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Seguro médico privado para solicitar Tarjeta Residencia

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
12/06/2014 20:10
Hola.he ido a la SS hoy,y me han confirmado lo que tu has dicho al principio,asi que hay qje contratar un seguro de salud privado y ha esta no queda otra,y el tipo de seguro es el que te indican en la oficina de extranjería qud les pertenece,porque cada una hace lo qud le da la gana.
11/06/2014 20:33
Hola,si la verdad que el mundo de la extranjería es un mundo oscuro en donde no hay derechos asegurados al tratarse de inmigrantes sin voz ni voto.
pues mañana tenemos cita en la S.S y haber que nos dicen,porque segun la constitucion española,el conyuge de un español se le da el derecho de residir automaticamente al registrar el matrimonio en registro civil central,y la prueba de ello esque si el expediente cuando resulta que es desfavorable ,al interesdo no se le pide abandonar el territorio nacional,y es una violacion de los derechos del ciudadano español al privale de un derecho fundamental que es el residir en su territorio nacional con su pareja,y no se le debe aplicar el regimen comunitario al no ejercer ese ultimo por no traspasar las fronteras nacionales.
te deseo mucha suerte,un abrazo
11/06/2014 15:10
Estaré pendiente de tu respuesta. No tenía ni idea... pero tu información me es de mucha utilidad ya que me quiero especializar en Extranjería. Estas personas son familiares a los que estoy asesorando.

Saludos.
10/06/2014 17:51
Hola.yo estoy en la misma situacion de la persona que representas,tengo cita el jueves para incluirme en la tarjeta sanitaria de mi esposa que es de nacionalidad española,a ver que me dicen,te contesto porque llevo mucho tiempo invistigando este tema,ademas esta instruccion esta recurrida en el tribunal constitucional,al tratarse de una violacion de la constitucion española,al tratarse de ejercer un derecho nacional no comunitario por no travesar la frontera nacional española,asi que os deseo mucha suerte
09/06/2014 16:15
Gracias leo85 por la respuesta.

Hoy he realizado varias llamadas y lo cierto es que sigo sin aclararme del todo, pero como bien comentas, cada oficina valora de forma independiente.

Según el 1192/2012, para ostentar la condición de beneficiario es necesario tener residencia autorizada y efectiva en España. Por tanto el tema del seguro médico privado es algo temporal.

En cuanto a la cobertura, creo que la completa es la adecuada para el caso ya que cubre hospitalizaciones. He llamado a dos oficinas de extranjeros de distintas localidades, y las respuestas han sido distintas...

Lo que me queda ahora por saber es lo del 31 de diciembre. Si la renovación se puede hacer el primer día de cada año natural supondría un ahorro del 50%.

De nuevo, gracias.
09/06/2014 15:13
hola,habies preguntado en la seguridad social y no le querian incluir en la tarjeta sanitaria del conyuge?
por lo que tengo entendido que el seguro medico tiene que ser de un año,o hasta el 31 de deciembre 2014,cada oficina de extranjeria hace lo que le da la gana en este tema,porque la instruccion de 2012 no incluye cuantias exactas de medios de vida ni del seguro medico.
saludos y suerte
07/06/2014 18:47
Me gustaría añadir otra cuestión.

Estoy observando que los Seguros Privados difieren en función de la cobertura. Supongo que en el caso al que hago referencia, se requiere de una cobertura integral que incluya hospitalización y urgencias... ¿o bastaría con una cobertura básica?

En fin, agradecería que me contestaran a ambas cuestiones.

Nuevamente gracias.
Seguro médico privado para solicitar tarjeta residencia
07/06/2014 18:00
Hola, cuando piden Seguro Médico con el fin de obtener Tarjeta de Residencia (extranjero no comunitario casado con española) ¿basta con contratar un seguro médico por 1 mes, o es necesario que sea para un período superior?

Al tratarse de cónyuge de española, éste podría ser beneficiario de la Seguridad Social una vez que obtenga la residencia efectiva, por tanto me gustaría saber bastaría con contratar un seguro privado de 60 euros (sanitas/asdeslas) para 1 o 3 meses y luego tramitar el seguro público cuando cuente con el permiso de residencia...

No sé si me explico... no tengo claro si se exige que sea mensual, trimestral, semestral o anual.

Gracias de antemano.