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Se paga por coeficientes o partes iguales - que dice la Ley.

191 Comentarios
Viendo 41 - 60 de 191 comentarios
03/04/2009 04:04
Hola, vile.
Lo que deberías impugnar no es el Acta. En tu caso, lo que deberías impugnar son los presupuestos aprobados “a partes iguales”, para ello deberías haber votado en contra, si fuiste a la Junta, y si no fuiste, deberás discrepar el acuerdo, en plazo de 30 días, después de recibir el Acta, y luego, tienes un plazo de un año a partir de la celebración de la Junta, o de recibir el Acta, (mejor hacerlo ante de los 3 meses, por si las moscas) para presentar demanda de impugnación.
Pero deberías pedirle al administrador que te entregara el Acta donde se acordara, por unanimidad, el pago “a partes iguales” y a ver que te dice.
Y ten cuidado con tu administrador, que lo mismo te entretiene con falsas promesas de que ya se arreglará todo, con la intención de que te prescriba el plazo. Fuera de plazo ya no tendrías nada que hacer. Si le mandas un fax, pidiéndole documentación al respecto, dale un plazo de 5 días…

Un saludo.
03/04/2009 04:25
Se me olvidaba...
Mira a ver en los Juzgados de tu Localidad, que seguro que cuentan con una oficina de Asesoria Jurídica Gratuíta. Y a ver que te dicen. Pero date prisa, porfa!
04/04/2009 17:49
La reunión se celebró en el mes de febrero 09. Al día de hoy 04/04/09 no hemos recibido el acta de la reunión. Es aceptable.
Por otro lado y con el fin de molestar en las derramas que este administrador siempre presenta con temas como el gasolil - y la fachada que han tenido que reparar - dice
hagase efectiva la cantidad de 45,00 € en concepto de reparación URGENTE a causa de la denunia presentada .
Tema falso. En su día despues de 2 años sin hacerme caso. Acudí al ayuntamiento para que repasen mi balcón que caia la fachada a trozos, con perjuicio de hacer daño a terceros. Que ocurrió, se presentarón y observaron la fachada completa, donde por lo visto habia mas que reparar.
Ahora he quedado como denunciante, algo que no es cierto, yo fui por mi terraza, no por el resto.
Que medidas puedo tomar ante este administrador incompetente e irresponsable. Que no le importa que se vaya abajo y pueda causar una desgracia, como recientemente ocurrió en mi ciudad.
Puede decir por DENUNCIA cuando no es cierto.
Y encima 45,00 miserables euros, cuando nos esta metiendo derrañas de gasoil y reparaciones de muchisimo mas dinero y no quiere mostar facturas.
06/04/2009 18:07
q conste q no es una guerra personal con este individuo.
solo que me ha tocado a mi, por hablar.
No decir nada y tragar con todo , tal vez para mi corazón sea mejor, pero .................
17/04/2009 18:16
Os comento
se ha celebrado la Junta en Febrero/09 y hasta el dia de hoy 17 de Abril / no se ha recibido el acta de la misma. Cuantos días, meses tiene este administrador para enviarnos la correspondiente documentación.
Por otro lado solicitan el pago de una derrama, que no ha quedado en condiciones, la fachada esta salpicada de pintura y vamos otras troperias. Se debe hacer frente a este gasto.
17/04/2009 19:37
El plazo es de 10 dias desde la junta, salvo fuerza mayor. La derrama hay que pagarla, pero vea que es por coeficientes, y no a partes iguales.
19/04/2009 22:15
En la Junta General extraordinaria celebrada por mi comunidad, se acordó por unanimidad pagar el teléfono de emergencia instalado en el ascensor por partes iguales.El administrador reflejó en el acta pagar proporcionalmente y la liquidación la envió por coeficientes. ¿existe algún artículo de la L.P.H. por el cual yo pueda demostrar que el haber acordado la junta general por unanimidad ,el pago por partes iguales tiene más valor jurídico que lo que digan otros artículos respecto al pago del teléfono instalado.
20/04/2009 07:22
La liquidación del administrador es correcta. El acuerdo de la junta a partes iguales no sirve pues TENDRÍA que ser acuerdo unánime de TODA LA COMUNIDAD AL 100 % , expresamente, no por omisión.La Ley dice que por coeficientes, sin excepción y "especialmente" por unananimidad al 100% de TODA LA COMUNIDAD PODRÍAN ALTERARSE los coeficientes. Salvo mejor criterio
13/07/2009 04:54
Pueden exigirme pagar en derrama por coeficiente, las deudas dejadas en el pasado su anterior Presidente por impagos varios y por morosos. Yo tengo certificado de que mi vivienda esta libre de deudas ahora y antes de vivir yo.
Gracias
13/07/2009 11:54
celtaries.

Mejor que abra una nueva consulta con esta pregunta porque en este hilo se pierde.

Si Vd. tiene certificado liberatorio de deudas sobre el unmueble de su propuiedad y que se aportó a la escritura pública de compraventa, hasta esa misma fecha de certificado está Vd. EXENTO de obligacion alguna repsecto a deudas anteriores.

Cosa distinta es que Vd. "herede", por decirlo entendible, la continuidad de una derrama o cuota extra que empezó a pagarse en el pasado pero aún perdura. En este caso, Vd. está obligado a pagarla aunque no en el momento de su aprobación Vd. no fuera ni tan siquiera propietario de ese inmueble.
13/07/2009 12:07
Seguire tu consejo y e abierto un nuevo hilo. Gracias por tu contestación, esta me relaja.
15/07/2009 18:59
Vio
Dices que pague la derrama, pero que ocurre aunque lo hayan dejado sin terminar y mal hecho.
Es esto licito.
Otra cosa, si estamos pagando todos igual.
Como voy a pagar por coeficientes.
Lo calculo yo y hago el ingreso.
Un poco mas de aclaración
De veras esta comunidad es una ruina.
15/07/2009 20:52
Se calcula y se hace el ingreso por coeficientes, pero hay que impugnar el acta, con abogado. O mejor consignar en el Juzgado. Siempre hace algo de pupa.
18/07/2009 22:25
Una cosa para consignar en el Juzgado necesito abogado o puedo yo hacerlo.
La semana que viene comienzo la lucha.
gracias Vio.
19/07/2009 06:56
1.- Se precisa abogado para impugnar. Como la consignación es consecuencia de la impugnación, idem....Todo con abogado y procurador.Saludos
21/07/2009 21:40
Vamos ahora todo mas claro.
Nos reimos de los americanos, pero esta visto que si no tienes abogado y psiquiatra no eres nada.
Aunque alli las leyes o estan mejor hechas o su aplicación es mas correcta.
España picara.
22/07/2009 21:58
Pregunta,,,,,,y si mandas un burofax al presidente y al administrador y le recuerdas que hace unos años
mintieron al decir primero que los estatutos nos obligan a pagar a partes iguales y luego que existe un acta que nos obliga y que tampoco es cierto y le s informas que mientras no te demuestre feacientemente que devo pagar a partes iguales solo pagare mi coeficiente y si lo cree oportuno que denuncie, en el momento que me denunciaran yo podria ingresar en el juzgado lo que el presidente dice que devo y yo no tendria que pagar en principio ni abogado ni procurador,si me dan la razon bien y si no ahi esta el ingreso y tan amigos
ya que dicen que ahora tengo lo de los actos propios por que dice que hace años que pagamos asi
23/07/2009 21:54
Jesusal nunca envie un burofax a nombre de quien del presidente o administrador.
Si tu idea funciona genial .
Y lo aplico para la cuota mensual y tambien para las derramas.
Lo que ya se ha pagado, como ascensor nuevo y reparación de fachada, se puede hacer algo.
saludos.
24/07/2009 18:08
Juli cada año se apruevan las cuentas si no votaste en contra no se puede recuperar ,yo vote en contra de los gastos y de la cuota para el proximo año
hasta que me demuestren por que tengo que pagar a partes iguales feacientemente,
hace siete meses y aun espero contestacion
28/07/2009 16:09
Jeusal
Yo he votado mas de una vez en contra, pero ocurre que el administrador (impresentable) no lo hace constar en el acta que tras 3 o 4 meses nos hace llegar. Este individuo es prepotente, insolente y no tiene ni p. idea.
Eso si practica el peloteo-el babeo, con quien el cree puede estar de su lado.
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03/04/2009 04:04
Hola, vile.
Lo que deberías impugnar no es el Acta. En tu caso, lo que deberías impugnar son los presupuestos aprobados “a partes iguales”, para ello deberías haber votado en contra, si fuiste a la Junta, y si no fuiste, deberás discrepar el acuerdo, en plazo de 30 días, después de recibir el Acta, y luego, tienes un plazo de un año a partir de la celebración de la Junta, o de recibir el Acta, (mejor hacerlo ante de los 3 meses, por si las moscas) para presentar demanda de impugnación.
Pero deberías pedirle al administrador que te entregara el Acta donde se acordara, por unanimidad, el pago “a partes iguales” y a ver que te dice.
Y ten cuidado con tu administrador, que lo mismo te entretiene con falsas promesas de que ya se arreglará todo, con la intención de que te prescriba el plazo. Fuera de plazo ya no tendrías nada que hacer. Si le mandas un fax, pidiéndole documentación al respecto, dale un plazo de 5 días…

Un saludo.
03/04/2009 04:25
Se me olvidaba...
Mira a ver en los Juzgados de tu Localidad, que seguro que cuentan con una oficina de Asesoria Jurídica Gratuíta. Y a ver que te dicen. Pero date prisa, porfa!
04/04/2009 17:49
La reunión se celebró en el mes de febrero 09. Al día de hoy 04/04/09 no hemos recibido el acta de la reunión. Es aceptable.
Por otro lado y con el fin de molestar en las derramas que este administrador siempre presenta con temas como el gasolil - y la fachada que han tenido que reparar - dice
hagase efectiva la cantidad de 45,00 € en concepto de reparación URGENTE a causa de la denunia presentada .
Tema falso. En su día despues de 2 años sin hacerme caso. Acudí al ayuntamiento para que repasen mi balcón que caia la fachada a trozos, con perjuicio de hacer daño a terceros. Que ocurrió, se presentarón y observaron la fachada completa, donde por lo visto habia mas que reparar.
Ahora he quedado como denunciante, algo que no es cierto, yo fui por mi terraza, no por el resto.
Que medidas puedo tomar ante este administrador incompetente e irresponsable. Que no le importa que se vaya abajo y pueda causar una desgracia, como recientemente ocurrió en mi ciudad.
Puede decir por DENUNCIA cuando no es cierto.
Y encima 45,00 miserables euros, cuando nos esta metiendo derrañas de gasoil y reparaciones de muchisimo mas dinero y no quiere mostar facturas.
06/04/2009 18:07
q conste q no es una guerra personal con este individuo.
solo que me ha tocado a mi, por hablar.
No decir nada y tragar con todo , tal vez para mi corazón sea mejor, pero .................
17/04/2009 18:16
Os comento
se ha celebrado la Junta en Febrero/09 y hasta el dia de hoy 17 de Abril / no se ha recibido el acta de la misma. Cuantos días, meses tiene este administrador para enviarnos la correspondiente documentación.
Por otro lado solicitan el pago de una derrama, que no ha quedado en condiciones, la fachada esta salpicada de pintura y vamos otras troperias. Se debe hacer frente a este gasto.
17/04/2009 19:37
El plazo es de 10 dias desde la junta, salvo fuerza mayor. La derrama hay que pagarla, pero vea que es por coeficientes, y no a partes iguales.
19/04/2009 22:15
En la Junta General extraordinaria celebrada por mi comunidad, se acordó por unanimidad pagar el teléfono de emergencia instalado en el ascensor por partes iguales.El administrador reflejó en el acta pagar proporcionalmente y la liquidación la envió por coeficientes. ¿existe algún artículo de la L.P.H. por el cual yo pueda demostrar que el haber acordado la junta general por unanimidad ,el pago por partes iguales tiene más valor jurídico que lo que digan otros artículos respecto al pago del teléfono instalado.
20/04/2009 07:22
La liquidación del administrador es correcta. El acuerdo de la junta a partes iguales no sirve pues TENDRÍA que ser acuerdo unánime de TODA LA COMUNIDAD AL 100 % , expresamente, no por omisión.La Ley dice que por coeficientes, sin excepción y "especialmente" por unananimidad al 100% de TODA LA COMUNIDAD PODRÍAN ALTERARSE los coeficientes. Salvo mejor criterio
13/07/2009 04:54
Pueden exigirme pagar en derrama por coeficiente, las deudas dejadas en el pasado su anterior Presidente por impagos varios y por morosos. Yo tengo certificado de que mi vivienda esta libre de deudas ahora y antes de vivir yo.
Gracias
13/07/2009 11:54
celtaries.

Mejor que abra una nueva consulta con esta pregunta porque en este hilo se pierde.

Si Vd. tiene certificado liberatorio de deudas sobre el unmueble de su propuiedad y que se aportó a la escritura pública de compraventa, hasta esa misma fecha de certificado está Vd. EXENTO de obligacion alguna repsecto a deudas anteriores.

Cosa distinta es que Vd. "herede", por decirlo entendible, la continuidad de una derrama o cuota extra que empezó a pagarse en el pasado pero aún perdura. En este caso, Vd. está obligado a pagarla aunque no en el momento de su aprobación Vd. no fuera ni tan siquiera propietario de ese inmueble.
13/07/2009 12:07
Seguire tu consejo y e abierto un nuevo hilo. Gracias por tu contestación, esta me relaja.
15/07/2009 18:59
Vio
Dices que pague la derrama, pero que ocurre aunque lo hayan dejado sin terminar y mal hecho.
Es esto licito.
Otra cosa, si estamos pagando todos igual.
Como voy a pagar por coeficientes.
Lo calculo yo y hago el ingreso.
Un poco mas de aclaración
De veras esta comunidad es una ruina.
15/07/2009 20:52
Se calcula y se hace el ingreso por coeficientes, pero hay que impugnar el acta, con abogado. O mejor consignar en el Juzgado. Siempre hace algo de pupa.
18/07/2009 22:25
Una cosa para consignar en el Juzgado necesito abogado o puedo yo hacerlo.
La semana que viene comienzo la lucha.
gracias Vio.
19/07/2009 06:56
1.- Se precisa abogado para impugnar. Como la consignación es consecuencia de la impugnación, idem....Todo con abogado y procurador.Saludos
21/07/2009 21:40
Vamos ahora todo mas claro.
Nos reimos de los americanos, pero esta visto que si no tienes abogado y psiquiatra no eres nada.
Aunque alli las leyes o estan mejor hechas o su aplicación es mas correcta.
España picara.
22/07/2009 21:58
Pregunta,,,,,,y si mandas un burofax al presidente y al administrador y le recuerdas que hace unos años
mintieron al decir primero que los estatutos nos obligan a pagar a partes iguales y luego que existe un acta que nos obliga y que tampoco es cierto y le s informas que mientras no te demuestre feacientemente que devo pagar a partes iguales solo pagare mi coeficiente y si lo cree oportuno que denuncie, en el momento que me denunciaran yo podria ingresar en el juzgado lo que el presidente dice que devo y yo no tendria que pagar en principio ni abogado ni procurador,si me dan la razon bien y si no ahi esta el ingreso y tan amigos
ya que dicen que ahora tengo lo de los actos propios por que dice que hace años que pagamos asi
23/07/2009 21:54
Jesusal nunca envie un burofax a nombre de quien del presidente o administrador.
Si tu idea funciona genial .
Y lo aplico para la cuota mensual y tambien para las derramas.
Lo que ya se ha pagado, como ascensor nuevo y reparación de fachada, se puede hacer algo.
saludos.
24/07/2009 18:08
Juli cada año se apruevan las cuentas si no votaste en contra no se puede recuperar ,yo vote en contra de los gastos y de la cuota para el proximo año
hasta que me demuestren por que tengo que pagar a partes iguales feacientemente,
hace siete meses y aun espero contestacion
28/07/2009 16:09
Jeusal
Yo he votado mas de una vez en contra, pero ocurre que el administrador (impresentable) no lo hace constar en el acta que tras 3 o 4 meses nos hace llegar. Este individuo es prepotente, insolente y no tiene ni p. idea.
Eso si practica el peloteo-el babeo, con quien el cree puede estar de su lado.