Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Servicios prestados en el sector público como objetor de conciencia.

1 Comentarios
 
Servicios prestados en el sector público como objetor de conciencia.
26/09/2019 18:37
Hola,
hace veinte años, realicé la Prestación Social Sustitutoria en una, hasta donde llego, fundación que realizaba y realiza actividades de investicación en campos de la ingeniería, EERR y Eficiencia energética. En su patronato estaba mi Universidad y el Gobierno Autonómico. Actualmente es un Instituto de investigación mixto, en el que siguen figurando la Universidad y el Gobierno Autonómico.

Yo me pregunto si mis meses de servicio en ella podrían considerarse servicios prestados en el sector público a efectos de trienios. Les he escrito, aunque todavía no he recibido respuesta.
Por contrastar de algún modo lo que me contesten., ¿pueden decirme algo al respecto?

Gracias
27/10/2019 14:07
Ingenierus
Yo no soy abogada ni nada pero el Real decreto 1461/1982 dice que no se computan las prestaciones personales obligatorias, y la prestación social sustitutoria yo entiendo que lo es.
Servicios prestados en el sector público como objetor de conciencia. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Servicios prestados en el sector público como objetor de conciencia.

1 Comentarios
 
Servicios prestados en el sector público como objetor de conciencia.
26/09/2019 18:37
Hola,
hace veinte años, realicé la Prestación Social Sustitutoria en una, hasta donde llego, fundación que realizaba y realiza actividades de investicación en campos de la ingeniería, EERR y Eficiencia energética. En su patronato estaba mi Universidad y el Gobierno Autonómico. Actualmente es un Instituto de investigación mixto, en el que siguen figurando la Universidad y el Gobierno Autonómico.

Yo me pregunto si mis meses de servicio en ella podrían considerarse servicios prestados en el sector público a efectos de trienios. Les he escrito, aunque todavía no he recibido respuesta.
Por contrastar de algún modo lo que me contesten., ¿pueden decirme algo al respecto?

Gracias
27/10/2019 14:07
Ingenierus
Yo no soy abogada ni nada pero el Real decreto 1461/1982 dice que no se computan las prestaciones personales obligatorias, y la prestación social sustitutoria yo entiendo que lo es.