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Silencio administrativo en declaración de la renta

1 Comentarios
 
Silencio administrativo en declaración de la renta
21/05/2019 09:06
Hola!

El año pasado no hice la declaración y en diciembre recibí una notificación que me decía que estaba obligado a realizarla. Fui al registro y solicité que me la hicieran ellos (Agencia Tributaria).

Han pasado 5 meses y todavía no he recibido la resolución. Investigando por la web he visto esto:

"Cuál es el plazo de resolución y cómo ha de interpretarse el silencio administrativo?

El plazo de resolución es de seis meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud en el Registro. Si la verificación no hubiera finalizado en ese plazo, o no se hubiera dictado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo."

Ayer me llegó una notificación de la aplicación de la Agencia Tributaria avisandomé de que voy a recibir una notificación. Mi pregunta es si puedo ausentarme de casa para que el cartero no me la entregue y así ganar tiempo para llegar los seis meses? O la resulución estará hecha y el que la reciba más tarde no influirá en el proceso?

A ver me explico, estoy sin trabajo y no puedo hacer frente a la situación. Si pudiera pagaría con mucho gusto.

Muchas gracias y un saludo
21/05/2019 10:19
ernos26
No te servirá de nada. El silencio administrativo afectaría a tu demanda, que sería rechazada (que entiendo que no es lo que te interesa, además, ya que sería simplemente como si no hubieras solicitado nada y desoido su requerimiento), pero en absoluto y en ningún caso a tus obligaciones fiscales que tienen un plazo de prescripción de 4 años.
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Silencio administrativo en declaración de la renta
21/05/2019 09:06
Hola!

El año pasado no hice la declaración y en diciembre recibí una notificación que me decía que estaba obligado a realizarla. Fui al registro y solicité que me la hicieran ellos (Agencia Tributaria).

Han pasado 5 meses y todavía no he recibido la resolución. Investigando por la web he visto esto:

"Cuál es el plazo de resolución y cómo ha de interpretarse el silencio administrativo?

El plazo de resolución es de seis meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud en el Registro. Si la verificación no hubiera finalizado en ese plazo, o no se hubiera dictado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo."

Ayer me llegó una notificación de la aplicación de la Agencia Tributaria avisandomé de que voy a recibir una notificación. Mi pregunta es si puedo ausentarme de casa para que el cartero no me la entregue y así ganar tiempo para llegar los seis meses? O la resulución estará hecha y el que la reciba más tarde no influirá en el proceso?

A ver me explico, estoy sin trabajo y no puedo hacer frente a la situación. Si pudiera pagaría con mucho gusto.

Muchas gracias y un saludo
21/05/2019 10:19
ernos26
No te servirá de nada. El silencio administrativo afectaría a tu demanda, que sería rechazada (que entiendo que no es lo que te interesa, además, ya que sería simplemente como si no hubieras solicitado nada y desoido su requerimiento), pero en absoluto y en ningún caso a tus obligaciones fiscales que tienen un plazo de prescripción de 4 años.