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separación de bienes

3 Comentarios
 
Separación de bienes
01/02/2004 11:09
Me gustaría saber las ventajas e inconvenientes de contraer matrimonio en régimen de separación de bienes frente a gananciales.
-Si durante el matrimonio mi pareja pierde el empleo y se produce la separación, ¿Estaría obligado a pasarle una manutención?
-En caso de separación, tengo entendido que las facturas determinan el propietario de los bienes. ¿Es esta afirmación correcta?¿Se trataría en todo caso de facturas nominativas?
GRACIAS
01/02/2004 17:37
La diferencia entre ambos regimenes economicos del matrimonio es la siguiente:
En el de gananciales, los conyuges hacen comunes las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos que se repartiran al 50% al disolverse la sociedad. Dichos ganancias comunes responden directamente de las cargas del matrimonio (art. 1344 y ss del CC). En el de separación de bienes dichos beneficios o ganancias serán privativos de aquél quien los perciba, contribuyendo en las cargas del matrimonio cada uno de los cónyuges, proporcionalmente a los mismos. (arts 1435 y ss Código Civil)
Por otro lado, la separación judicial lleva aparejada una serie de medidas que, en principio, están al margen del regimen economico que se elija. Así pues, si su esposa al momento de la separación no tuviera ingresos, legalmente, podría exigirle el devengo de una pensión de alimentos o también, y atendiendo a otras circunstancias, el devengo de una pensión compensatorio o de desequilibrio económico.
La prueba sobre la titularidad de los bienes en el régimen de separación de bienes lo establecerá, por lo general, la factura de ellos. Sin embargo el régimen de gananciales hace presumir tal carácter de toda adquisición que se produzca durante la vigencia del mismo.
Un saludo.
03/02/2004 22:54
Gracias por la respuesta dada.
No obstante me queda la siguiente duda: ¿Qué diferencias hay entre ambos regímenes? En principio no encuentro ventajas ni inconvenientes suficientes en ninguno de los dos casos para decantarme por dicha opción.
Por favor indícame las ventajas e inconvenientes de ambos
SALUDOS
05/02/2004 08:25
Yo no puedo indicarte las ventajas o inconvenientes de uno u otro régimen económico matrimonial (gananciales o separación de bienes), al igual que no sabría decirte que es mejor o peor el cordero o el besugo, a algunos les gustará el cordero, a otros el besugo, algunos participaran de ambos gustos y, otros, seran vegetarianos.

Todo depende de como tú quieras asentar tu matrimonio, no se si prefieres que todos los ingresos y adquisiciones vayan a un saco común y con el se satisfagan las deudas o cargas del matrimonio, repartiéndose al final todo al 50% (sociedad legal de gananciales); o si por el contrario consideras que cada miembro de la pareja debe ser dueño de sus ingresos y adquisiciones contribuyendo a las cargas del matrimonio en proporcion a los mismos y sin tener que repartir nada cuando ese sistema acabe (separación de bienes).
Es una cuestión de gustos, lo que puede resultar bueno para tí, a lo mejor, es malo para tu pareja; o a la inversa.
Espero haberte respondido rk2es.
Un abrazo.
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Separación de bienes
01/02/2004 11:09
Me gustaría saber las ventajas e inconvenientes de contraer matrimonio en régimen de separación de bienes frente a gananciales.
-Si durante el matrimonio mi pareja pierde el empleo y se produce la separación, ¿Estaría obligado a pasarle una manutención?
-En caso de separación, tengo entendido que las facturas determinan el propietario de los bienes. ¿Es esta afirmación correcta?¿Se trataría en todo caso de facturas nominativas?
GRACIAS
01/02/2004 17:37
La diferencia entre ambos regimenes economicos del matrimonio es la siguiente:
En el de gananciales, los conyuges hacen comunes las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos que se repartiran al 50% al disolverse la sociedad. Dichos ganancias comunes responden directamente de las cargas del matrimonio (art. 1344 y ss del CC). En el de separación de bienes dichos beneficios o ganancias serán privativos de aquél quien los perciba, contribuyendo en las cargas del matrimonio cada uno de los cónyuges, proporcionalmente a los mismos. (arts 1435 y ss Código Civil)
Por otro lado, la separación judicial lleva aparejada una serie de medidas que, en principio, están al margen del regimen economico que se elija. Así pues, si su esposa al momento de la separación no tuviera ingresos, legalmente, podría exigirle el devengo de una pensión de alimentos o también, y atendiendo a otras circunstancias, el devengo de una pensión compensatorio o de desequilibrio económico.
La prueba sobre la titularidad de los bienes en el régimen de separación de bienes lo establecerá, por lo general, la factura de ellos. Sin embargo el régimen de gananciales hace presumir tal carácter de toda adquisición que se produzca durante la vigencia del mismo.
Un saludo.
03/02/2004 22:54
Gracias por la respuesta dada.
No obstante me queda la siguiente duda: ¿Qué diferencias hay entre ambos regímenes? En principio no encuentro ventajas ni inconvenientes suficientes en ninguno de los dos casos para decantarme por dicha opción.
Por favor indícame las ventajas e inconvenientes de ambos
SALUDOS
05/02/2004 08:25
Yo no puedo indicarte las ventajas o inconvenientes de uno u otro régimen económico matrimonial (gananciales o separación de bienes), al igual que no sabría decirte que es mejor o peor el cordero o el besugo, a algunos les gustará el cordero, a otros el besugo, algunos participaran de ambos gustos y, otros, seran vegetarianos.

Todo depende de como tú quieras asentar tu matrimonio, no se si prefieres que todos los ingresos y adquisiciones vayan a un saco común y con el se satisfagan las deudas o cargas del matrimonio, repartiéndose al final todo al 50% (sociedad legal de gananciales); o si por el contrario consideras que cada miembro de la pareja debe ser dueño de sus ingresos y adquisiciones contribuyendo a las cargas del matrimonio en proporcion a los mismos y sin tener que repartir nada cuando ese sistema acabe (separación de bienes).
Es una cuestión de gustos, lo que puede resultar bueno para tí, a lo mejor, es malo para tu pareja; o a la inversa.
Espero haberte respondido rk2es.
Un abrazo.