Lo primero, gracias por vuestras respuestas. En cuanto al anuncio del rescurso de suplicación, tengo la providencia del juzgado en la cual dice textualmente: "Transcurrido el plazo legalmente previsto sin que conste la interposición de recurso frente a la Sentencia dictada, declaro firme la misma, y acuerdo el archivo de estas actuaciones".
Es en este momento cuando yo dejo de ir a trabajar ?
Si eres el trabajador pregúntale a tu abogado que el sabrá responderte.
Si eres el abogado, deberías de saber que hay un plazo de 5 días es para anunciar el recurso de suplicación, no para formalizarlo y presentarlo.
A partir de aquí, el plazo de 5 días no comienza a partir de cuando tú recibes la sentencia, sino de cuando lo recibe la empresa.
¿La sentencia cuando será firme?
Pasados los 5 días, que en la práctica son 6, sin que la empresa haya anunciado el recurso de suplicación, ya no podrá plantearlo y en consecuencia, sino has anunciado el recurso recibirás notificación del Juzgado diciendo que la sentencia es firme.
¿que procedería hacer? ves al juzgado y mira el expediente y te enteras de como está el asunto.
Así sin mas, sin comunicarselo al "ex-jefe"? Me tendrá que dar un finiquito y la nomina hasta ese dia, no? Y si el dice que no ha recibido la providencia, me puede despedir y quedarme sin cobrar la indemnización ?
hola, tu lo has dicho, a partir de la sentencia firme ya no trabajas en esa empresa. Salvo que la misma especifique puntualmente alguna fecha, de lo contrario se considera a partir del día que te dan sentencia.
Tengo providencia del día 9/12/2010 del Juzgado de lo social donde se me comunica que la setencia es firme y que se archivan los autos. Es una demanda por incumplimiento empresarial y en la que el juez impone una indemnizacion a mi jefe, mi problema es que necesito saber desde que fecha yo puedo dejar de ir a trabajar. En la setencia se me comunica que queda extinguida la relación laboral. Ahora que es firme, cuando tengo que dejar de trabajar?