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Seguro de vida en el impuesto de sucesiones

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Seguro de vida en el impuesto de sucesiones
09/11/2018 12:14
Buenos días.
Mi hermana, viuda y sin hijos, falleció en enero de este año 2018, sin dejar herederos. Yo era beneficiario de un seguro de vida de 60.000 euros, que dejó a mi nombre. Para percibirlos, pagué 8.200 euros y después percibí los 60.000 euros. Durante ese tiempo, mis padres instaron acta de declaración de herederos. En julio fueron designados herederos. Posteriormente, a la vista de que hay varias deudas fuertes, decidieron rechazar la herencia. Ante esa decisión de mis padres, en octubre yo insté acta de declaración de herederos a mi favor. Dentro de poco seré declarado heredero. Ahora tengo que pagar el impuesto de sucesiones. En la Dirección General de Tributos me dicen que cuando declare en el modelo 650 de sucesiones, tengo que volver a pagar el seguro que ya he pagado, añadiendo en el citado modelo los 60.000 euros al valor del piso y del importe de una cuenta corriente. ¿Esto es así? Si ya he pagado 8.200 euros por haber recibido los 60.000 euros, ¿tengo que pagar una segunda vez por los mismos 60.000 euros? No son 60.000 euros nuevos, sino los 60.000 por los que ya he tributado. Me parece inconcebible volver a pagar otros 8.200 euros este motivo. Me comentan que tengo que añadir los 60.000 euros, pero que puedo desgravar los 8.200 euros pagados. Lo que no parecen entender es que ya he pagado un tributo por los 60.000 euros (por todos los euros que están contenidos en esa cantidad). Si ahora hago el descuento de 8.200 euros, tengo que pagar los 51.800 euros restantes (por los que ya he pagado la primera vez).
Lo normal sería aportar la documentación acreditativa de que he pagado, no tener que volver a pagar.
Bastante voy a tener que tributar, con una deuda conocida de más de 37.000 euros, más muchos miles de euros que ya pagaron mis padres, más un impuesto de sucesiones que, como tenga que meter esta cantidad ya tributada, va a salir por más de 30.00 euros, más la plusvalía, más Hacienda (deuda superior a 6.200 euros), como para tener que pagar dos veces por el mismo tributo.
La pregunta sería si debo volver a pagar otra vez el impuesto que ya he pagado, como afirman en la Dirección General de Tributos.
Agradezco de antemano su respuesta.
Muchas gracias.
Un cordial saludo.
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Seguro de vida en el impuesto de sucesiones
09/11/2018 12:14
Buenos días.
Mi hermana, viuda y sin hijos, falleció en enero de este año 2018, sin dejar herederos. Yo era beneficiario de un seguro de vida de 60.000 euros, que dejó a mi nombre. Para percibirlos, pagué 8.200 euros y después percibí los 60.000 euros. Durante ese tiempo, mis padres instaron acta de declaración de herederos. En julio fueron designados herederos. Posteriormente, a la vista de que hay varias deudas fuertes, decidieron rechazar la herencia. Ante esa decisión de mis padres, en octubre yo insté acta de declaración de herederos a mi favor. Dentro de poco seré declarado heredero. Ahora tengo que pagar el impuesto de sucesiones. En la Dirección General de Tributos me dicen que cuando declare en el modelo 650 de sucesiones, tengo que volver a pagar el seguro que ya he pagado, añadiendo en el citado modelo los 60.000 euros al valor del piso y del importe de una cuenta corriente. ¿Esto es así? Si ya he pagado 8.200 euros por haber recibido los 60.000 euros, ¿tengo que pagar una segunda vez por los mismos 60.000 euros? No son 60.000 euros nuevos, sino los 60.000 por los que ya he tributado. Me parece inconcebible volver a pagar otros 8.200 euros este motivo. Me comentan que tengo que añadir los 60.000 euros, pero que puedo desgravar los 8.200 euros pagados. Lo que no parecen entender es que ya he pagado un tributo por los 60.000 euros (por todos los euros que están contenidos en esa cantidad). Si ahora hago el descuento de 8.200 euros, tengo que pagar los 51.800 euros restantes (por los que ya he pagado la primera vez).
Lo normal sería aportar la documentación acreditativa de que he pagado, no tener que volver a pagar.
Bastante voy a tener que tributar, con una deuda conocida de más de 37.000 euros, más muchos miles de euros que ya pagaron mis padres, más un impuesto de sucesiones que, como tenga que meter esta cantidad ya tributada, va a salir por más de 30.00 euros, más la plusvalía, más Hacienda (deuda superior a 6.200 euros), como para tener que pagar dos veces por el mismo tributo.
La pregunta sería si debo volver a pagar otra vez el impuesto que ya he pagado, como afirman en la Dirección General de Tributos.
Agradezco de antemano su respuesta.
Muchas gracias.
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