Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

si no es preceptiva la asistencia de abogadoy procurador...

5 Comentarios
 
Si no es preceptiva la asistencia de abogadoy procurador...
17/10/2003 11:20
¿Cómo se celebra la vista?Si la otra parte lleva abogado,puedo yo (no-abogado) preguntar al testigo,¿donde me siento?¿puedo realizar mis conclusiones?¿hasta donde estoy obligada a respetar el rigor procesal?¿Siendo un tema civil,el Juez velará por mi situación de desequilibrio?GRACIAS
17/10/2003 11:49
A qué clase de procedimiento CIVIL te refieres que no es preceptiva la asistencia de abogado y procurador???
17/10/2003 12:03
a un juicio verbal de cuantía inferior a 150.000 ptas. GRACIAS POR ADELANTADO.
24/10/2003 10:23
Soy estudiante de Derecho y me parece tu pregunta lógica aunq creo que es más para el foro de procesal,no obstante en este foro hay gente muy válida y q seguro te podrá ayudar,ten en cuenta estos nombres:Sergio,Vser y sobretodo helpman es gente de la que seguro podrás aprender un montón,siento no haberte podido ayudar.No desesperes.....
24/10/2003 11:24
Estimada luna, en primer lugar señalarte la posibilidad de solicitar abogado de oficio.

Con respecto a tus preguntas,

1.-El rigor procesal dependerá del Juez con el que te "topes". Pero confía en que te eche un" capote"y diriga un poco tus pasos.Puedes perdirselo educadamente.
2.- Te sentarás dónde te indiquen, no te preocupes por eso. No será en el lugar dónde lo haría el abogado, sino donde se situa el demandado.
3.-En primer lugar deberás responder a la demanda que te han interpuesto. Contesta sin miedo y utilizando tus palabras ...olvidate de terminos juridicos...explayate todo lo que quieras y recuerda que si lo deseas puedes pedir por tu parte la practica de pruebas...LLEVAR TUS PROPIOS TESTIGOS, PRESENTAR DOCUMENTOS..ETC.
4.- Haz ver al Juez sin temor que debe guiarte un poco en la tramitación del acto.

5.- Todo lo que tengas que exponer hazlo cuando se te de la palabra para contestar a la demanda, pues en los juicios verbales no hay conclusiones. RECUERDA ESTO ES IMPORTANTE.

6.- Aunque tu no lleves testigos propios, no dudes en preguntar cuando te corresponda...(si no sabes cuando es, sin ningun problema le dices al Juez que te indique cuando puedes preguntar tú). De igual modo, podras tener intervención en el resto de pruebas que se practiquen..si es el caso (por ejem si el demandante presenta en el acto del juicio algun documento y el Juez se lo admite -sólo cabe en determinados supuestos - que te lo enseñen y di lo que opinas.)

Bueno creo que eso es todo
24/10/2003 13:07
Mil gracias Eugem,eres un sol.
si no es preceptiva la asistencia de abogadoy procurador... | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

si no es preceptiva la asistencia de abogadoy procurador...

5 Comentarios
 
Si no es preceptiva la asistencia de abogadoy procurador...
17/10/2003 11:20
¿Cómo se celebra la vista?Si la otra parte lleva abogado,puedo yo (no-abogado) preguntar al testigo,¿donde me siento?¿puedo realizar mis conclusiones?¿hasta donde estoy obligada a respetar el rigor procesal?¿Siendo un tema civil,el Juez velará por mi situación de desequilibrio?GRACIAS
17/10/2003 11:49
A qué clase de procedimiento CIVIL te refieres que no es preceptiva la asistencia de abogado y procurador???
17/10/2003 12:03
a un juicio verbal de cuantía inferior a 150.000 ptas. GRACIAS POR ADELANTADO.
24/10/2003 10:23
Soy estudiante de Derecho y me parece tu pregunta lógica aunq creo que es más para el foro de procesal,no obstante en este foro hay gente muy válida y q seguro te podrá ayudar,ten en cuenta estos nombres:Sergio,Vser y sobretodo helpman es gente de la que seguro podrás aprender un montón,siento no haberte podido ayudar.No desesperes.....
24/10/2003 11:24
Estimada luna, en primer lugar señalarte la posibilidad de solicitar abogado de oficio.

Con respecto a tus preguntas,

1.-El rigor procesal dependerá del Juez con el que te "topes". Pero confía en que te eche un" capote"y diriga un poco tus pasos.Puedes perdirselo educadamente.
2.- Te sentarás dónde te indiquen, no te preocupes por eso. No será en el lugar dónde lo haría el abogado, sino donde se situa el demandado.
3.-En primer lugar deberás responder a la demanda que te han interpuesto. Contesta sin miedo y utilizando tus palabras ...olvidate de terminos juridicos...explayate todo lo que quieras y recuerda que si lo deseas puedes pedir por tu parte la practica de pruebas...LLEVAR TUS PROPIOS TESTIGOS, PRESENTAR DOCUMENTOS..ETC.
4.- Haz ver al Juez sin temor que debe guiarte un poco en la tramitación del acto.

5.- Todo lo que tengas que exponer hazlo cuando se te de la palabra para contestar a la demanda, pues en los juicios verbales no hay conclusiones. RECUERDA ESTO ES IMPORTANTE.

6.- Aunque tu no lleves testigos propios, no dudes en preguntar cuando te corresponda...(si no sabes cuando es, sin ningun problema le dices al Juez que te indique cuando puedes preguntar tú). De igual modo, podras tener intervención en el resto de pruebas que se practiquen..si es el caso (por ejem si el demandante presenta en el acto del juicio algun documento y el Juez se lo admite -sólo cabe en determinados supuestos - que te lo enseñen y di lo que opinas.)

Bueno creo que eso es todo
24/10/2003 13:07
Mil gracias Eugem,eres un sol.