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sgae, AGEDI, aie

9 Comentarios
 
15/12/2010 20:18
Que pasa si no pago a agedi?? Me han pasado un recibo de 22,20€ y al llamar para informarme me han dicho que pago por tener la television comprada, aunque este apagada. que hago??
23/07/2010 09:58
No tienes por qué contratar nada con esas entidades de gestión. Puedes poner música copyleft o no incluida en la cobertura de esas entidades. Busca música con licencia Creative Commons, Color Iuris o algo semejante. En este sentido, te recomiendo la web "Jamendo.com". En ella, todo el material está exento de copyright.

Alegret.

http://www.elderechodeinternet.com
16/07/2010 12:01
Un poco de perspectiva histórica sobre esta convención de los derechos de autor
http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_autor#Antecedentes_hist.C3.B3ricos
01/05/2010 22:51
mi humilde aportacion al tema:

http://www.spaindeejays.com/viewtopic.php?f=2&t=947

saludos cordiales
09/03/2010 16:32
En primer lugar, me gustaria saber en que Ley, Agedi , SGAE , fundamentan el derecho a solicitarte que pagues una tasa ,por escuchar en tu local gimnasio o cafe-bar, Pub ,la difusión que hace una Emisora de Radio o Televisión. Toda vez, por dichas Emisiones, todas las Radios y Televisiones publicas y privadas , ya pagan cada año a las Entidades de Gestión cierta cantidad a tanto alzado por todas las musicas y programas televisivos que emiten pertenecientes a Autores que ellos pueden representar o no , ya que a todos no representan.

Por otro lado, resultaria que dichas Entidades de Gestión, cobrarian dos veces los mismos derechos, si como dices, pretenden cobrarte a ti por porner la radio o televisión en tu local, ya que previamente han cobrado a las difusoras por difundir dichas emisiones o musicas , con lo cual seria a todas luces injusto y no ajustado a derecho,en base ,al principio de enriquecimiento injusto,
y por otro lado, al tratarse de una difusión publica hecha en general para todo el publico desde una difusora, por el hecho de oirla en un local publico , no puede generar un nuevo derecho en contra de quien la escucha o se ve obligado a escucharla. Distinto es, si uno va a un concierto y paga entrada por ver a cierto cantante, pero la difusión que hace la televisión y radio al ser variada, incluso con informativos y noticias varias , no puede quedar sujeta a derechos de autor,según la propia Ley , ni limitar su difusión por el hecho de difundirse en un local , toda vez, como hemos dicho las Radios y Televisiones ya han pagado por tal concepto.Asi como tampoco, limitar su escucha a los ciudanos por tratase de una difusión publica.

Por tanto, me gustaria saber el derecho o Ley que invocan en su escrito de requerimiento de pago, ya que creo no tienen base legal suficiente para solicitar dicho pago.

De igual forma, me gustaria saber en que se fundamentan para solicitar el cobro al no tener autorización de todos los Autores y de otros que ya no tienen derechos por haber pasado a dominio publico, o sea , haber transcurrido mas de70 años del fallecimiento del Autor o autores,
Por tanto ,si tu en tu local pones musica de Autores de los cuales no tienen la representanción o como hemos dicho han prescrito su derecho, como pueden avalar el reclamarte derecho alguno.

Y por otro lado, como establecen el reparto de lo recaudado entre los Autores ,si los autores no pueden saberlo hasta que se asocian, o sea, cuando han firmado un compromiso de ceder sus derechos sobre su obra a dichas Entidades.

Sobre este particular, creo que dichas Entidades lo primero deberian hacer,es demostrar que representan a todos los autores, porque si es así, que lo digan claramente, para poder reclamarles ciertos derechos que han cobrado alegando que representan a todos los autores de este Pais, cosa que no es cierta , toda vez,no todos son socios de las Entidades de Gestión , al no ser obligatorio, con lo cual, no sea han beneficiado de los derechos cobrados en nombre de todos los Autores, si no solamente , los que son socios de dichas Entidades.

Por todo ello, os recomiendo busqueis un buen profesional sobre propiedad Intelectual para impugnar llegado el caso, si os llevan a los tribunales.el pago de la referida tasa .Impugnación por otro lado, dificultosa, desconociendo la causa, cuando uno se enfrenta a la Sociedad General de Autores .
Pero la razón y la esperanza en la justicia esta en la lucha
Un saludo y espero haberte ayudado, o a lo menos informado de la situación .
05/03/2010 18:38
A la $GA€, AG€DI, IA€ y toda esa patulea de hijos de mala madre, que pretenden sangrar al ciudadano mediante leyes concedidas a cambio de que los titiriteros le hagan la campaña electoral al politicastro de turno, no hay que "pagarles" hay más bien que PEGARLES:
Fuego a sus sedes, unos tiros en la nuca a los presidentes, una paliza a ellos y a toda su familia...Etc.

A ver si así se enteran de que robar con la connivencia de leyes que atentan contra el pueblo, es aún peor que robar a punta de pistola... Eso sí, luegp el Teddy Bautista se jubila con más de 20000 éuros al mes, como no podía ser de otro modo...
El día en que empiezen a arder sedes de la sgae y a ingresar en las salas de urgencia miembros y representantes apalizados, las cosas cambiaran y mucho...
09/02/2010 11:33
tengo un gimnasio y estoy pagando a AGEDI, tambi´´en tengo que pagar a SGAE?
22/09/2009 16:37
Hola, mi pregunta es la siguiente, tengo una cafeteria(cafe-bar) q no es pub y que no pongo musica, es más no tengo aparatos de musica solo 2 TV con 6 altavoces para q se escuchen en todo el bar.
¿tengo q pagar SGAE y AGEDI? pq ahora los de agedi me mandan cartas para llevarme a juicio los muy &%(/, y la mier## de la SGAE ya la pago.

P.D. No entiendo pq una cafeteria q no pone musica, solo TV y para eso no tengo DIGITAL ni nada solo tengo TDT tenga q pagar esto, yo no me lucro por ello es evidente...... Espero puedan ayudarme gracias.
03/04/2008 23:58
Hola que tal, deberas obtener las correspondientes licencias tal como estableces en el tema de tu post. Con la SGAE, AGEDI, AIE de acuerdo a las tarifas generales que estas establecen. Puedes obtener mas información en:

www.sgae.es
www.agedi.es aunque te cuento que esta no será la mejor página web a la que hayas entrado jajaja
www.aie.es

y de igual forma deben estar colgadas en la página del ministerio de cultura, te adjunto la página aquí:
http://www.mcu.es/propiedadInt/index.html
ahi puedes ver lo relativo a la gestión colectiva (Entidades de gestión y sus tarifas)

Espero te sirva la información
Sgae, agedi, aie
18/01/2008 13:47
Estoy montando un Pub y tengo una duda acerca de las obligaciones que tengo que cumplir para estar en paz con los artistas, productores, etc.
Haber si alguien que conozca el tema me puede informar.
Gracias.
sgae, AGEDI, aie | PorticoLegal
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9 Comentarios
 
15/12/2010 20:18
Que pasa si no pago a agedi?? Me han pasado un recibo de 22,20€ y al llamar para informarme me han dicho que pago por tener la television comprada, aunque este apagada. que hago??
23/07/2010 09:58
No tienes por qué contratar nada con esas entidades de gestión. Puedes poner música copyleft o no incluida en la cobertura de esas entidades. Busca música con licencia Creative Commons, Color Iuris o algo semejante. En este sentido, te recomiendo la web "Jamendo.com". En ella, todo el material está exento de copyright.

Alegret.

http://www.elderechodeinternet.com
16/07/2010 12:01
Un poco de perspectiva histórica sobre esta convención de los derechos de autor
http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_autor#Antecedentes_hist.C3.B3ricos
01/05/2010 22:51
mi humilde aportacion al tema:

http://www.spaindeejays.com/viewtopic.php?f=2&t=947

saludos cordiales
09/03/2010 16:32
En primer lugar, me gustaria saber en que Ley, Agedi , SGAE , fundamentan el derecho a solicitarte que pagues una tasa ,por escuchar en tu local gimnasio o cafe-bar, Pub ,la difusión que hace una Emisora de Radio o Televisión. Toda vez, por dichas Emisiones, todas las Radios y Televisiones publicas y privadas , ya pagan cada año a las Entidades de Gestión cierta cantidad a tanto alzado por todas las musicas y programas televisivos que emiten pertenecientes a Autores que ellos pueden representar o no , ya que a todos no representan.

Por otro lado, resultaria que dichas Entidades de Gestión, cobrarian dos veces los mismos derechos, si como dices, pretenden cobrarte a ti por porner la radio o televisión en tu local, ya que previamente han cobrado a las difusoras por difundir dichas emisiones o musicas , con lo cual seria a todas luces injusto y no ajustado a derecho,en base ,al principio de enriquecimiento injusto,
y por otro lado, al tratarse de una difusión publica hecha en general para todo el publico desde una difusora, por el hecho de oirla en un local publico , no puede generar un nuevo derecho en contra de quien la escucha o se ve obligado a escucharla. Distinto es, si uno va a un concierto y paga entrada por ver a cierto cantante, pero la difusión que hace la televisión y radio al ser variada, incluso con informativos y noticias varias , no puede quedar sujeta a derechos de autor,según la propia Ley , ni limitar su difusión por el hecho de difundirse en un local , toda vez, como hemos dicho las Radios y Televisiones ya han pagado por tal concepto.Asi como tampoco, limitar su escucha a los ciudanos por tratase de una difusión publica.

Por tanto, me gustaria saber el derecho o Ley que invocan en su escrito de requerimiento de pago, ya que creo no tienen base legal suficiente para solicitar dicho pago.

De igual forma, me gustaria saber en que se fundamentan para solicitar el cobro al no tener autorización de todos los Autores y de otros que ya no tienen derechos por haber pasado a dominio publico, o sea , haber transcurrido mas de70 años del fallecimiento del Autor o autores,
Por tanto ,si tu en tu local pones musica de Autores de los cuales no tienen la representanción o como hemos dicho han prescrito su derecho, como pueden avalar el reclamarte derecho alguno.

Y por otro lado, como establecen el reparto de lo recaudado entre los Autores ,si los autores no pueden saberlo hasta que se asocian, o sea, cuando han firmado un compromiso de ceder sus derechos sobre su obra a dichas Entidades.

Sobre este particular, creo que dichas Entidades lo primero deberian hacer,es demostrar que representan a todos los autores, porque si es así, que lo digan claramente, para poder reclamarles ciertos derechos que han cobrado alegando que representan a todos los autores de este Pais, cosa que no es cierta , toda vez,no todos son socios de las Entidades de Gestión , al no ser obligatorio, con lo cual, no sea han beneficiado de los derechos cobrados en nombre de todos los Autores, si no solamente , los que son socios de dichas Entidades.

Por todo ello, os recomiendo busqueis un buen profesional sobre propiedad Intelectual para impugnar llegado el caso, si os llevan a los tribunales.el pago de la referida tasa .Impugnación por otro lado, dificultosa, desconociendo la causa, cuando uno se enfrenta a la Sociedad General de Autores .
Pero la razón y la esperanza en la justicia esta en la lucha
Un saludo y espero haberte ayudado, o a lo menos informado de la situación .
05/03/2010 18:38
A la $GA€, AG€DI, IA€ y toda esa patulea de hijos de mala madre, que pretenden sangrar al ciudadano mediante leyes concedidas a cambio de que los titiriteros le hagan la campaña electoral al politicastro de turno, no hay que "pagarles" hay más bien que PEGARLES:
Fuego a sus sedes, unos tiros en la nuca a los presidentes, una paliza a ellos y a toda su familia...Etc.

A ver si así se enteran de que robar con la connivencia de leyes que atentan contra el pueblo, es aún peor que robar a punta de pistola... Eso sí, luegp el Teddy Bautista se jubila con más de 20000 éuros al mes, como no podía ser de otro modo...
El día en que empiezen a arder sedes de la sgae y a ingresar en las salas de urgencia miembros y representantes apalizados, las cosas cambiaran y mucho...
09/02/2010 11:33
tengo un gimnasio y estoy pagando a AGEDI, tambi´´en tengo que pagar a SGAE?
22/09/2009 16:37
Hola, mi pregunta es la siguiente, tengo una cafeteria(cafe-bar) q no es pub y que no pongo musica, es más no tengo aparatos de musica solo 2 TV con 6 altavoces para q se escuchen en todo el bar.
¿tengo q pagar SGAE y AGEDI? pq ahora los de agedi me mandan cartas para llevarme a juicio los muy &%(/, y la mier## de la SGAE ya la pago.

P.D. No entiendo pq una cafeteria q no pone musica, solo TV y para eso no tengo DIGITAL ni nada solo tengo TDT tenga q pagar esto, yo no me lucro por ello es evidente...... Espero puedan ayudarme gracias.
03/04/2008 23:58
Hola que tal, deberas obtener las correspondientes licencias tal como estableces en el tema de tu post. Con la SGAE, AGEDI, AIE de acuerdo a las tarifas generales que estas establecen. Puedes obtener mas información en:

www.sgae.es
www.agedi.es aunque te cuento que esta no será la mejor página web a la que hayas entrado jajaja
www.aie.es

y de igual forma deben estar colgadas en la página del ministerio de cultura, te adjunto la página aquí:
http://www.mcu.es/propiedadInt/index.html
ahi puedes ver lo relativo a la gestión colectiva (Entidades de gestión y sus tarifas)

Espero te sirva la información
Sgae, agedi, aie
18/01/2008 13:47
Estoy montando un Pub y tengo una duda acerca de las obligaciones que tengo que cumplir para estar en paz con los artistas, productores, etc.
Haber si alguien que conozca el tema me puede informar.
Gracias.