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Seguridad Laboral

1 Comentarios
 
Seguridad laboral
11/12/2003 22:08
¿esta obligada la empresa ,cada vez que haya un accidente, a elaborar el parte de investigacion de accidentes?¿debe consignar en este parte solo la descripcion del accidente o tambien las causas y posibles soluciones para que no se vuelva a repetir?¿quién tiene que firmarlo?¿es obligado entregar una copia al comite de empresa?¿y si lo que pone en el parte no se ajusta a la realidad?
Ya se que son muchas preguntas pero es que estoy bastante "pegado" en este tema y me gustaria aprender un poco.
Por otro lado, ¿es obligatorio tambien elaborar un parte de incidencias cada vez que hay un accidente sin daños personales, pero que hubiera podido tenerlos?
15/12/2003 20:37
La empresa a la que pertenece el trabajador accidentado, al tener conocimiento del accidente, debe realizar un proceso de notificaciones y comunicaciones diversas, según loss resultados de aquel, cumplimentando lo s siguientes modelos oficiales: parte de accidente de trabajo; relación de accidentes ocurridos sin baja médica; relación de altas y relación de fallecimientos de accidentados.

Los accidentes ocurridos en el centro de trabajo o por desplazamientos en jornada de trabajo que provoquen la muerte del acidentado o que sean calificados como graves o muy graves, así como los que afecten simultáneamente a más de cuatro trabajadores pertenenezcan o no a la plantilla de la empresa, se tiene la obligacion por parte de la empresa de comunicar a la autoridad laboral de la provincia en el plazo de 24 horas y ésta lo comunicará a la Inspección de Trabajo.

El Comité de Empresa, según el art. 64 del Estatuto de los Trabajadores tiene competencia para conocer trimestralmente, al menos, las estadisticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios períodicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilicen. Ya ves que es amplio el tema.

Por lo demás se puede dirigir escrito del Comité de Empresa a la inspección sobre cualquier accidente de trabajo.

Saludos.
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11/12/2003 22:08
¿esta obligada la empresa ,cada vez que haya un accidente, a elaborar el parte de investigacion de accidentes?¿debe consignar en este parte solo la descripcion del accidente o tambien las causas y posibles soluciones para que no se vuelva a repetir?¿quién tiene que firmarlo?¿es obligado entregar una copia al comite de empresa?¿y si lo que pone en el parte no se ajusta a la realidad?
Ya se que son muchas preguntas pero es que estoy bastante "pegado" en este tema y me gustaria aprender un poco.
Por otro lado, ¿es obligatorio tambien elaborar un parte de incidencias cada vez que hay un accidente sin daños personales, pero que hubiera podido tenerlos?
15/12/2003 20:37
La empresa a la que pertenece el trabajador accidentado, al tener conocimiento del accidente, debe realizar un proceso de notificaciones y comunicaciones diversas, según loss resultados de aquel, cumplimentando lo s siguientes modelos oficiales: parte de accidente de trabajo; relación de accidentes ocurridos sin baja médica; relación de altas y relación de fallecimientos de accidentados.

Los accidentes ocurridos en el centro de trabajo o por desplazamientos en jornada de trabajo que provoquen la muerte del acidentado o que sean calificados como graves o muy graves, así como los que afecten simultáneamente a más de cuatro trabajadores pertenenezcan o no a la plantilla de la empresa, se tiene la obligacion por parte de la empresa de comunicar a la autoridad laboral de la provincia en el plazo de 24 horas y ésta lo comunicará a la Inspección de Trabajo.

El Comité de Empresa, según el art. 64 del Estatuto de los Trabajadores tiene competencia para conocer trimestralmente, al menos, las estadisticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios períodicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilicen. Ya ves que es amplio el tema.

Por lo demás se puede dirigir escrito del Comité de Empresa a la inspección sobre cualquier accidente de trabajo.

Saludos.