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sentencia divorcio ejecutoriada, es necesario exequatur?

3 Comentarios
 
02/12/2010 20:40
Hola Condedecartagena, quería comentarle una situación semejante a la que usted ha expuesto, siendo que es una pareja de colombianos casados en Colombia y separados aquí en España, ellos tienen ya la sentencia, actualmente la esposa vive en Canarias con otra relación y el esposo esta en Madrid, y le han dicho que la Corte Suprema de Justicia de Colombia casi no presta atención a los exequaturs por divorcios de colombianos en España, debido los jueces españoles aplican leyes que no tienen nada que ver con la legislación colombiana. Por otra parte, un familiar de él, viaja a Colombia, y quiere saber si puede como ocurre en el Ecuador, inscribir el exequatur allí en el Registro, a ver que pasa. Igual teniendo la sentencia española, y tratando de inscribirla en el registro civil colombiano de la forma como le he explicado, hay que de todas formas que hacer el exequatur? en caso afirmativo puede tramitarlo el mismo o requiere de abogado. Quedo muy agradecido y le felicito por la invaluable asesoría que viene usted prestando por este medio.
02/12/2010 15:38
Muy claro, no me ha quedado duda alguna, reitero mis agradecimientos, saludos
02/12/2010 14:30
Hola.

La sentencia española debe tener sentada razón de su firmeza y de que se ha dictado de mutuo acuerdo o si ha habido litigio, que no se ha dictado en rebeldía de la contraparte y legalizarla con la apostilla de La Haya (competencia para colocarla la tiene la Secretaría de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma).

Por otro lado, has de otorgar un poder de procuración a favor de un abogado ecuatoriano (porque de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil de Ecuador, solo los abogados legalmente autorizados para ejercer pueden ser procuradores), con el encargo específico de obtener el exequátur de la sentencia. El poder puedes otorgarlo ante el cónsul de Ecuador o ante un notario español (pero, en este caso, deberá ser legalizado con la Apostilla de La Haya).

EN ECUADOR:

1.- El abogado ha de presentar el poder y la sentencia ejecutoriada y legalizada en la oficina de sorteos de la Corte Provincial de Justicia que les corresponda, según el último domicilio que tuvieron en el Ecuador. Luego del sorteo, irá a uno de los jueces de lo civil, en el que quedará radicada la competencia.

2.- El juez ecuatoriano ha de calificar la legalidad de la sentencia y que no vulnere el ordenamiento jurídico de Ecuador. Teóricamente, siempre lo he sostenido, sería necesario hacer prueba de derecho extranjero (porque el juez ecuatoriano no está obligado a conocer el derecho español), pero en la práctica, muchos jueces no piden que se practique.

3.- El juez ecuatoriano dictará un auto concediendo el exequátur de la sentencia española y ordenando que sea inscrita al margen del acta de matrimonio celebrado en Ecuador.

De acuerdo a la ley de Ecuador, para que la sentencia de divorcio surta efectos, debe sentarse razón al margen del acta de matrimonio, que se conserva en el Registro Civil y solo entonces podrán contraer nuevas nupcias. Antes, la ley ecuatoriana no admitía sentencias extranjeras que disolvieran matrimonios celebrados en Ecuador o entre ecuatorianos según las leyes ecuatorianas. Pero esto actualmente ya se ha hecho posible, luego de reformas.

NOTA: la duración del procedimiento dependerá, en todo caso, de donde sea tramitado (si es en Guayaquil o Quito, pueden esperar mucho, porque los juzgados de estas ciudades siempre tienen saturación) y también de cómo y cuánto se mueva el abogado para agilizarlo, tanto en el juzgado como en el Registro Civil.

Recuerden que, si se quieren volver a casar en España, les pedirán el certificado de capacidad matrimonial expedido por el Registro Civil del país de origen, en este caso, Ecuador. Y ese certificado debe venir ya con la razón sentada de la sentencia de divorcio.

Un cordial saludo y suerte.
Sentencia divorcio ejecutoriada, es necesario exequatur?
02/12/2010 06:09
Buenos días, y gracias por la respuesta. Mi pregunta es, somos ecuatorianos casados en Ecuador, tramitamos el divorcio aqui en España, tenemos la sentencia ejecutoriada, nos dicen que necesitamos un exequatur, será necesario hacer esa demanda? tenemos familia en nuestro pais, será que si le enviamos la sentencia con una autorización, alguien allí puede registrarla? hay mucha confusión y suplicamos ayuda profesional. Gracias .
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02/12/2010 20:40
Hola Condedecartagena, quería comentarle una situación semejante a la que usted ha expuesto, siendo que es una pareja de colombianos casados en Colombia y separados aquí en España, ellos tienen ya la sentencia, actualmente la esposa vive en Canarias con otra relación y el esposo esta en Madrid, y le han dicho que la Corte Suprema de Justicia de Colombia casi no presta atención a los exequaturs por divorcios de colombianos en España, debido los jueces españoles aplican leyes que no tienen nada que ver con la legislación colombiana. Por otra parte, un familiar de él, viaja a Colombia, y quiere saber si puede como ocurre en el Ecuador, inscribir el exequatur allí en el Registro, a ver que pasa. Igual teniendo la sentencia española, y tratando de inscribirla en el registro civil colombiano de la forma como le he explicado, hay que de todas formas que hacer el exequatur? en caso afirmativo puede tramitarlo el mismo o requiere de abogado. Quedo muy agradecido y le felicito por la invaluable asesoría que viene usted prestando por este medio.
02/12/2010 15:38
Muy claro, no me ha quedado duda alguna, reitero mis agradecimientos, saludos
02/12/2010 14:30
Hola.

La sentencia española debe tener sentada razón de su firmeza y de que se ha dictado de mutuo acuerdo o si ha habido litigio, que no se ha dictado en rebeldía de la contraparte y legalizarla con la apostilla de La Haya (competencia para colocarla la tiene la Secretaría de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma).

Por otro lado, has de otorgar un poder de procuración a favor de un abogado ecuatoriano (porque de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil de Ecuador, solo los abogados legalmente autorizados para ejercer pueden ser procuradores), con el encargo específico de obtener el exequátur de la sentencia. El poder puedes otorgarlo ante el cónsul de Ecuador o ante un notario español (pero, en este caso, deberá ser legalizado con la Apostilla de La Haya).

EN ECUADOR:

1.- El abogado ha de presentar el poder y la sentencia ejecutoriada y legalizada en la oficina de sorteos de la Corte Provincial de Justicia que les corresponda, según el último domicilio que tuvieron en el Ecuador. Luego del sorteo, irá a uno de los jueces de lo civil, en el que quedará radicada la competencia.

2.- El juez ecuatoriano ha de calificar la legalidad de la sentencia y que no vulnere el ordenamiento jurídico de Ecuador. Teóricamente, siempre lo he sostenido, sería necesario hacer prueba de derecho extranjero (porque el juez ecuatoriano no está obligado a conocer el derecho español), pero en la práctica, muchos jueces no piden que se practique.

3.- El juez ecuatoriano dictará un auto concediendo el exequátur de la sentencia española y ordenando que sea inscrita al margen del acta de matrimonio celebrado en Ecuador.

De acuerdo a la ley de Ecuador, para que la sentencia de divorcio surta efectos, debe sentarse razón al margen del acta de matrimonio, que se conserva en el Registro Civil y solo entonces podrán contraer nuevas nupcias. Antes, la ley ecuatoriana no admitía sentencias extranjeras que disolvieran matrimonios celebrados en Ecuador o entre ecuatorianos según las leyes ecuatorianas. Pero esto actualmente ya se ha hecho posible, luego de reformas.

NOTA: la duración del procedimiento dependerá, en todo caso, de donde sea tramitado (si es en Guayaquil o Quito, pueden esperar mucho, porque los juzgados de estas ciudades siempre tienen saturación) y también de cómo y cuánto se mueva el abogado para agilizarlo, tanto en el juzgado como en el Registro Civil.

Recuerden que, si se quieren volver a casar en España, les pedirán el certificado de capacidad matrimonial expedido por el Registro Civil del país de origen, en este caso, Ecuador. Y ese certificado debe venir ya con la razón sentada de la sentencia de divorcio.

Un cordial saludo y suerte.
Sentencia divorcio ejecutoriada, es necesario exequatur?
02/12/2010 06:09
Buenos días, y gracias por la respuesta. Mi pregunta es, somos ecuatorianos casados en Ecuador, tramitamos el divorcio aqui en España, tenemos la sentencia ejecutoriada, nos dicen que necesitamos un exequatur, será necesario hacer esa demanda? tenemos familia en nuestro pais, será que si le enviamos la sentencia con una autorización, alguien allí puede registrarla? hay mucha confusión y suplicamos ayuda profesional. Gracias .