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¿se puede votar una vez terminada la reunión extraordinaria ?

2 Comentarios
 
¿se puede votar una vez terminada la reunión extraordinaria ?
29/03/2020 14:41
En la reunión extraordinaria de 28 de febrero de 2020 el administrador nos informo verbalmente después de la votación que había 41 voto en favor y 19 en contra ( 14 propietarios estaban presente ) para tener el traductor jurado en la próxima Junta anual de la comunidad de los propietarios . Yo estaba presente y lo he apuntado . Hace unos dias el administrador nos ha enviado la acta - o minuta con resumen de la reunión y esta escrito que hay 43 votos en favor y 26 en contra .
1) Se puede votar una vez terminada la reunión ?
2) Como podemos controlar cuantas personas han dejado el poder ?
29/03/2020 19:17
ASCP
En una comunidad se puede hacer cualquier barbaridad, lo hemos dicho muchas veces, se puede votar en fraude de ley, el secretario puede anotar todas las incorrecciones que le apetezca, se puede solicitar la subsanación, puede no hacerle caso alguno, y Ud puede impugnar. Luego es el juez el que dejará o no validado ese acuerdo.
29/03/2020 20:53
ASCP
Con independencia de lo que diga el acta, lo cierto es que el acuerdo requiere mayoría simple para su aprobación y consecuentemente está aprobado.

Un saludo.
¿se puede votar una vez terminada la reunión extraordinaria ? | PorticoLegal
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¿se puede votar una vez terminada la reunión extraordinaria ?
29/03/2020 14:41
En la reunión extraordinaria de 28 de febrero de 2020 el administrador nos informo verbalmente después de la votación que había 41 voto en favor y 19 en contra ( 14 propietarios estaban presente ) para tener el traductor jurado en la próxima Junta anual de la comunidad de los propietarios . Yo estaba presente y lo he apuntado . Hace unos dias el administrador nos ha enviado la acta - o minuta con resumen de la reunión y esta escrito que hay 43 votos en favor y 26 en contra .
1) Se puede votar una vez terminada la reunión ?
2) Como podemos controlar cuantas personas han dejado el poder ?
29/03/2020 19:17
ASCP
En una comunidad se puede hacer cualquier barbaridad, lo hemos dicho muchas veces, se puede votar en fraude de ley, el secretario puede anotar todas las incorrecciones que le apetezca, se puede solicitar la subsanación, puede no hacerle caso alguno, y Ud puede impugnar. Luego es el juez el que dejará o no validado ese acuerdo.
29/03/2020 20:53
ASCP
Con independencia de lo que diga el acta, lo cierto es que el acuerdo requiere mayoría simple para su aprobación y consecuentemente está aprobado.

Un saludo.