La Junta tambien la pueden convocar los propietarios con un 25% de votos y 25% de coeficientes, si el Presidente se niega a convocarla. Primero le dirigen escrito al Presidente, solicitando que convoque la Junta, dandole un plazo de 15 días. Deapues si el Presidente no la convoca, la pueden convocar esos propietarios confeccionando un orden del día.
Solo quiero aclararte algo para que lo tengas en cuenta cuando se celebre una Junta General, el Propietario-Promotor-Presidente, aunque tenga el 52% de las viviendas, SOLO TIENE UN VOTO con la SUMA de los coeficientes. Como en todo acuerdo, es necesario la DOBLE MAYORIA de votos y coeficientes, siempre el resto de propietarios se podrán IMPONER al sujeto en cuestión. No os dejeis avasallar ni por ÉL ni por el ADMINISTRADOR.
Tengo un piso en una pequeña urbanizacion, tiene alrededor de150 pisos y el promotor no pudo vender alrededor del 52%. es el presidente y al administrador lo eligio el. En la ultima junta 8 -12-08 pago sus cuotas justo antes de asistir a la reunion, el recibo es trimestral. hoy recibo una carta del admin. diciendo que la promotora nos pide paciencia para ponerse al corriente con las cotas, la urbanizacion esta en un stado deplorable. con defectos todavia sin reparar aunque no tiene un año. en la ultima reunion se le dio poderes al admin. para actuar contra los morosos, a fecha de hoy no hemos recibido el acta de aquella reunion. Fijan la proxima reunion para el proximo 13 de Junio. Es normal no haber recibido el acta? Se puede ser presidente acumulando tanta deuda? ademas nadie nos informa de nada, nos tenemos que enterar por algun vecino que sabe o mejor ha oido algo. Me gustaria que me dijesen que podemos hacer. saluds y gracias