Estoy intentando aclarar una duda sobre la necesidad de hacer un contrato de separación de bienes.
Soy francesa y empadronada en Cataluña desde hace 4 años. Mi futuro marido es gallego y empadronado en Cataluña desde hace 18 meses.
Nos casamos en junio de este año y no sabemos si nos vamos a quedar en Cataluña o ir a vivir en Francia.
1º - ¿Se aplica la separación de bienes aunque mi futuro marido no lleva 2 años empadronado en Cataluña?
2º - ¿Se necesita un contrato aparte para que sea válida esta separación de bienes en derecho francés? Pregunto porque en el consulado me mencionaron que tenía que añadir un contrato a mi dossier si quería que la separación de bienes esté válida también en Francia. Pero me parece redundante ¿no?