Es decir, que si no hay aveniencia, se presenta la demanda ante el juzgado de lo social pidiendo en este caso la reclamacion de cantidades y si tampoco se presentase a la extincion del contrato, habria que presentarlo tambien al juzgado de lo social, no? Y claro, aún tendré que verle la cara al informal de mi jefe, que no paga, y encima como sabe que esta demandado, esta en plan cabron con los tres que hemos demandado...
Duo10, no te adelantes a los acontecimientos. El SMAC ES UN ORGANISMO para llegar a acuerdos. Si no se presenta la empresa, es que no hay avenencia, puede ocurrir que se presente la empresa y tampoco haya avenencia, si en alguna de las reclamaciones que has presentado no hay acuerdo, se interpone una demanda en el juzgado de lo social, pidiendo y reclamando lo mismo que en el SMAC.
Lo que ocurre es que todavia no he asistido, tengo la cita para la reclamacion de cantidades a una hora y un cuarto de hora despues tengo la cita para la extincion... aunque haya acuerdo y me pague mi jefe, (que creo que ni se va a presentar), quiero extinguir el contrato que me vincula a la empresa, y esto se va a hacer solo 15 minutos despues... mi pregunta es que si justo despues de esto hay que esperar resolucion judicial o en el mismo smac ya te dan por extinguido el contrato y no vas al trabajo mas... Gracias.
Cuando se tiene la cita en el smac para la extincion del contrato, (previamente ya se ha ido para una reclamacion de salarios) que ocurre a partir de ahí? Se sale del servicio de conciliacion ya sin trabajo? Con el contrato extinguido? O hay que esperar mas tiempo... Gracias de antemano.