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Sentencia juicio faltas

8 Comentarios
 
Sentencia juicio faltas
02/06/2014 16:37
Buenas tardes, resulta que llevo esperando desde el 3 de diciembre la notificación de mi sentencia por juicio de faltas, hace unos meses hable con el funcionario para informarme del tiempo de tramitación y me dijo que si en 6 meses no lo recibía entonces se consideraba prescrita. Puede ser así? O no
Gracias de antemano
02/06/2014 16:59
Sí, ya le ha prescrito...., el 60 % de juicio de faltas en todo el territorio nacional prescriben y, en mi modesta opinión es una pérdida de tiempo para la judicatura, creo que tienen cosas mucho más importantes que hacer y no perder el tiempo con éstos "paripes".

Para estos casos, tendrían que ejercer funcionarios en lo social con un poco de preparación (ayuntamientos).

Saludos
02/06/2014 17:17
Gracias, imagino que hasta final de semana no lo tendré claro...esperare unos días por si se ejecuta mañana y me envían la notificación
Y si, creo k es una forma de sobrecargar la justicia
02/06/2014 23:39
Hola,
Lo primero es que pienso no se debería de responder a lo loco creando mas confusión que la existente.
El juicio se ha celebrado y por tanto no cabe prescripción alguna. La sentencia llegará, con retraso pero llegará. En teoría la sentencia debe estar redactada antes de los tres días del juicio pero en la práctica no es así, las redactan muchos meses después poniendo la fecha siguiente al dia del juicio.
Mi consejo:reclamar por escrito al juzgado y luego (si no hacen caso) presentar queja al CGPJ.
Saludos
03/06/2014 00:01
Entonces entiendo que la sentencia me llegara antes o después...eso de que si en un plazo de seis meses no la recibo no es correcto?
Más que nada por saber a que atenerme
03/06/2014 15:22
Ante estas dos respuestas que se contradicen...alguna más que me lo aclare?
Gracias
03/06/2014 16:43
Saludos .Pues yo apoyo a nube.
El plazo de prescripción se interrumpió con la imputación judicial, no obstante volvió a reanudarse el plazo cuando el procedimiento se paraliza...
El plazo de prescripción faltas como bien se ha dicho es de 6 meses.
No obstante existe otra posibilidad ( cogida por alfileres ), el juzgado dictó sentencia y lo que esta tardando es la notificación en cuyo caso entraría en juego la prescripción de las penas, que para las faltas es de un año..
Salvo mejor criterio.
03/06/2014 16:51
Escribo de nuevo para añadir que cuando el plazo se reaunuda comienza de cero, o sea, desde el inicio. Los seis meses.
Saludos
04/06/2014 18:15
Bueno Sr. Hatabo, si ud. lo dice....? y no me desdigo de los 6 meses para la prescripción, en todas sus vertientes de los "paripes" de juicios de faltas.....

Kon2webos, es real como la vida misma...

Saludos
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Sentencia juicio faltas
02/06/2014 16:37
Buenas tardes, resulta que llevo esperando desde el 3 de diciembre la notificación de mi sentencia por juicio de faltas, hace unos meses hable con el funcionario para informarme del tiempo de tramitación y me dijo que si en 6 meses no lo recibía entonces se consideraba prescrita. Puede ser así? O no
Gracias de antemano
02/06/2014 16:59
Sí, ya le ha prescrito...., el 60 % de juicio de faltas en todo el territorio nacional prescriben y, en mi modesta opinión es una pérdida de tiempo para la judicatura, creo que tienen cosas mucho más importantes que hacer y no perder el tiempo con éstos "paripes".

Para estos casos, tendrían que ejercer funcionarios en lo social con un poco de preparación (ayuntamientos).

Saludos
02/06/2014 17:17
Gracias, imagino que hasta final de semana no lo tendré claro...esperare unos días por si se ejecuta mañana y me envían la notificación
Y si, creo k es una forma de sobrecargar la justicia
02/06/2014 23:39
Hola,
Lo primero es que pienso no se debería de responder a lo loco creando mas confusión que la existente.
El juicio se ha celebrado y por tanto no cabe prescripción alguna. La sentencia llegará, con retraso pero llegará. En teoría la sentencia debe estar redactada antes de los tres días del juicio pero en la práctica no es así, las redactan muchos meses después poniendo la fecha siguiente al dia del juicio.
Mi consejo:reclamar por escrito al juzgado y luego (si no hacen caso) presentar queja al CGPJ.
Saludos
03/06/2014 00:01
Entonces entiendo que la sentencia me llegara antes o después...eso de que si en un plazo de seis meses no la recibo no es correcto?
Más que nada por saber a que atenerme
03/06/2014 15:22
Ante estas dos respuestas que se contradicen...alguna más que me lo aclare?
Gracias
03/06/2014 16:43
Saludos .Pues yo apoyo a nube.
El plazo de prescripción se interrumpió con la imputación judicial, no obstante volvió a reanudarse el plazo cuando el procedimiento se paraliza...
El plazo de prescripción faltas como bien se ha dicho es de 6 meses.
No obstante existe otra posibilidad ( cogida por alfileres ), el juzgado dictó sentencia y lo que esta tardando es la notificación en cuyo caso entraría en juego la prescripción de las penas, que para las faltas es de un año..
Salvo mejor criterio.
03/06/2014 16:51
Escribo de nuevo para añadir que cuando el plazo se reaunuda comienza de cero, o sea, desde el inicio. Los seis meses.
Saludos
04/06/2014 18:15
Bueno Sr. Hatabo, si ud. lo dice....? y no me desdigo de los 6 meses para la prescripción, en todas sus vertientes de los "paripes" de juicios de faltas.....

Kon2webos, es real como la vida misma...

Saludos