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¿se necesita referencia catastral y/o de cédula de habitabilidad para alquilar una vivienda?

9 Comentarios
 
¿se necesita referencia catastral y/o de cédula de habitabilidad para alquilar una vivienda?
16/06/2019 13:09
Se trata de la vivienda de portero de un edificio que ya no tiene ese servicio. Es un elemento común de la Comunidad de Propietarios pero no está segregada y por tanto carece de referencia catastral. Tampoco tiene cédula de habitabilidad ni se podrá tener a pesar de de que se haga una reforma integral.
Me gustaría saber si alguna de estas características, o las dos, son requisitos imprescindibles para poder realizar un contrato de arrendamiento urbano como vivienda habitual que sea totalmente legal
16/06/2019 18:20
Guindi51
La referencia catastral no es necesaria, pero la cédula de habitabilidad si.
16/06/2019 18:53
leonjbr
¡¡¡Muchas gracias leonjbr!!!

¿podrías indicarme la norma legal que lo establece?
16/06/2019 22:02
Guindi51
En el art. 26.2 de la Ley 18/2007 de derecho a la vivienda, a cuyo tenor:
"2. En cualquier transmisión, por venta, alquiler o cesión de uso, incluidas las derivadas de segundas y sucesivas transmisiones, es preciso acreditar que la vivienda cumple las condiciones de calidad, mediante la entrega o disposición de la cédula de habitabilidad vigente, de cuya presentación puede exonerarse en los supuestos y con las condiciones que establece el artículo 132.a.".
17/06/2019 00:14
leonjbr
Muchas gracias de nuevo, aunque por lo que veo esta norma afecta solo a la Comunidad Autónoma de Cataluña. En mi caso yo estoy en la de Madrid, por lo que lo más probable es que en ella no haya esta obligación.
17/06/2019 08:37
Guindi51
Ay si! Pues ahora mismo no sabría decirle. Lo mejor es que pregunte en el ayuntamiento de madrid que es quien en su caso otorga las licencias.
17/06/2019 10:56
Guindi51
Yo considero que el contrato de alquiler será válido, ya que reúne los elementos esenciales, contratantes, inmueble, plazo y precio, independientemente de las irregularidades administrativas en que puedan incurrir y de sus sanciones.

Como referencia catastral yo considero que pueden usar la de la finca completa.
17/06/2019 11:11
Guindi51
Imagino que tampoco tendrán certificado de eficiencia energética.
17/06/2019 11:15
Guindi51
En Madrid es de aplicación el DECRETO 111/2018, de 26 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se suprime la cédula de habitabilidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
17/06/2019 14:14
Hoplon
¡Muchas gracias Hoplon!

El certificado energético si que se podrá obtener una vez hecha la reforma y ese documento si que es importante tenerlo.

Creo que ya tengo toda la información que necesito al respecto.

Muchas gracias a los dos. ¡¡¡Vuestras informaciones me ha resultado muy útiles!!!
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16/06/2019 13:09
Se trata de la vivienda de portero de un edificio que ya no tiene ese servicio. Es un elemento común de la Comunidad de Propietarios pero no está segregada y por tanto carece de referencia catastral. Tampoco tiene cédula de habitabilidad ni se podrá tener a pesar de de que se haga una reforma integral.
Me gustaría saber si alguna de estas características, o las dos, son requisitos imprescindibles para poder realizar un contrato de arrendamiento urbano como vivienda habitual que sea totalmente legal
16/06/2019 18:20
Guindi51
La referencia catastral no es necesaria, pero la cédula de habitabilidad si.
16/06/2019 18:53
leonjbr
¡¡¡Muchas gracias leonjbr!!!

¿podrías indicarme la norma legal que lo establece?
16/06/2019 22:02
Guindi51
En el art. 26.2 de la Ley 18/2007 de derecho a la vivienda, a cuyo tenor:
"2. En cualquier transmisión, por venta, alquiler o cesión de uso, incluidas las derivadas de segundas y sucesivas transmisiones, es preciso acreditar que la vivienda cumple las condiciones de calidad, mediante la entrega o disposición de la cédula de habitabilidad vigente, de cuya presentación puede exonerarse en los supuestos y con las condiciones que establece el artículo 132.a.".
17/06/2019 00:14
leonjbr
Muchas gracias de nuevo, aunque por lo que veo esta norma afecta solo a la Comunidad Autónoma de Cataluña. En mi caso yo estoy en la de Madrid, por lo que lo más probable es que en ella no haya esta obligación.
17/06/2019 08:37
Guindi51
Ay si! Pues ahora mismo no sabría decirle. Lo mejor es que pregunte en el ayuntamiento de madrid que es quien en su caso otorga las licencias.
17/06/2019 10:56
Guindi51
Yo considero que el contrato de alquiler será válido, ya que reúne los elementos esenciales, contratantes, inmueble, plazo y precio, independientemente de las irregularidades administrativas en que puedan incurrir y de sus sanciones.

Como referencia catastral yo considero que pueden usar la de la finca completa.
17/06/2019 11:11
Guindi51
Imagino que tampoco tendrán certificado de eficiencia energética.
17/06/2019 11:15
Guindi51
En Madrid es de aplicación el DECRETO 111/2018, de 26 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se suprime la cédula de habitabilidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
17/06/2019 14:14
Hoplon
¡Muchas gracias Hoplon!

El certificado energético si que se podrá obtener una vez hecha la reforma y ese documento si que es importante tenerlo.

Creo que ya tengo toda la información que necesito al respecto.

Muchas gracias a los dos. ¡¡¡Vuestras informaciones me ha resultado muy útiles!!!