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Servidumbres de paso

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Servidumbres de paso
20/04/2009 13:26
Mi cliente tiene una finca que linda con otra, ambas están separadas por una malla metálica que ha colocado el vecino, esto es, no es medianera. En esta valla el vecino ha abierto una puerta que le da acceso a la finca de mi cliente en el momento que quiera. No hay inscrito ningún derecho de servidumbre ni ningún documento por el que mi cliente consienta la apertura de esa puerta. ¿ Cabría ejercitar la acción negatoria de servidumbre?, porque el vecino no tiene derecho a pasar por la propiedad de mi cliente. ¿ Se puede entender que con la apertura de esa puerta se está perturbando la propiedad de mi cliente?
20/04/2009 14:38
SI la malla metalica estajusto en la separacion de las fincas se puede considerar medianera aunque la haya puesto un propietario sin contar con el otro, para que no sea considerada medianera esa malla tiene que dejar libre el cienso de separacion, y desde luego el otro vecino puede cerrarle la puerta cuando quiera y mejor cuanto antes, no soy abogado pero he tenido muchos problemas con las servidumbres.
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Servidumbres de paso
20/04/2009 13:26
Mi cliente tiene una finca que linda con otra, ambas están separadas por una malla metálica que ha colocado el vecino, esto es, no es medianera. En esta valla el vecino ha abierto una puerta que le da acceso a la finca de mi cliente en el momento que quiera. No hay inscrito ningún derecho de servidumbre ni ningún documento por el que mi cliente consienta la apertura de esa puerta. ¿ Cabría ejercitar la acción negatoria de servidumbre?, porque el vecino no tiene derecho a pasar por la propiedad de mi cliente. ¿ Se puede entender que con la apertura de esa puerta se está perturbando la propiedad de mi cliente?
20/04/2009 14:38
SI la malla metalica estajusto en la separacion de las fincas se puede considerar medianera aunque la haya puesto un propietario sin contar con el otro, para que no sea considerada medianera esa malla tiene que dejar libre el cienso de separacion, y desde luego el otro vecino puede cerrarle la puerta cuando quiera y mejor cuanto antes, no soy abogado pero he tenido muchos problemas con las servidumbres.