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Se niega a tomar el cargo

1 Comentarios
 
17/01/2009 18:34
Vamos por partes.

El cargo de presidente es de inexcusable cumplimiento, y sólo se puede renunciar a él cuando el juez, después de oídas sus argumentaciones así lo sentencie, siempre que la comunidad no le conceda de buena gana la renuncia, evidentemente.

El tesorero es un cargo creado por la comunidad, no es necesario ese cargo, ya que esta función, entiéndase la de administrar la economía de la comunidad, debe recaer por ley en el administrador. Figura que sí es imprescindible, salvo que la ejerza el presidente, ejerciendo el doble cargo o triple, es decir, presidente, secretario y administrador.
Si hacemos la comparación, tesorero administrador como la misma función aunque con distinto nombre, la ley estima que para ejercer el cargo de administrador artº 13, punto 6 de la L.P.H, deja claro que podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por persona física con cualificación profesional suficiente...Con esto quiere dar a entender --y es mi opinión-- que la persona que debe ejercer ese cargo debe estar lo suficientemente preparada para poder realizarlo, de no ser así, no debería hacerlo.

En los referentes a los familiares que usted alude, no es de obligado cumplimiento el que le ayuden o no, porque a quien se nombra es a ese propietario, no a sus parientes o familiares que nadan tienen que ver en la comunidad.
Se niega a tomar el cargo
17/01/2009 13:15
Buenos días:

El pasado día 8/01/2009 me invistieron como presidente en mi comunidad de vecinos, junto con una señora mayor que lo fue como tesorera.
Días despues, el tesorero saliente, me comunica que esta señora se niega a hacerse cargo, debido a que, según ella, no sabe cómo hacerlo.
El caso es que, en esta comunidad, ha habido otros vecinos con el mismo problema, pero estos han solicitado la ayuda de familiares o de profesionales (pagandolos ellos) para hacerse cargo.
¿Qué debo hacer? Esta señora ¿tiene que pedir la inhabilitación de un juez? ¿o tiene que ser la comunidad?
No sé que hacer.

P.D: La señora tiene hijos capacitados y un sobrino abogado.
Se niega a tomar el cargo | PorticoLegal
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Se niega a tomar el cargo

1 Comentarios
 
17/01/2009 18:34
Vamos por partes.

El cargo de presidente es de inexcusable cumplimiento, y sólo se puede renunciar a él cuando el juez, después de oídas sus argumentaciones así lo sentencie, siempre que la comunidad no le conceda de buena gana la renuncia, evidentemente.

El tesorero es un cargo creado por la comunidad, no es necesario ese cargo, ya que esta función, entiéndase la de administrar la economía de la comunidad, debe recaer por ley en el administrador. Figura que sí es imprescindible, salvo que la ejerza el presidente, ejerciendo el doble cargo o triple, es decir, presidente, secretario y administrador.
Si hacemos la comparación, tesorero administrador como la misma función aunque con distinto nombre, la ley estima que para ejercer el cargo de administrador artº 13, punto 6 de la L.P.H, deja claro que podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por persona física con cualificación profesional suficiente...Con esto quiere dar a entender --y es mi opinión-- que la persona que debe ejercer ese cargo debe estar lo suficientemente preparada para poder realizarlo, de no ser así, no debería hacerlo.

En los referentes a los familiares que usted alude, no es de obligado cumplimiento el que le ayuden o no, porque a quien se nombra es a ese propietario, no a sus parientes o familiares que nadan tienen que ver en la comunidad.
Se niega a tomar el cargo
17/01/2009 13:15
Buenos días:

El pasado día 8/01/2009 me invistieron como presidente en mi comunidad de vecinos, junto con una señora mayor que lo fue como tesorera.
Días despues, el tesorero saliente, me comunica que esta señora se niega a hacerse cargo, debido a que, según ella, no sabe cómo hacerlo.
El caso es que, en esta comunidad, ha habido otros vecinos con el mismo problema, pero estos han solicitado la ayuda de familiares o de profesionales (pagandolos ellos) para hacerse cargo.
¿Qué debo hacer? Esta señora ¿tiene que pedir la inhabilitación de un juez? ¿o tiene que ser la comunidad?
No sé que hacer.

P.D: La señora tiene hijos capacitados y un sobrino abogado.