Se pretende contratar un nuevo servicio en mi comunidad, la limpieza de la escalera y portería comunitarias. Mi voto es negativo ¿puedo negarme al pago de la cuota? Me han dicho que cuando se establecen nuevos servicios el disidente no está obligado al pago ¿es cierto? Gracias
No no esto no es así. El acuerdo requiere 3/5 de votos y cuotas, se debe dar la doble mayoría. Si el acuerdo sale adelante todos están obligados. Articulo 17.1
Entonces ese matiz en la ley de la propiedad horizontal? Es decir, si mañana los copropietarios deciden contratar, p.e., un servicio de vigilancia y yo disiento ¿debo pagar? Supongamos que son 100€ más al mes...entonces, esa excepción ¿cuándo se aplica?
Tambien depende de en que condiciones se va a contratar el serrvicio de limpieza, si una contratación de servicios con una empresa o u contrato individual.
El que un disidente no esté obligado al pago se refiere a gastos no necesarios para el adecuado sostenimiento del inmueble. La cuestión es decidir si la limpieza de la escalera en un servicio necesario o no. ¿Es que ahora no la limpian? ¿La limpian los vecinos por turnos? se puede entender que limpiar la escalera es un "servicio necesario". Si ahora se limpia por los vecinos, lo que se debate es cambiar el sistema de limpieza, y entiendo que ésto se puede aprobar por mayoría.
Aprobado un acuerdo, con las mayorías necesarias, le vincula. En caso de que le perjudique o por su situación no pueda responder, debe votar en contra, salvar el voto e impugnar. El juez después de oír sus razones, puede librarle a Ud. del pago, o no. Necesitaría abogado. Pero mientras no lo diga el juez, Ud. a pagar, si no será moroso en su comunidad. Esto es así, de lo contrario sería imposible llegar a acuerdos, siempre hay algún vecino que le viene todo mal.