Estando parado con las luces de emergencia en la salida de autovia, recibi un impacto trasero brutal, que nos ha causado a mi señora y a mi una serie de lesiones importantes. En mi caso cervicalgia y rotura de menisco interno.
En el caso de mi señora, cuatro protusiones en las vertebras cervicales C2-C3,C3-C4,C4-C5 y C5-C6,asi como en las lumbares L2-L3,L3-L4,L4-L5 y L5-L6, tambien la zona del Sacro y Coxis.(10 protusiones). Segun el cambio de ley a partir del 2016, ¿estas lesiones es verdad que no se indemnizan las secuelas? Comentar que, evidentemente, la parte contraria ha aceptado su culpa.
Alguien puede confirmar si este tipo de lesiones (protusiones) se indemnizan como secuelas? Me consta que hace años sí, donde podemos leer información al respecto?
Si el accidente lo ha sido por imprudencia muy grave, sí tiene abierta la vía penal. De lo contrario habrá que reclamar la indemnización en un procedimiento civil, baremando las lesiones. Lo mejor es poner toda la documentación en manos de una abogado para que le calcule la indemnización y el procedimiento a seguir.