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¿ Se puede dejar un contrato sin preaviso a 15 días de finalizarlo?

10 Comentarios
 
¿ se puede dejar un contrato sin preaviso a 15 días de finalizarlo?
02/01/2011 23:40
Hola a tod@s, tengo un contrato al 25% de jornada laboral ( una caca pero no encontré nada más así que acepté por la crisis) y finaliza este 31 de enero.
Pese a tener la mejora de empleo nunca salgo en procesos de selección de ofertas por aparecer en activo.

Me he enterado que a mediados de mes una gran multinacional hará sondeos a desempleados para posible oferta a tiempo completo que me interesa. A principios de febrero toda la plantilla ha de estar contratada.( No sé si saldré pero tengo muchas posibilidades)

Mis dudas son:
1. ¿ Se puede dejar un trabajo de la noche a la mañana sin preavisar? ¿ Qué repercusiones tendría ?

2. ¿ Existe algún formulario tipo stándar o carta de baja voluntaria ya estipulada que pueda presentar? No sé como se hace esto ¿ Voy a la empresa, a la seguridad social, al Inem ?... ¿ Si lo dices solamente hablado valdría o estás obligada a firmar algo?

Muchas gracias y feliz año.


03/01/2011 00:22
Flor de lis...majo/a has metido otro hilo en el de otro consultante y asi lo unico que hacemos es liarnos todos con las respuestas y las preguntas de unos y otros.Dices que nadie te hace caso...ten en cuenta las fechas...estamos tooooss o borrachos o de vacaciones...que esperabas.
Si puedes dejar el trabajo sin preavisar,pero la empresa (a las malas ) puede descontarte de tu liquidacion los dias no preavisados en funcion de lo que marque tu convenio (miratelo a ver que dice sobre el particular,hay convenios como el de construccion de Valladolid en que solo se le podrian descontar al trabajador-es facultativo y no obligatorio-la mitad de los dias no preavisados),si no dice nada tu convenio se podrian agarrar a los 15 que como norma general se establecen en el ET.
Puedes comunicarles tu DIMISION por escrito o de palabra,no te preocupes por la seguridad social que ya te daran ellos de "baja voluntaria"...te daran despues el correspondiente finiquito a firmar con las cantidades adeudadas,fijate bien en las cantidades pues puede que les entre la tentacion(aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid ) de descontarte mas de lo debido o no pagarte todo lo que deben.UN SALUDO
03/01/2011 00:30
Muchas gracias Llanero solitario, menos mal que pasabas por esta inmensa llanura jajaja, perdón por escribir lo mismo pero estoy realmente nerviosa con este tema de la baja voluntaria, jamás he dejado nigún trabajo y no te creas que es plato de buen gusto en los tiempos que corren, más sin tener nada bien asegurado antes.

De todas formas he leído por ahí que si el contrato es inferior a un año, no estás obligada a preavisar. Yo tengo la prórroga de los seis meses para finalizar el año de contrato.

Algo que llama mi atención:
¿ Con un contrato al 25% también tengo derecho a finiquito?

¿ En caso de no preavisar con un 25% tambíen me toca pagarle a la empresa? pero si no gano ni para pipas.

Deberían de multar de la empresa por permitir contratos de esta índole como el mio. Y eso que es la Administracción quién me contrata.

Un saludo



03/01/2011 00:49
Ahhhhhhh y se me olvidaba si no es mucho abusar, sé que estamos en unas fechas muy malas, vacaciones, fiestas, borracheras pero estoy realmente apurada en este asunto y toda precaución es poca por eso si no es molestia quería preguntar también:

a) ¿Al causar baja voluntaria tengo que comunicarlo al Servicio Público de Empleo o es la empresa quién lo hace?... Necesito aparecer como desempleada lo antes posible,¿ esto tardaría mucho?...tengo entendido que la seguridad social y el inem se cruzan los datos o algo así.

b) Me quedo sin paro, eso ya lo sé aunque con el 25% de la jornada creo que no tendría derecho a generarlo, el INEM dice que son 4 meses por año trabajado a tiempo completo luego no me corresponde absolutamente nada, sin embargo necesito saber
si ¿ tambien me penaliza el Servicio Público de Empleo dejándome sin salir en ofertas de aquello que he rechazado? ... Me explico, por ejemplo, si estoy de camarera y dejo el trabajo,
¿ ya no me llamarían de más puestos de camarera por haber dejado el contrato que tenía en esa ocupación, o esto no es así?...

c) Dejar un trabajo, ¿ entonces qué repercusiones tiene resumidamente? Porque la única desventaja que le veo es lo del paro, por lo demás tendría problemas de otra índole?

A toda aquella alma caritativa que me conteste mil gracias de todo corazón.

03/01/2011 13:40
.Sobre el preaviso en contratos inferiores al año,he visto que ya Nando te contesto en el otro hilo para comentarte que malinterpretaste sus palabras...como el te dice y anteriormente yo,es necesario preavisar o estar a las consecuencias.
Tenes derecho a finiquito con cualquier tipo de contrato (otra cosa es que cobres mas o menos en funcion de tu sueldo,de si te prorratean las vacaciones o no,de la fecha en que se este-no es lo mismo un finiquito con veinte o treinta dias de vacaciones pendientes y 5 meses de extra que uno con 4 dias del mes de Enero obviamente-).
.-En caso de no preavisar con un 25% ...mirate tu convenio,hay que estar a lo que en el diga y como con un 25% no ganas ni para pipas pues en caso de poderte descontar los dias no preavisados (conforme a lo que diga el convenio y si no contempla nada,maximo hasta los 15 dias que marca el estatuto si no preavisas o los dias hasta 15 que te faltaran en el) pues te descontarian las cascaras.
Coincido contigo en la apreciacion de que este tipo de contratos son un abuso manifiesto...pero...son legales y se agarran a lo que mas les conviene.
Efectivamente se cruzan los datos,pasate por tu oficina del inem al dia siguiente o dos dias mas tarde de avisar a la empresa para que te den de baja (ten en cuenta que si tienes vacaciones pendientes tienen que tenerte dada de alta los dias correspondientes a las mismas ademas de pagartelas) y si no lo hicieron requierelos a que lo hagan...actua con un poco de picardia y no les cuentes que tienes mucho interes en figurar en las listas del inem y causar baja en la SS cuanto antes pues podrian demorarlo POR TOCAR LAS NARICES.
No creo que el inem tome ningun tipo de represalia contra ti por dejar el trabajo no pasandote ofertas,no solo por la mierda de empleo que tenias por lo que es obvio que cualquier persona esta en su derecho de tratar de mejorar su situacion laboral.
Quitando el tema del paro y el posible descuento de los dias no preavisados ninguna desventaja ,el trabajador es libre de trabajar donde quiera (es un derecho constitucional la libre eleccion de oficio ) y cambiar de empleo cuantas veces le convenga a su interes....estamos en un pais libre (o al menos eso nos dan a entender) y nadie puede tomar ningun tipo de represalia contra ti (salvo los temas economicos derivados de una resolucion contractual comentados-el tema del preaviso que como ves no tiene importancia ninguna dado el montante de tus percepciones economicas por el tipo de contrato de que se trata-) seria completamente ILEGAL ,por lo que toma con toda tranquilidad la decision que mas convenga a tu interes.UN SALUDO
03/01/2011 14:09
Ufff, sin pretender entrar ahora en el fondo "de los distintos asuntos que se plantean (la verdad es que no he podido leermelo a fondo pero seguro que las respuestas de Llanero son correctas), solo advertirte, Llanero (y es que repites el error) que el ET no marca de forma general 15 dias de preaviso. A estos efectos se limita a remitirse a lo que, en sui caso establezcan los convenios aplicables o costumbre.
Pero de forma general no da ninún plazo que pueda servir por defecto. Ni de 15 días ni ningún otro.
Pero, por si acaso, señala en que lugar concreto tú crées que el ET lo marca "de forma general" y lo aclaramos.

Un saludo
03/01/2011 14:44
Tienes razon Nando...el ET,no fija en el art 49 d un plazo preciso dejandolo como he dicho "a lo que señalen los convenios o la costumbre del lugar"..si el conveni no dice nada pues no tendra problema alguno flor de lis al no preavisar (de palabra,por escrito,como quiera pues no hay nada establecido).
Es la jurisprudencia quien realiza un paralelismo con los efectos del preaviso por parte del empresario acostumbrando a fijar la indemnizacion en los dias dejados de preavisar equivalentes a los que tendria que preavisar el empresario....pero si el convenio no dice nada...nadie se va a meter a pleitear para reclamar a flor de lis...x dias de preaviso (solo la resolucion judicial lo podria fijar ) siendo mayor el coste del collar que del galgo...flor de lis....si no dice nada sobre el particular ningun problema con este tema...tiene razon Nando.UN SALUDO
04/01/2011 00:05
Muchísimas gracias a los dos por responder, voy a intentar asimilar bien despacito ambas respuestas para ver si consigo enterarme de todo detalladamente.

De todas formas insisto ¿ No hay algún tipo de baja voluntaria stándar o algo así?
He intentado redactar una posible carta de renuncia pero por más que lo intento no hay manera, no sé si exponer los motivos, si dar las gracias o si suplicar que me dejen libre.

Esta mañana intenté por todos los medios hablar con el jefe, justo cuando estaba en el despacho su móvil sonaba, la gente entraba y salia, yo toda nerviosa y al final me dijo que tenía que irse que si no era una urgencia que lo perdonase pero no podía atenderme, total que no pude.

Por favor si alguien puede ponerme así por encimilla lo que tiene que tener una carta de baja voluntaria lo agradecería en el alma.
Mi compi de trabajo me dijo que estaba loca que era un error dejar un trabajo en los tiempos que corren pero claro ella está a tiempo completo y así da gusto.

Un cordial saludo.



04/01/2011 01:10
No te compliques la vida Flor de lis...lo puedes hacer verbalmente si quieres,no hay obligacion legal de hacerlo por escrito...si lo que quieres es quedar con ellos lo mejor posible por si el dia de mañana tienes oportunidad de volver en mejores condiciones laborales pues vale...un ejemplo que te podria valer es el siguiente:

Muy señores mios,por la presente pongo en su conocimiento que con fecha tantos de tantos dejare de prestar mis servicios laborales en la empresa que ustedes dirigen debido a recientes responsabilidades familiares que me hacen imposible continuar con tal prestacion laboral.
La diriges al departamento de RRHH de la empresa,al gerente,al dueño o a la persona responsable que tu conozcas.Cuando te pregunten que que es lo que paso...te inventas que tu madre,tu padre ,tu hermana o cualquier familiar directo ha tenido un accidente y que tienes que cuidarle pues esta impedido y no teneis a nadie mas que pueda hacerse cargo...pones carita de pena ...si eres buena actric...pues sueltas una lagrimita y asunto solucionado,tan amigos.UN SALUDO
05/01/2011 08:28
Por Dios, llanero solitario, con lo poco que me gusta mentir tengo que inventarme todo esto? ...me parece un horror tener que matar o enfemar a un familiar para dejar un puesto de trabajo, siempre he sido muy sincera y he ido con la verdad por delante pero está comprobado que en temas laborales la mentira y los fraudes son los que triunfan.
A ver si hoy tengo más suerte y puedo hablar con el jefe, si hoy mismo me puede dar de baja, mañana es festivo por Reyes y el viernes, asi que con suerte el lunes ya aparezco como desempleada.

05/01/2011 08:48
De todas formas ayer me enteré que la empresa y en particular mi feje no se ha comportado nada bien conmigo.

Fuí a preguntar al INEM si me quedaba paro , si lo había generado y allí pude enterarme de lo siguiente, que para el paro te cogen todo lo que tengas cotizado en los últimos 6 años o desde la última vez que pidieras paro. Con lo trabajado de antes y lo de ahora sí que podría llegar al paro,( eso si no dejaba el trabajo) además en caso de no tener cotizado entre 6 y 12 meses podría pedir una ayuda perooooooooo

es de vital importancia que en el certificado de empresa de este último trabajo figure que he estado trabajando 5 días o los que sean , o de lunes a viernes...porque así me cuentan TODOS los días. Es decir que me saldrian más dias cotizados.

Pues bien, mi contrato es al 25% de la jornada laboral, se me dijo en principio que tendria que ir dos horas todos los dias pero luego visto que el sueldo era prácticamente mínimo e irrisorio y tenía que desplazarme, me llamó el jefe para proponerme que en pro de mi beneficio y bienestar solamente tendría que asistir un sólo día a la semana, los lunes de 8 a 3.

Ahora resulta que además de estar bien jodida por el tema del 25% que aparezco activa en todos los procesos pese a tener la mejora de empleo, (nunca me llaman para ningún proceso de selección por estar trabajando ya que demandan desempleados)...

y resulta que tampoco he cotizado ni tengo derecho a nada puesto que solo me cuentan los lunes, así llevo casi un año, primero con un contrato de 6 meses y luego con este otro contrato prórroga de otros 6 meses que me finaliza dentro de 15 días, a fin de mes ,y quiero dejar a toda costa antes que finalice para poder aparecer como desempleada y salir en los nuevos sondeos que está realizando el Inem.

Maldita crisis, quién me mandaría firmar esta birria de contrato al 25%.



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¿ Se puede dejar un contrato sin preaviso a 15 días de finalizarlo?

10 Comentarios
 
¿ se puede dejar un contrato sin preaviso a 15 días de finalizarlo?
02/01/2011 23:40
Hola a tod@s, tengo un contrato al 25% de jornada laboral ( una caca pero no encontré nada más así que acepté por la crisis) y finaliza este 31 de enero.
Pese a tener la mejora de empleo nunca salgo en procesos de selección de ofertas por aparecer en activo.

Me he enterado que a mediados de mes una gran multinacional hará sondeos a desempleados para posible oferta a tiempo completo que me interesa. A principios de febrero toda la plantilla ha de estar contratada.( No sé si saldré pero tengo muchas posibilidades)

Mis dudas son:
1. ¿ Se puede dejar un trabajo de la noche a la mañana sin preavisar? ¿ Qué repercusiones tendría ?

2. ¿ Existe algún formulario tipo stándar o carta de baja voluntaria ya estipulada que pueda presentar? No sé como se hace esto ¿ Voy a la empresa, a la seguridad social, al Inem ?... ¿ Si lo dices solamente hablado valdría o estás obligada a firmar algo?

Muchas gracias y feliz año.


03/01/2011 00:22
Flor de lis...majo/a has metido otro hilo en el de otro consultante y asi lo unico que hacemos es liarnos todos con las respuestas y las preguntas de unos y otros.Dices que nadie te hace caso...ten en cuenta las fechas...estamos tooooss o borrachos o de vacaciones...que esperabas.
Si puedes dejar el trabajo sin preavisar,pero la empresa (a las malas ) puede descontarte de tu liquidacion los dias no preavisados en funcion de lo que marque tu convenio (miratelo a ver que dice sobre el particular,hay convenios como el de construccion de Valladolid en que solo se le podrian descontar al trabajador-es facultativo y no obligatorio-la mitad de los dias no preavisados),si no dice nada tu convenio se podrian agarrar a los 15 que como norma general se establecen en el ET.
Puedes comunicarles tu DIMISION por escrito o de palabra,no te preocupes por la seguridad social que ya te daran ellos de "baja voluntaria"...te daran despues el correspondiente finiquito a firmar con las cantidades adeudadas,fijate bien en las cantidades pues puede que les entre la tentacion(aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid ) de descontarte mas de lo debido o no pagarte todo lo que deben.UN SALUDO
03/01/2011 00:30
Muchas gracias Llanero solitario, menos mal que pasabas por esta inmensa llanura jajaja, perdón por escribir lo mismo pero estoy realmente nerviosa con este tema de la baja voluntaria, jamás he dejado nigún trabajo y no te creas que es plato de buen gusto en los tiempos que corren, más sin tener nada bien asegurado antes.

De todas formas he leído por ahí que si el contrato es inferior a un año, no estás obligada a preavisar. Yo tengo la prórroga de los seis meses para finalizar el año de contrato.

Algo que llama mi atención:
¿ Con un contrato al 25% también tengo derecho a finiquito?

¿ En caso de no preavisar con un 25% tambíen me toca pagarle a la empresa? pero si no gano ni para pipas.

Deberían de multar de la empresa por permitir contratos de esta índole como el mio. Y eso que es la Administracción quién me contrata.

Un saludo



03/01/2011 00:49
Ahhhhhhh y se me olvidaba si no es mucho abusar, sé que estamos en unas fechas muy malas, vacaciones, fiestas, borracheras pero estoy realmente apurada en este asunto y toda precaución es poca por eso si no es molestia quería preguntar también:

a) ¿Al causar baja voluntaria tengo que comunicarlo al Servicio Público de Empleo o es la empresa quién lo hace?... Necesito aparecer como desempleada lo antes posible,¿ esto tardaría mucho?...tengo entendido que la seguridad social y el inem se cruzan los datos o algo así.

b) Me quedo sin paro, eso ya lo sé aunque con el 25% de la jornada creo que no tendría derecho a generarlo, el INEM dice que son 4 meses por año trabajado a tiempo completo luego no me corresponde absolutamente nada, sin embargo necesito saber
si ¿ tambien me penaliza el Servicio Público de Empleo dejándome sin salir en ofertas de aquello que he rechazado? ... Me explico, por ejemplo, si estoy de camarera y dejo el trabajo,
¿ ya no me llamarían de más puestos de camarera por haber dejado el contrato que tenía en esa ocupación, o esto no es así?...

c) Dejar un trabajo, ¿ entonces qué repercusiones tiene resumidamente? Porque la única desventaja que le veo es lo del paro, por lo demás tendría problemas de otra índole?

A toda aquella alma caritativa que me conteste mil gracias de todo corazón.

03/01/2011 13:40
.Sobre el preaviso en contratos inferiores al año,he visto que ya Nando te contesto en el otro hilo para comentarte que malinterpretaste sus palabras...como el te dice y anteriormente yo,es necesario preavisar o estar a las consecuencias.
Tenes derecho a finiquito con cualquier tipo de contrato (otra cosa es que cobres mas o menos en funcion de tu sueldo,de si te prorratean las vacaciones o no,de la fecha en que se este-no es lo mismo un finiquito con veinte o treinta dias de vacaciones pendientes y 5 meses de extra que uno con 4 dias del mes de Enero obviamente-).
.-En caso de no preavisar con un 25% ...mirate tu convenio,hay que estar a lo que en el diga y como con un 25% no ganas ni para pipas pues en caso de poderte descontar los dias no preavisados (conforme a lo que diga el convenio y si no contempla nada,maximo hasta los 15 dias que marca el estatuto si no preavisas o los dias hasta 15 que te faltaran en el) pues te descontarian las cascaras.
Coincido contigo en la apreciacion de que este tipo de contratos son un abuso manifiesto...pero...son legales y se agarran a lo que mas les conviene.
Efectivamente se cruzan los datos,pasate por tu oficina del inem al dia siguiente o dos dias mas tarde de avisar a la empresa para que te den de baja (ten en cuenta que si tienes vacaciones pendientes tienen que tenerte dada de alta los dias correspondientes a las mismas ademas de pagartelas) y si no lo hicieron requierelos a que lo hagan...actua con un poco de picardia y no les cuentes que tienes mucho interes en figurar en las listas del inem y causar baja en la SS cuanto antes pues podrian demorarlo POR TOCAR LAS NARICES.
No creo que el inem tome ningun tipo de represalia contra ti por dejar el trabajo no pasandote ofertas,no solo por la mierda de empleo que tenias por lo que es obvio que cualquier persona esta en su derecho de tratar de mejorar su situacion laboral.
Quitando el tema del paro y el posible descuento de los dias no preavisados ninguna desventaja ,el trabajador es libre de trabajar donde quiera (es un derecho constitucional la libre eleccion de oficio ) y cambiar de empleo cuantas veces le convenga a su interes....estamos en un pais libre (o al menos eso nos dan a entender) y nadie puede tomar ningun tipo de represalia contra ti (salvo los temas economicos derivados de una resolucion contractual comentados-el tema del preaviso que como ves no tiene importancia ninguna dado el montante de tus percepciones economicas por el tipo de contrato de que se trata-) seria completamente ILEGAL ,por lo que toma con toda tranquilidad la decision que mas convenga a tu interes.UN SALUDO
03/01/2011 14:09
Ufff, sin pretender entrar ahora en el fondo "de los distintos asuntos que se plantean (la verdad es que no he podido leermelo a fondo pero seguro que las respuestas de Llanero son correctas), solo advertirte, Llanero (y es que repites el error) que el ET no marca de forma general 15 dias de preaviso. A estos efectos se limita a remitirse a lo que, en sui caso establezcan los convenios aplicables o costumbre.
Pero de forma general no da ninún plazo que pueda servir por defecto. Ni de 15 días ni ningún otro.
Pero, por si acaso, señala en que lugar concreto tú crées que el ET lo marca "de forma general" y lo aclaramos.

Un saludo
03/01/2011 14:44
Tienes razon Nando...el ET,no fija en el art 49 d un plazo preciso dejandolo como he dicho "a lo que señalen los convenios o la costumbre del lugar"..si el conveni no dice nada pues no tendra problema alguno flor de lis al no preavisar (de palabra,por escrito,como quiera pues no hay nada establecido).
Es la jurisprudencia quien realiza un paralelismo con los efectos del preaviso por parte del empresario acostumbrando a fijar la indemnizacion en los dias dejados de preavisar equivalentes a los que tendria que preavisar el empresario....pero si el convenio no dice nada...nadie se va a meter a pleitear para reclamar a flor de lis...x dias de preaviso (solo la resolucion judicial lo podria fijar ) siendo mayor el coste del collar que del galgo...flor de lis....si no dice nada sobre el particular ningun problema con este tema...tiene razon Nando.UN SALUDO
04/01/2011 00:05
Muchísimas gracias a los dos por responder, voy a intentar asimilar bien despacito ambas respuestas para ver si consigo enterarme de todo detalladamente.

De todas formas insisto ¿ No hay algún tipo de baja voluntaria stándar o algo así?
He intentado redactar una posible carta de renuncia pero por más que lo intento no hay manera, no sé si exponer los motivos, si dar las gracias o si suplicar que me dejen libre.

Esta mañana intenté por todos los medios hablar con el jefe, justo cuando estaba en el despacho su móvil sonaba, la gente entraba y salia, yo toda nerviosa y al final me dijo que tenía que irse que si no era una urgencia que lo perdonase pero no podía atenderme, total que no pude.

Por favor si alguien puede ponerme así por encimilla lo que tiene que tener una carta de baja voluntaria lo agradecería en el alma.
Mi compi de trabajo me dijo que estaba loca que era un error dejar un trabajo en los tiempos que corren pero claro ella está a tiempo completo y así da gusto.

Un cordial saludo.



04/01/2011 01:10
No te compliques la vida Flor de lis...lo puedes hacer verbalmente si quieres,no hay obligacion legal de hacerlo por escrito...si lo que quieres es quedar con ellos lo mejor posible por si el dia de mañana tienes oportunidad de volver en mejores condiciones laborales pues vale...un ejemplo que te podria valer es el siguiente:

Muy señores mios,por la presente pongo en su conocimiento que con fecha tantos de tantos dejare de prestar mis servicios laborales en la empresa que ustedes dirigen debido a recientes responsabilidades familiares que me hacen imposible continuar con tal prestacion laboral.
La diriges al departamento de RRHH de la empresa,al gerente,al dueño o a la persona responsable que tu conozcas.Cuando te pregunten que que es lo que paso...te inventas que tu madre,tu padre ,tu hermana o cualquier familiar directo ha tenido un accidente y que tienes que cuidarle pues esta impedido y no teneis a nadie mas que pueda hacerse cargo...pones carita de pena ...si eres buena actric...pues sueltas una lagrimita y asunto solucionado,tan amigos.UN SALUDO
05/01/2011 08:28
Por Dios, llanero solitario, con lo poco que me gusta mentir tengo que inventarme todo esto? ...me parece un horror tener que matar o enfemar a un familiar para dejar un puesto de trabajo, siempre he sido muy sincera y he ido con la verdad por delante pero está comprobado que en temas laborales la mentira y los fraudes son los que triunfan.
A ver si hoy tengo más suerte y puedo hablar con el jefe, si hoy mismo me puede dar de baja, mañana es festivo por Reyes y el viernes, asi que con suerte el lunes ya aparezco como desempleada.

05/01/2011 08:48
De todas formas ayer me enteré que la empresa y en particular mi feje no se ha comportado nada bien conmigo.

Fuí a preguntar al INEM si me quedaba paro , si lo había generado y allí pude enterarme de lo siguiente, que para el paro te cogen todo lo que tengas cotizado en los últimos 6 años o desde la última vez que pidieras paro. Con lo trabajado de antes y lo de ahora sí que podría llegar al paro,( eso si no dejaba el trabajo) además en caso de no tener cotizado entre 6 y 12 meses podría pedir una ayuda perooooooooo

es de vital importancia que en el certificado de empresa de este último trabajo figure que he estado trabajando 5 días o los que sean , o de lunes a viernes...porque así me cuentan TODOS los días. Es decir que me saldrian más dias cotizados.

Pues bien, mi contrato es al 25% de la jornada laboral, se me dijo en principio que tendria que ir dos horas todos los dias pero luego visto que el sueldo era prácticamente mínimo e irrisorio y tenía que desplazarme, me llamó el jefe para proponerme que en pro de mi beneficio y bienestar solamente tendría que asistir un sólo día a la semana, los lunes de 8 a 3.

Ahora resulta que además de estar bien jodida por el tema del 25% que aparezco activa en todos los procesos pese a tener la mejora de empleo, (nunca me llaman para ningún proceso de selección por estar trabajando ya que demandan desempleados)...

y resulta que tampoco he cotizado ni tengo derecho a nada puesto que solo me cuentan los lunes, así llevo casi un año, primero con un contrato de 6 meses y luego con este otro contrato prórroga de otros 6 meses que me finaliza dentro de 15 días, a fin de mes ,y quiero dejar a toda costa antes que finalice para poder aparecer como desempleada y salir en los nuevos sondeos que está realizando el Inem.

Maldita crisis, quién me mandaría firmar esta birria de contrato al 25%.