Buenos Días: En mi primer caso terminado de social, la sentencia, de ayer, en su fallo pone que "condeno a la empresa a abonar al trabajador la suma de ---------- €, que devengará el 10% de interés por mora". Pregunto, el 10% de interés se calcula desde la fecha de interposición ante el SMAC o desde la fecha de la demanda o desde la fecha de la sentencia? Y¿ hasta cuando? ¿Quién hace los cálculos pertinentes? ¿Debo presentar escrito solicitando el pago o eso ya es de oficio? En resumen ¿qué pasa a partir de esta sentencia en esos términos? ¿Qué más debe hacer el letrado de oficio? Saludo