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Seguridad y salud en el trabajo, empresa usuaria

7 Comentarios
 
Seguridad y salud en el trabajo, empresa usuaria
29/10/2010 15:56
Hola buenas tardes, mi pregunta es la siguiente:

¿Qué sucede si se cubre un puesto de trabajo en una empresa usuaria que previamente no ha sido evaluada?

Me podríais fundamentar la respuesta con artículos?
Muchas Gracias
29/10/2010 15:58
¿A que te refieres con "empresa usuaria?
29/10/2010 16:09
Pues cuando por ejemplo, se celebra un contrato de puesta a disposición entre la empresa x y una ETT, un trabajador lo ceden a la empresa usuaria para que trabaje con ella en la categoria profesional de mozo de carga en el centro de trabajo de la usuaria.
Y mi pregunta es la siguiente: que sucede si juan cubre el lugar de trabajo en la empresa usuaria sin que previamente se haya evaluado? es decir que sancion puede haver por la empresa?
29/10/2010 16:14
También quiero añadir que el puesto de trabajo dónde realizaba sus funciones Juan, no fue previamente evaluado, en cuanto a los riesgos laborales existentes, el documento que jaun firmó contenia unas breves explicaciones generales sobre los riesgos laborales.
29/10/2010 16:17
Desconozco cual puede ser la sanción administrativa, pero lo que si es una evidencia, es el incumplimiento de la LPRL. y por lo tanto, algo denunciable ante la inspeción de trabajo.
29/10/2010 16:36
Mirate el
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal.


29/10/2010 16:45
Muchas gracias, pero no encuentro el artículo exacto dónde pone que es una sanción.
me he mirado LPRL(ley 31/1995) ley de empresas de trabajo temporal y el RD 216/1995 DE 5 DE FEBRERO, pero no consigo encontrar el artículo exacto.

Gracias
29/10/2010 18:25
Mirate el art 19.2.d de la LISOS RD 5/2000
"Artículo 19. Infracciones de las empresas usuarias.
2. Son infracciones graves: La falta de información al trabajador temporal en los términos previstos en el artículo 16.1 de la Ley por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, y en la normativa de prevención de riesgos laborales"


Que hace mencion al art 16.1 de la Ley ETT:
"Artículo 16. Obligaciones de la empresa usuaria.
1. Con carácter previo al inicio de la prestación de servicios, la empresa usuaria deberá informar al trabajador sobre los riesgos derivados de su puesto de trabajo así como las medidas de protección y prevención contra los mismos"

Pero además supongo que la empresa usuaria comete mas infracciones, mireselo con calma la LISO

Espero que lo vea un poco mas claro
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Seguridad y salud en el trabajo, empresa usuaria
29/10/2010 15:56
Hola buenas tardes, mi pregunta es la siguiente:

¿Qué sucede si se cubre un puesto de trabajo en una empresa usuaria que previamente no ha sido evaluada?

Me podríais fundamentar la respuesta con artículos?
Muchas Gracias
29/10/2010 15:58
¿A que te refieres con "empresa usuaria?
29/10/2010 16:09
Pues cuando por ejemplo, se celebra un contrato de puesta a disposición entre la empresa x y una ETT, un trabajador lo ceden a la empresa usuaria para que trabaje con ella en la categoria profesional de mozo de carga en el centro de trabajo de la usuaria.
Y mi pregunta es la siguiente: que sucede si juan cubre el lugar de trabajo en la empresa usuaria sin que previamente se haya evaluado? es decir que sancion puede haver por la empresa?
29/10/2010 16:14
También quiero añadir que el puesto de trabajo dónde realizaba sus funciones Juan, no fue previamente evaluado, en cuanto a los riesgos laborales existentes, el documento que jaun firmó contenia unas breves explicaciones generales sobre los riesgos laborales.
29/10/2010 16:17
Desconozco cual puede ser la sanción administrativa, pero lo que si es una evidencia, es el incumplimiento de la LPRL. y por lo tanto, algo denunciable ante la inspeción de trabajo.
29/10/2010 16:36
Mirate el
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal.


29/10/2010 16:45
Muchas gracias, pero no encuentro el artículo exacto dónde pone que es una sanción.
me he mirado LPRL(ley 31/1995) ley de empresas de trabajo temporal y el RD 216/1995 DE 5 DE FEBRERO, pero no consigo encontrar el artículo exacto.

Gracias
29/10/2010 18:25
Mirate el art 19.2.d de la LISOS RD 5/2000
"Artículo 19. Infracciones de las empresas usuarias.
2. Son infracciones graves: La falta de información al trabajador temporal en los términos previstos en el artículo 16.1 de la Ley por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, y en la normativa de prevención de riesgos laborales"


Que hace mencion al art 16.1 de la Ley ETT:
"Artículo 16. Obligaciones de la empresa usuaria.
1. Con carácter previo al inicio de la prestación de servicios, la empresa usuaria deberá informar al trabajador sobre los riesgos derivados de su puesto de trabajo así como las medidas de protección y prevención contra los mismos"

Pero además supongo que la empresa usuaria comete mas infracciones, mireselo con calma la LISO

Espero que lo vea un poco mas claro