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separacion de mutuo acuerdo

10 Comentarios
 
21/03/2003 10:52
Hola Fran, te respondo a alguna de tus preguntas de días atrás.
1º.- El coste de la escritura de donación va en relación con el valor de lo donado. La cuantía del Impuesto depende de la CCAA donde vivas, y de una serie de reducciones personales y materiales (entre ellas la de vivienda habitual) para calcular la base liquidable. Súmale los gastos Notariales y Registrales (pregunta cual sería el coste aproximado en la Notaría). Mi recomendación es que incluyas en la donación la parte que le correspondiese a ella (hasta igualar lotes) de la vivienda conyugal. El terreno, el vehículo, dinero, etc., te lo adjudicas en la liquidación de los gananciales.
2º.- El valor de los bienes no es el de la escritura de compra, sino el real al momento de la liquidación. Pere este valor real es muy relativo, y si ambos estais de acuerdo en darle otro valor (salvo que este fuera exageradamente bajo), no tiene porque haber problema alguno.
3º.- Respecto a la solicitud de Abogado y Procurador del Turno de Oficio es real lo que te han dicho. Si los ingresos de la unidad familiar superan el doble del salario mínimo interprofesional (algo más de 150.000 Ptas./mes), no tienes derecho a la Justicia Gratuita. Sin embargo si se te puede nombrar un abogado del Turno de Oficio, aunque después le debereis de pagar sus honorarios.
El coste de una separación de mutuo acuerdo con liquidación de los gananciales (teniendo en cuenta el valor de los gananciales que tu mencionas) si puede estar por esa cantidad de 250.000 Ptas. (incluso puede que lo consigas por algo menos, pero no mucho menos)
4º.- La separación hecha ante Notario, sirve como documento realizado para establecer documentalmente una fecha a la separación de hecho; y para liquidar los gananciales. A efectos del Registro Civil, sólo es válida la separación judicial. No obstante con la separación Notarial, podeis ahorraros la separación judicial, y transcurridos 2 años de cese efectivo e ininterrumpido de la convivencia conyugal instar el divorcio directamente.
Un saludo
emarbra@abogadosdeasturias.com
21/03/2003 02:29
Si mi mujer y yo fuemos al notario y mi mujer me hiciera la donacion de los bienes que a ella le corresponden y yo le pasara la pension que acordaramos entre mi mujer y yo.¿no seria valida la separacion ?¿Que otras obciones tenemos?
21/03/2003 02:23
Hoy hemos ido mi mujer y yo al juzgado para pedir un abogado de oficio para separarnos de mutuo acuerdo y nada mas entrar nos preguntan los ingresos y nos dicen que si ganamos en la unidad familiar mas de 150.000 ptas no nos corresponde un abogado de oficio, que ya nos tendriamos que ir a contratar un abogado y un procurdor pero pagandoles(unas 250.000 ptas aprox)Esto es asi,¿no se puede separar uno de mutuo acuerdo sin tener que pagarle al abogado y al procurador?
18/03/2003 10:52
Yo creo que lo que deberías plantearte es si puedes en el convenio regulador, hacer constar la renuncia de tu mujer a la parte que le correspondería resultado de la liquidación de la sociedad de gananciales y si basta con pedir la oportuna inscripción de la sentencia en el registro de la Propiedad, así te evitarías valoración de los bienes y pagar el impuesto de donaciones, pero no sé si tendrías algún problema a la hora de intentar vender esos bienes.
18/03/2003 02:59
Me gustaria saber si alguien me lo puede decir, como puedo darle menos valor a las propiedades que me tocan a mi, para pagar menos por la donacion, no se le otorga el valor que posea en la escritura.Gracias.
15/03/2003 00:59
Ante todo daros las gracias por la ayuda me que estais prestando, si no os importa os voy a hacer otra pregunta:Supongo que el valor del piso y del terreno habra que justificarlo con el dinero que conste en las escrituras, no creo que pueda darle el valor que yo quiera.Entiendo pues que tendria que darle el valor a las propiedades, ir al notario y que mediante escritura publica mi mujer me hiciera la donacion.Pero¿Cuanto deberia pagar por los 15000€ de la donacion? GRACIAS POR TODO.
14/03/2003 20:01
Coincido con el compañero plenamente. incluso puede resultar que el Juez sustituya el acuerdo de no establecer la pensión alimenticia de la menor y establecer de oficio una cantidad. Es un derecho de la niña a la que no puede renunciar la madre, lo que si podría hacer es no reclamarla luego, pero si cambia de opinión algún día y lo hace estarás obligado a pagar. Tienes pues las siguientes opciones: en la propuesta de Convenio declarar tu reconocimiento de la obligación de contribuir a los alimentos de la niña, pero sin establecer cuantía y dejando su determinación para ejecución de sentencia; esto se admite en el Juzgado, por lo menos en Madrid, aunque siempre dependerás de la buena voluntad de tu ex, o establecer una cantidad, aunque sea mínima.
14/03/2003 01:41
En estas cosas no todo es A x B, con un resultado exacto.
A ella, si no la pide, es decir, si renuncia a ella, no le tienes que pasar ninguna pensión (compensatoria). Si la solicitase, se tienen en cuenta otros datos aparte de los ingresos de cada uno (p. ej.: duración del matrimonio, estabilidad en el trabajo, cualificación profesional, dedicación a la familia, edad, y muchos otros).
Respecto a la pensión para tu hija (alimentos), esa es indisponible, y por los ingresos que indicas se establecería entre los 180 y 240 €uros/mes..
En cuanto a la liquidación de gananciales (y a grandes rasgos, porque esto requiere un estudio más de detalle) la diferencia entre activo (100.000) y pasivo (70.000) son 30.000 €uros, de los cuales a cada uno le corresponden 15.000 €uros. Deduce el valor del vehículo que ella se adjudica y el resto ha de ser objeto de donación (también podeis darle un valor menor a los bienes que te vas a adjudicar tu)
Un saludo
emarbra@abogadosdeasturias.com
14/03/2003 00:27
Entonces entiendo que si yo trabajo y gano l000 € mensuales y mi mujer tambien trabaja y gana 500 €,yo deveria pasarle una pension.¿cual puede ser aproximadamente? Y si los bienes gananciales suman 100000€ aprox pero hay por medio una hipoteca de 70000€¿Cual seria la donacion que mi mujer me tendria que hacer?MUCHAS GRACIAS POR ATENDERME EN MIS DUDAS.
13/03/2003 20:58
Hola Fran

Si que es un poco raro tu caso. De todas formas indicarte que en la liquidación de gananciales (que consiste en repartir los bienes adquiridos vigente el matrimonio, una vez inventariado el activo y el pasivo) los lotes han de ser iguales. Por ello ese reparto que haceis, es posible sólo si una vez liquidados los gananciales, la cantidad que exceda del lote de tu esposa (deducido el valor del coche con el que ella se queda), tendrá que donartela (mediante escritura pública, y con el pago del impuesto por donación que corresponda).
En cuanto a que se quede con la niña, y no quiera nada, indicarte que el tema de pensión de alimentos de los hijos no es dispositivo por las partes (es decir, no podeis renunciar al pago de esos alimentos a cargo del cónyuge no custodio, y el Ministerio Fiscal (y el Juez) no darán de paso el Convenio Regulador si no se establece una pensión ajustada a los ingresos del obligado al pago y a las necesidades de quien la recibe. En la práctica, si estais de acuerdo en que no pases cantidad alguna, no la vas a pasar, pero documentalmente ha de constar; y si en el futuro tu mujer cambia de idea puede reclamarte los atrasos hasta 5 años (con intereses).
Un saludo,
emarbra@abogadosdeasturias.com
Separacion de mutuo acuerdo
13/03/2003 20:32
Mi caso es bastante raro, o eso creo yo. Mi mujer y yo hemos acordado la separacion de mutuo acuerdo,tenemos una hija, y el acuerdo que me ha propuesto mi mujer es que ella no quiere nada, solamente se llevaria un coche, porque le hace falta para ir a trabajar.La niña la tendria ella por la semana y yo el fin de semana.Yo me quedaria con el dinero del banco,el piso, un terreno y mi coche.Esto es posible hacerlo legalmente, que tramites tendriamos que hacer para poder llegar a cumplir este acuerdo? GRACIAS A TODOS.
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21/03/2003 10:52
Hola Fran, te respondo a alguna de tus preguntas de días atrás.
1º.- El coste de la escritura de donación va en relación con el valor de lo donado. La cuantía del Impuesto depende de la CCAA donde vivas, y de una serie de reducciones personales y materiales (entre ellas la de vivienda habitual) para calcular la base liquidable. Súmale los gastos Notariales y Registrales (pregunta cual sería el coste aproximado en la Notaría). Mi recomendación es que incluyas en la donación la parte que le correspondiese a ella (hasta igualar lotes) de la vivienda conyugal. El terreno, el vehículo, dinero, etc., te lo adjudicas en la liquidación de los gananciales.
2º.- El valor de los bienes no es el de la escritura de compra, sino el real al momento de la liquidación. Pere este valor real es muy relativo, y si ambos estais de acuerdo en darle otro valor (salvo que este fuera exageradamente bajo), no tiene porque haber problema alguno.
3º.- Respecto a la solicitud de Abogado y Procurador del Turno de Oficio es real lo que te han dicho. Si los ingresos de la unidad familiar superan el doble del salario mínimo interprofesional (algo más de 150.000 Ptas./mes), no tienes derecho a la Justicia Gratuita. Sin embargo si se te puede nombrar un abogado del Turno de Oficio, aunque después le debereis de pagar sus honorarios.
El coste de una separación de mutuo acuerdo con liquidación de los gananciales (teniendo en cuenta el valor de los gananciales que tu mencionas) si puede estar por esa cantidad de 250.000 Ptas. (incluso puede que lo consigas por algo menos, pero no mucho menos)
4º.- La separación hecha ante Notario, sirve como documento realizado para establecer documentalmente una fecha a la separación de hecho; y para liquidar los gananciales. A efectos del Registro Civil, sólo es válida la separación judicial. No obstante con la separación Notarial, podeis ahorraros la separación judicial, y transcurridos 2 años de cese efectivo e ininterrumpido de la convivencia conyugal instar el divorcio directamente.
Un saludo
emarbra@abogadosdeasturias.com
21/03/2003 02:29
Si mi mujer y yo fuemos al notario y mi mujer me hiciera la donacion de los bienes que a ella le corresponden y yo le pasara la pension que acordaramos entre mi mujer y yo.¿no seria valida la separacion ?¿Que otras obciones tenemos?
21/03/2003 02:23
Hoy hemos ido mi mujer y yo al juzgado para pedir un abogado de oficio para separarnos de mutuo acuerdo y nada mas entrar nos preguntan los ingresos y nos dicen que si ganamos en la unidad familiar mas de 150.000 ptas no nos corresponde un abogado de oficio, que ya nos tendriamos que ir a contratar un abogado y un procurdor pero pagandoles(unas 250.000 ptas aprox)Esto es asi,¿no se puede separar uno de mutuo acuerdo sin tener que pagarle al abogado y al procurador?
18/03/2003 10:52
Yo creo que lo que deberías plantearte es si puedes en el convenio regulador, hacer constar la renuncia de tu mujer a la parte que le correspondería resultado de la liquidación de la sociedad de gananciales y si basta con pedir la oportuna inscripción de la sentencia en el registro de la Propiedad, así te evitarías valoración de los bienes y pagar el impuesto de donaciones, pero no sé si tendrías algún problema a la hora de intentar vender esos bienes.
18/03/2003 02:59
Me gustaria saber si alguien me lo puede decir, como puedo darle menos valor a las propiedades que me tocan a mi, para pagar menos por la donacion, no se le otorga el valor que posea en la escritura.Gracias.
15/03/2003 00:59
Ante todo daros las gracias por la ayuda me que estais prestando, si no os importa os voy a hacer otra pregunta:Supongo que el valor del piso y del terreno habra que justificarlo con el dinero que conste en las escrituras, no creo que pueda darle el valor que yo quiera.Entiendo pues que tendria que darle el valor a las propiedades, ir al notario y que mediante escritura publica mi mujer me hiciera la donacion.Pero¿Cuanto deberia pagar por los 15000€ de la donacion? GRACIAS POR TODO.
14/03/2003 20:01
Coincido con el compañero plenamente. incluso puede resultar que el Juez sustituya el acuerdo de no establecer la pensión alimenticia de la menor y establecer de oficio una cantidad. Es un derecho de la niña a la que no puede renunciar la madre, lo que si podría hacer es no reclamarla luego, pero si cambia de opinión algún día y lo hace estarás obligado a pagar. Tienes pues las siguientes opciones: en la propuesta de Convenio declarar tu reconocimiento de la obligación de contribuir a los alimentos de la niña, pero sin establecer cuantía y dejando su determinación para ejecución de sentencia; esto se admite en el Juzgado, por lo menos en Madrid, aunque siempre dependerás de la buena voluntad de tu ex, o establecer una cantidad, aunque sea mínima.
14/03/2003 01:41
En estas cosas no todo es A x B, con un resultado exacto.
A ella, si no la pide, es decir, si renuncia a ella, no le tienes que pasar ninguna pensión (compensatoria). Si la solicitase, se tienen en cuenta otros datos aparte de los ingresos de cada uno (p. ej.: duración del matrimonio, estabilidad en el trabajo, cualificación profesional, dedicación a la familia, edad, y muchos otros).
Respecto a la pensión para tu hija (alimentos), esa es indisponible, y por los ingresos que indicas se establecería entre los 180 y 240 €uros/mes..
En cuanto a la liquidación de gananciales (y a grandes rasgos, porque esto requiere un estudio más de detalle) la diferencia entre activo (100.000) y pasivo (70.000) son 30.000 €uros, de los cuales a cada uno le corresponden 15.000 €uros. Deduce el valor del vehículo que ella se adjudica y el resto ha de ser objeto de donación (también podeis darle un valor menor a los bienes que te vas a adjudicar tu)
Un saludo
emarbra@abogadosdeasturias.com
14/03/2003 00:27
Entonces entiendo que si yo trabajo y gano l000 € mensuales y mi mujer tambien trabaja y gana 500 €,yo deveria pasarle una pension.¿cual puede ser aproximadamente? Y si los bienes gananciales suman 100000€ aprox pero hay por medio una hipoteca de 70000€¿Cual seria la donacion que mi mujer me tendria que hacer?MUCHAS GRACIAS POR ATENDERME EN MIS DUDAS.
13/03/2003 20:58
Hola Fran

Si que es un poco raro tu caso. De todas formas indicarte que en la liquidación de gananciales (que consiste en repartir los bienes adquiridos vigente el matrimonio, una vez inventariado el activo y el pasivo) los lotes han de ser iguales. Por ello ese reparto que haceis, es posible sólo si una vez liquidados los gananciales, la cantidad que exceda del lote de tu esposa (deducido el valor del coche con el que ella se queda), tendrá que donartela (mediante escritura pública, y con el pago del impuesto por donación que corresponda).
En cuanto a que se quede con la niña, y no quiera nada, indicarte que el tema de pensión de alimentos de los hijos no es dispositivo por las partes (es decir, no podeis renunciar al pago de esos alimentos a cargo del cónyuge no custodio, y el Ministerio Fiscal (y el Juez) no darán de paso el Convenio Regulador si no se establece una pensión ajustada a los ingresos del obligado al pago y a las necesidades de quien la recibe. En la práctica, si estais de acuerdo en que no pases cantidad alguna, no la vas a pasar, pero documentalmente ha de constar; y si en el futuro tu mujer cambia de idea puede reclamarte los atrasos hasta 5 años (con intereses).
Un saludo,
emarbra@abogadosdeasturias.com
Separacion de mutuo acuerdo
13/03/2003 20:32
Mi caso es bastante raro, o eso creo yo. Mi mujer y yo hemos acordado la separacion de mutuo acuerdo,tenemos una hija, y el acuerdo que me ha propuesto mi mujer es que ella no quiere nada, solamente se llevaria un coche, porque le hace falta para ir a trabajar.La niña la tendria ella por la semana y yo el fin de semana.Yo me quedaria con el dinero del banco,el piso, un terreno y mi coche.Esto es posible hacerlo legalmente, que tramites tendriamos que hacer para poder llegar a cumplir este acuerdo? GRACIAS A TODOS.