.
¿Se aplicaría el interés legal o el fiscal de demora? | PorticoLegal
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¿Se aplicaría el interés legal o el fiscal de demora?

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¿se aplicaría el interés legal o el fiscal de demora?
22/07/2014 21:53
Hola,

mi caso, y mi duda, son los siguientes:

La AEAT me envía un requerimiento, al que doy la pertinente respuesta con la documentación solicitada. Tras 2 cartas más, la AEAT me envía una paralela y finalmente he de pagar lo que dicen en la resolución (el importe corregido más el interés fiscal de demora, del 5%) y la sanción correspondiente.

Convencido de que la documentación aportada no deja lugar a dudas de que he justificado adecuadamente mi punto de vista, presento recurso ante el Tribunal Economico Administrativo que, con una motivación vaga (por no decir inexistente), desestima mis pretensiones.

Continúo la pugna en el Tribunal Superior de Justicia de mi Comunidad Autónoma con un recurso contencioso-advo., y finalmente obtengo la sentencia favorable con la que contaba, pero hay un aspecto que no veo claro por más que lo leo:
Si desde que yo pagué a Hacienda hasta que Hacienda me devuelva el dinero transcurren 15 meses, ¿qué tipo de interés se aplica al dinero que pagué a Hacienda, y que esta me ha devuelto, durante esos 15 meses? ¿El interés legal del dinero, del 4%, o el interés fiscal de demora del 5%?
Lo justo sería que, si la AEAT a mí me cobró el 5%, ahora me lo devoviera con el 5%, pero claro, una cosa es lo justo, y otra lo legal.

Gracias y un saludo.
22/07/2014 23:43
Buenas noches:

Reglamento de revisión en via administrativa (RD 520/2005). Art. 70, que remite al art.66; en su apartado 5 establece: "Cuando la resolución estime totalmente el recurso o la reclamación y no sea necesario dictar un nuevo acto, se procederá a la ejecución mediante la anulación de todos los actos que traigan su causa del anulado y, en su caso, a devolver las garantías o las cantidades indebidamente ingresadas junto con los correspondientes intereses de demora."

Es decir: te deben devolver con intereses de demora, no con el interés legal.

Un saludo
23/07/2014 08:41
Buenos días Ciclope1,

muchas gracias por tu rápida y clara respuesta. No deja lugar a dudas.

Un saludo.