Le remito al art. 9.2 del codigo civil español, que dice: "Los efectos del matrimonio se regirán por la ley personal común de los cónyuges al tiempo de contraerlo; en defecto de esta ley, por la ley personal o de la residencia habitual de cualquiera de ellos, elegida por ambos en documento auténtico otorgado antes de la celebración del matrimonio; a falta de esta elección, por la ley de la residencia habitual común inmediatamente posterior a la celebración, y, a falta de dicha residencia, por la del lugar de celebración del matrimonio. 3. Los pactos o capitulaciones por los que se estipule, modifique o sustituya el régimen económico del matrimonio, serán válidos cuando sean conformes bien a la ley que rija los efectos del matrimonio, bien a la ley de la nacionalidad o de la residencia habitual de cualquiera de las partes al tiempo del otorgamiento.
En fin que depende en qué situación se encuentre ahora mismo, si está separado legalmente o no, si hay liquidacion de ganaciales etc
hola novatore el negocio pertenece una asociacion entre sus hermanos, yo no tengo ningun tipo de participacion. yo me case en colombia en regimen ganaciales y no se si puede variar el regimen el hecho que tambien lo registrara aqui en barcelona. gracias
Al decir que ella es socia se refiere a que tienen alguna empresa los dos en común??? porque tendrá usted alguna participación en los beneficios de esa empresa, si es así debe reclamárselos. Otra cosa distinta es que ese apartamento se haya comprado en régimen de gananciales, no de separación de bienes, pues entonces le correspondería la mitad. Depende. Saludos
hola a todos quisera saber el hecho que mi esposa comprara un apartamento y lo pusiera su nombre, comprandolo con dinero de unos beneficios de un negocio familiar la cual ella es socia . debo deciros que estoy casado con regime ganacial. mi pregunta si me pertenece la mitad de este apartamento gracias