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Separación

9 Comentarios
 
18/08/2003 20:10
En defecto de pacto y a salvo de lo que cualquier compañero con mejor criterio que el mio pueda decir, entiendo que debe ser así.-
18/08/2003 20:08
RECAPITULANDO......los gastos esenciales de la vivienda, como luz, agua, telefono, comunidad estarian a cargo de kien se queda la casa, y las demas deudas coche etc.........incluyendo la letra de casa, irian a medias...es eso?
18/08/2003 19:57
Entonces, debereis sufragarlo los dos al 50 por 100 pues si solo uno de los conyuges lo paga por completo se generaria una deuda a favor de la sociedad legal de gananciales y el otro cónyuge que no ha contribuido, veria mermados sus derechos económicos sobre la vivienda.-
18/08/2003 19:53
Existe un prestamo hipotecario a 25 años
18/08/2003 19:50
Sin perjuicio de lo que otro compañero pueda aportar con mejor criterio que el mio, entiendo que ello quedaría minimamente solucionado con la pensión que se te establezca para responder del cuidado de los hijos en el ambito de la potestad domestica. Entiendo que la situación sería distinta si estuvieramos hablando de la existencia de un prestamo hipotecario sobre la vivienda o de la necesidad de realizar obras de caracter necesario sobre la vivienda, por que en tal caso, dichos gastos deberían sufragarse por mitad.
18/08/2003 19:31
Te voy a dar el coñazo Alberto, perdona......una ultima pregunta........y si con los ingresos de mi mujer, que lo menciono en el 11 mensaje, no puede hacerse cargo de los gastos que conyeva la vivienda.........QUE PASARIA?. MILGRACIAS
18/08/2003 19:28
En cuanto a tu primera pregunta, entiendo que debe ser así...y en cuanto a la segunda, si la vivienda pertenece a la sociedad de gananciales, legalmente se atribuye por mitad a cada uno de los conyuges una vez liquidada la sociedad de gananciales. Despues, debe solicitarse la división de la cosa común, es decir, de la vivienda y aqui caben dos solucionesposibles:
una, que uno de los conyuges se atribuya dicha vivienda compensando al otro en la mitad de su valor.
Otra, la mas perjudicial, que se venda en publica subasta en defecto de acuerdo, y el importe obtenido, se atribuya por mitad entre los conyuges.
Un saludo
18/08/2003 19:16
De ante mano, MIL GRACIAS Alberto por tu rapidez.....pero la cuota mensual, que pagamos actualmente por la vivienda...tambien correria a cargo de kien se quede con la titularidad de las misma?.....Y otra cosa, una vez independizado el crio, yo podria reclamar mi parte de la misma?, de la vivienda kiero decir?
18/08/2003 19:09
Estimado ABE, en primer lugar, en defecto de acuerdo entre los cónyuges, la vivienda que fue el hogar familiar, se acribuye a aquel con quien quedan los hijos y asume por tanto el deber de guardia y custodia de los mismos, independientemente de la titularidad de la vivienda. En cuanto al tiempo que pueda durar dicha atribución,este sera hasta el momento en que los hijos puedan vivir independientes y por tanto, dejen de depender económicamente de los padres, aunque hayan cumplido los 18 años.En cuanto a los gastos que origine la vivienda, tales como luz, agua, IBI etc...entiendo que en defecto de pacto, debn ser abonados por aquel conyuge que la habita.
Un saludo.
Separación
18/08/2003 18:48
Saludos a todos, y a ver si podeis echarme un cable. Mi mijer y yo, hemos decidido separarnos, sobre el tema de los crios, estamos de acuerdo (tenemos 1 de 12 años), el problema nos viene con el tema de la casa. Me gustaria saber, si a mi mujer, con los ingresos actuales que tiene por su trabajo, que son de unas 60000 pts de las antiguas, le podrian asignar la vivienda conyugal, y si es asi, como quedarian repartias todas nuestras deudas habituales del domicilio.....Y otra cuestion..si ella se quedara con la casa....es para siempre? tengo entendido, que hasta que el crio tuviera 18 años. POR FAVOR, KIEN SEPA DEL TEMA, QUE ME CONTESTE, GRACIAS
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En defecto de pacto y a salvo de lo que cualquier compañero con mejor criterio que el mio pueda decir, entiendo que debe ser así.-
18/08/2003 20:08
RECAPITULANDO......los gastos esenciales de la vivienda, como luz, agua, telefono, comunidad estarian a cargo de kien se queda la casa, y las demas deudas coche etc.........incluyendo la letra de casa, irian a medias...es eso?
18/08/2003 19:57
Entonces, debereis sufragarlo los dos al 50 por 100 pues si solo uno de los conyuges lo paga por completo se generaria una deuda a favor de la sociedad legal de gananciales y el otro cónyuge que no ha contribuido, veria mermados sus derechos económicos sobre la vivienda.-
18/08/2003 19:53
Existe un prestamo hipotecario a 25 años
18/08/2003 19:50
Sin perjuicio de lo que otro compañero pueda aportar con mejor criterio que el mio, entiendo que ello quedaría minimamente solucionado con la pensión que se te establezca para responder del cuidado de los hijos en el ambito de la potestad domestica. Entiendo que la situación sería distinta si estuvieramos hablando de la existencia de un prestamo hipotecario sobre la vivienda o de la necesidad de realizar obras de caracter necesario sobre la vivienda, por que en tal caso, dichos gastos deberían sufragarse por mitad.
18/08/2003 19:31
Te voy a dar el coñazo Alberto, perdona......una ultima pregunta........y si con los ingresos de mi mujer, que lo menciono en el 11 mensaje, no puede hacerse cargo de los gastos que conyeva la vivienda.........QUE PASARIA?. MILGRACIAS
18/08/2003 19:28
En cuanto a tu primera pregunta, entiendo que debe ser así...y en cuanto a la segunda, si la vivienda pertenece a la sociedad de gananciales, legalmente se atribuye por mitad a cada uno de los conyuges una vez liquidada la sociedad de gananciales. Despues, debe solicitarse la división de la cosa común, es decir, de la vivienda y aqui caben dos solucionesposibles:
una, que uno de los conyuges se atribuya dicha vivienda compensando al otro en la mitad de su valor.
Otra, la mas perjudicial, que se venda en publica subasta en defecto de acuerdo, y el importe obtenido, se atribuya por mitad entre los conyuges.
Un saludo
18/08/2003 19:16
De ante mano, MIL GRACIAS Alberto por tu rapidez.....pero la cuota mensual, que pagamos actualmente por la vivienda...tambien correria a cargo de kien se quede con la titularidad de las misma?.....Y otra cosa, una vez independizado el crio, yo podria reclamar mi parte de la misma?, de la vivienda kiero decir?
18/08/2003 19:09
Estimado ABE, en primer lugar, en defecto de acuerdo entre los cónyuges, la vivienda que fue el hogar familiar, se acribuye a aquel con quien quedan los hijos y asume por tanto el deber de guardia y custodia de los mismos, independientemente de la titularidad de la vivienda. En cuanto al tiempo que pueda durar dicha atribución,este sera hasta el momento en que los hijos puedan vivir independientes y por tanto, dejen de depender económicamente de los padres, aunque hayan cumplido los 18 años.En cuanto a los gastos que origine la vivienda, tales como luz, agua, IBI etc...entiendo que en defecto de pacto, debn ser abonados por aquel conyuge que la habita.
Un saludo.
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18/08/2003 18:48
Saludos a todos, y a ver si podeis echarme un cable. Mi mijer y yo, hemos decidido separarnos, sobre el tema de los crios, estamos de acuerdo (tenemos 1 de 12 años), el problema nos viene con el tema de la casa. Me gustaria saber, si a mi mujer, con los ingresos actuales que tiene por su trabajo, que son de unas 60000 pts de las antiguas, le podrian asignar la vivienda conyugal, y si es asi, como quedarian repartias todas nuestras deudas habituales del domicilio.....Y otra cuestion..si ella se quedara con la casa....es para siempre? tengo entendido, que hasta que el crio tuviera 18 años. POR FAVOR, KIEN SEPA DEL TEMA, QUE ME CONTESTE, GRACIAS