Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Separación

2 Comentarios
 
03/12/2002 22:29
Quisiera saber sobre el tema del Regimen de Separacion de Patrimonio
23/11/2002 06:26
Carlos, la ley no establece ningún régimen de visitas, comunicación y estancias específico y partiendo de la base que el padre debe comunicar con sus hijos y que ello es beneficioso para los menores, es el juez familiar, en defecto de acuerdo quién atendiendo a las circunstancias de cada caso en concreto (edad de los menores, disponibilidad de tiempo y horarios, etc) fijará el tiempo, modo y lugar de dicha relacion paterno-filial atendiendo siempre al interés de los hijos.(art. 94CC)
Cuestión muy diferente es que en la práctica judicial los abogados nos encontremos en que todo se quede en visitas de dos horas por la tarde durante dos días entre semana, pernoctas de fines de semana alternos (Viernes a Domingo) y distribución por mitad de las vacaciones de los hijos entre los dos progenitores (tiempo durante el cual se suspenden las visitas diarias y las pernoctas de fin de semana -claro está-).
Lo lógico es que este tipo de cuestiones, mejor que dejarlas a la sana y ponderada decisión judicial, se pacten de mutuo acuerdo, dado que nada más que los progenitores saben y conocen sus propias situaciones y las de sus hijos.
Para más información mi dirección de correo electrónico es agustincaeteabogado@yahoo.es
Un saludo.
Separación
11/11/2002 16:44
Mi mujer quiere separarse. Si no llegamos al mutuo acuerdo y me pone una demanda quería saber qué derechos tendría yo con respecto a la permanencia de mis hijas conmigo. Sé lo de fines de semana alternos y mitad de vacaciones, pero ¿y en los días entresemana? ¿Contempla algo la ley?
Separación | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Separación

2 Comentarios
 
03/12/2002 22:29
Quisiera saber sobre el tema del Regimen de Separacion de Patrimonio
23/11/2002 06:26
Carlos, la ley no establece ningún régimen de visitas, comunicación y estancias específico y partiendo de la base que el padre debe comunicar con sus hijos y que ello es beneficioso para los menores, es el juez familiar, en defecto de acuerdo quién atendiendo a las circunstancias de cada caso en concreto (edad de los menores, disponibilidad de tiempo y horarios, etc) fijará el tiempo, modo y lugar de dicha relacion paterno-filial atendiendo siempre al interés de los hijos.(art. 94CC)
Cuestión muy diferente es que en la práctica judicial los abogados nos encontremos en que todo se quede en visitas de dos horas por la tarde durante dos días entre semana, pernoctas de fines de semana alternos (Viernes a Domingo) y distribución por mitad de las vacaciones de los hijos entre los dos progenitores (tiempo durante el cual se suspenden las visitas diarias y las pernoctas de fin de semana -claro está-).
Lo lógico es que este tipo de cuestiones, mejor que dejarlas a la sana y ponderada decisión judicial, se pacten de mutuo acuerdo, dado que nada más que los progenitores saben y conocen sus propias situaciones y las de sus hijos.
Para más información mi dirección de correo electrónico es agustincaeteabogado@yahoo.es
Un saludo.
Separación
11/11/2002 16:44
Mi mujer quiere separarse. Si no llegamos al mutuo acuerdo y me pone una demanda quería saber qué derechos tendría yo con respecto a la permanencia de mis hijas conmigo. Sé lo de fines de semana alternos y mitad de vacaciones, pero ¿y en los días entresemana? ¿Contempla algo la ley?