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sentencia juzgado nº4 de violencia, Madrid

2 Comentarios
 
29/04/2014 21:28
Antes de nada muchas gracias por contestarme.
La Audiencia Provincial de Madrid aún no se ha pronunciado, el recurso se interpuso el 9 de julio del 2013.
Sobre las pruebas soy consciente de que no puedo demostrarlo y no soy de las q denuncia en falso, me costó 10 años denunciar el maltrato q yo recibía y q fue demostrado y condenado por ello.
Esperare haber como llegan los niños y revisarles como usted me ha aconsejado y se lo agradezco enormemente, iré al SOJ para saber si optó a la asistencia gratuita.
29/04/2014 21:08
Supongo que no habrán ido de mutuo acuerdo, por tanto, lo que tiene establecido son unas medidas, no sé si provisionales o definitivas. Supongo que es lo segundo.
Si la sentencia se recurrió y la audiencia la confirmó, esas son las medidas que hay y tiene que cumplir.
La única solución que tiene, si los niños no están bien como dice, es probarlo pues sin prueba, lo tiene difícil para modificar el régimen de visitas y estancias. Si el padre ahora trabaja, entonces si puede modificar las medidas solicitando la imposición de una pensión para los niños. La única solución para el tema comidas, es que les meta Vd. en la mochila alguna cosa para que no pasen hambre.
Para la modificación de medidas si procediera, puede solicitar la asistencia jurídica gratuita si cree que puede cumplir los requisitos o, al menos, acudir al juzgado al SOJ (servicio de orientación jurídica, dependiente del colegio de abogados) a informarse sobre ellos.
Si al regresar a casa los pequeños ve marcas de algún tipo, que no sean las habituales de un niño de esas edades (que pueden caerse, pegarse entre ellos, etc.), llévelos a urgencias a que los examinen por si hubiera algún tipo de extralimitación (tiene que estar muy segura de ello) y en caso afirmativo, con el parte de lesiones, denuncia en el juzgado o en comisaria. Le aconsejo que no lo haga a lo loco con meras sospechas porque puede volverse contra Vd. en un juzgado de violencia y luego, si el caso es evidente, pueden no darle crédito.
Un saludo.
Sentencia juzgado nº4 de violencia, madrid
29/04/2014 19:41
Hola, haber si alguien me puede aconsejar que hacer, tengo sentencia sobre el convenio regulador de mis hijos en el juzgado nº 4 sobre la violencia de la mujer y esta sentencia me parece de los mas favorable al padre de los dos hijos que tenemos en comun, en dicha sentencia el progenitor no custodio tiene derecho a fines de semana alternos y la mitad de los periodos vacacionales, y ha no pasar manutencion por carecer de ingresos, solo pagar los gastos extraordinarios al 50%. Cuando se dicto sentencia mi ex pareja residia en casa de sus padres en otra comunidad autonoma, y en la sentencia reflejaba que eran los abuelos los encargados de alimentar a los niños cuando estubieran con el... Pues la situacion despues de un año ha variado, ahora reside en Madrid vive de ocupa en un piso y tiene ingresos demostrables si se pide una vida laboral.., mi hijo mayor dice que pasa hambre cuando esta con su padre, el pequeño aun no se expresa bien, dice que le tiene miedo y que nose atreve a pedirle para comer porque le pega o le encierra en la habitacion, que es lo que hace con el pequeño cuando da la tabarra mas de lo normal. Hoy he ido al juzgado de guardia y no me han hecho ni caso y nose que hacer, puedo negarme a entregarle a los niños o tengo que volver a demandarle cosa que no me puedo volver a permitir?? Si alguien me puede asesorar se lo agradeceria. Muchas gracias
Por cierto esta sentencia se recurrio en los plazos que marco el juez al dictar sentencia.
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sentencia juzgado nº4 de violencia, Madrid

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29/04/2014 21:28
Antes de nada muchas gracias por contestarme.
La Audiencia Provincial de Madrid aún no se ha pronunciado, el recurso se interpuso el 9 de julio del 2013.
Sobre las pruebas soy consciente de que no puedo demostrarlo y no soy de las q denuncia en falso, me costó 10 años denunciar el maltrato q yo recibía y q fue demostrado y condenado por ello.
Esperare haber como llegan los niños y revisarles como usted me ha aconsejado y se lo agradezco enormemente, iré al SOJ para saber si optó a la asistencia gratuita.
29/04/2014 21:08
Supongo que no habrán ido de mutuo acuerdo, por tanto, lo que tiene establecido son unas medidas, no sé si provisionales o definitivas. Supongo que es lo segundo.
Si la sentencia se recurrió y la audiencia la confirmó, esas son las medidas que hay y tiene que cumplir.
La única solución que tiene, si los niños no están bien como dice, es probarlo pues sin prueba, lo tiene difícil para modificar el régimen de visitas y estancias. Si el padre ahora trabaja, entonces si puede modificar las medidas solicitando la imposición de una pensión para los niños. La única solución para el tema comidas, es que les meta Vd. en la mochila alguna cosa para que no pasen hambre.
Para la modificación de medidas si procediera, puede solicitar la asistencia jurídica gratuita si cree que puede cumplir los requisitos o, al menos, acudir al juzgado al SOJ (servicio de orientación jurídica, dependiente del colegio de abogados) a informarse sobre ellos.
Si al regresar a casa los pequeños ve marcas de algún tipo, que no sean las habituales de un niño de esas edades (que pueden caerse, pegarse entre ellos, etc.), llévelos a urgencias a que los examinen por si hubiera algún tipo de extralimitación (tiene que estar muy segura de ello) y en caso afirmativo, con el parte de lesiones, denuncia en el juzgado o en comisaria. Le aconsejo que no lo haga a lo loco con meras sospechas porque puede volverse contra Vd. en un juzgado de violencia y luego, si el caso es evidente, pueden no darle crédito.
Un saludo.
Sentencia juzgado nº4 de violencia, madrid
29/04/2014 19:41
Hola, haber si alguien me puede aconsejar que hacer, tengo sentencia sobre el convenio regulador de mis hijos en el juzgado nº 4 sobre la violencia de la mujer y esta sentencia me parece de los mas favorable al padre de los dos hijos que tenemos en comun, en dicha sentencia el progenitor no custodio tiene derecho a fines de semana alternos y la mitad de los periodos vacacionales, y ha no pasar manutencion por carecer de ingresos, solo pagar los gastos extraordinarios al 50%. Cuando se dicto sentencia mi ex pareja residia en casa de sus padres en otra comunidad autonoma, y en la sentencia reflejaba que eran los abuelos los encargados de alimentar a los niños cuando estubieran con el... Pues la situacion despues de un año ha variado, ahora reside en Madrid vive de ocupa en un piso y tiene ingresos demostrables si se pide una vida laboral.., mi hijo mayor dice que pasa hambre cuando esta con su padre, el pequeño aun no se expresa bien, dice que le tiene miedo y que nose atreve a pedirle para comer porque le pega o le encierra en la habitacion, que es lo que hace con el pequeño cuando da la tabarra mas de lo normal. Hoy he ido al juzgado de guardia y no me han hecho ni caso y nose que hacer, puedo negarme a entregarle a los niños o tengo que volver a demandarle cosa que no me puedo volver a permitir?? Si alguien me puede asesorar se lo agradeceria. Muchas gracias
Por cierto esta sentencia se recurrio en los plazos que marco el juez al dictar sentencia.