Sí, se puede solicitar un certificado de ostentar la nacionalidad española, que se expide en el Registro Civil en un modelo establecido en un tratado internacional del que forma parte España y otros países europeos.
Con todo, dentro de España, para uso ante cualquier Administración Pública, es suficiente con el DNI en vigor.
En el ámbito del Registro Civil, en cambio, será necesaria, además, la certificación literal de nacimiento del Registro Civil español. Si es español de origen, bastará con que conste que alguno de sus progenitores es español o si nació en España de padres extranjeros, que conste al margen que fue declarado español de origen con valor de simple presunción por no tener atribuida desde el nacimiento la nacionalidad del país de ninguno de sus progenitores o si fue adoptado por persona española durante su minoría de edad, debe constar inscrito al margen tanto la adopción como la adquisición de la nacionalidad española de origen por este motivo.
Si adquirió la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia, esta circunstancia debe constar expresamente al margen del acta de nacimiento española.
La prueba plena de la nacionalidad española por excelencia es la certificación literal de nacimiento del Registro Civil español. Incluso el certificado de nacionalidad española al que se ha hecho referencia se remite a los asientos del Registro Civil español donde consta inscrito el nacimiento de la persona.
En el siguiente enlace tiene el tratado internacional sobre la expedición del certificado de nacionalidad, del que forma parte España. Ha sido celebrado en el marco de la Comisión Internacional del Estado Civil:
Muchas gracias por su respuesta. Me han concedido la nacionalidad y lo necesito para el Consulado. He enviado carta certificada al Registro Civil para solicitarlo. Se puede pedior por carta certificada o es necesario ir alli?