Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

silencio administrativo y obligacion de resolver

9 Comentarios
 
Silencio administrativo y obligacion de resolver
24/10/2006 12:44
Hola a todos, me gustaría saber si se puede instar a la administratición a que resuelva in recurso e reposición. Dicho recurso debe entenderse desestimado por silencio administrativo pero si se resuelve se reanudaría el plazo para el contencioso, no es así?
Gracias
24/10/2006 12:52
Si lo que buscas es poder ir al contencioso, creo que te basta con la desestimación presunta.
24/10/2006 18:28
Lo se, raquelilla, el problema es que no estoy en plazo y una resolución expresa lo reanudaría, no?
24/10/2006 19:35
Lo reanudaría a un plazo nuevo de 2 meses ( para resoluciones expresas). El problema es conseguir que te contesten, algunas administraciones suelen olvidar en un rincón estas solicitudes; no es por desanimarte. De todas formas, si lo intentas no pierdes nada.
24/10/2006 19:39
Gracias, clama.Y como lo pido? Hago un escrito solicitando la resolución expresa? La administración podría alegar en cia contenciosa que el recurso se no se interpuso en plazo y que se soilicitó la resolución expresa para recurrir ?
25/10/2006 08:54
La Administración está, en cualquier procedimiento, obligada a dictar resolución, con lo que esa alegación por parte de la misma no creo que llegase demasiado lejos.

La cosa está entonces en conseguir que te contesten y desde luego tienes que solicitarlo por escrito.
25/10/2006 14:07
Interponlo ya. Pondria la mano en el fuego a que no te acusaron recibo de tu rec. de reposicion, señalandote que transcurrido 1 mes se entenderia desestimado y q tendrias 6 meses para acudir a la Jurisdiccion. Si es asi, no podran oponerte inadmisibilidad por extemporaneo, ya que se sustentaria en la falta de diligencia de la Admon tanto en resolver la reposicion como en comunicarte aquellos plazos. hay doctrina del TC al respecto de 2006, y el art. 46.1 de la LJCA esta con varias cuestiones de inconstitucionalidad pendientes, en cuanto a plazo para acudir a la Jurisdiccion contra desestimaciones presuntas, si no recuerdo mal.
25/10/2006 17:43
Hola reposición, gracias por tu ayuda. Pues no se si acusaron recibo porque no lo hice yo pero,como tu dices, pondría la mano en el fuego a que no lo hicieron.
POr lo que decís creo que merece la pena intentarlo, no hay nada que perder.
25/10/2006 21:04
Hola, reposición, clama y otros

me podeis contestar mis dudads que he expusesto más arriba en otro mensaje con el título ampliación recurso contencioso???

veo que estais al caso del procedimiento
02/11/2006 21:42
hay que instar al admon. para que resuelva, previniendo del contenido del artículo 43.7 de la Ley 30/1992 (responsabilidad personal del encargado de resolver). Siempre que lo he hecho me han contestado.

Reposición, ¿podrías pasarme la sentencia del TC? mi mail es buadesandres@hotmail.com
MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO
silencio administrativo y obligacion de resolver | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

silencio administrativo y obligacion de resolver

9 Comentarios
 
Silencio administrativo y obligacion de resolver
24/10/2006 12:44
Hola a todos, me gustaría saber si se puede instar a la administratición a que resuelva in recurso e reposición. Dicho recurso debe entenderse desestimado por silencio administrativo pero si se resuelve se reanudaría el plazo para el contencioso, no es así?
Gracias
24/10/2006 12:52
Si lo que buscas es poder ir al contencioso, creo que te basta con la desestimación presunta.
24/10/2006 18:28
Lo se, raquelilla, el problema es que no estoy en plazo y una resolución expresa lo reanudaría, no?
24/10/2006 19:35
Lo reanudaría a un plazo nuevo de 2 meses ( para resoluciones expresas). El problema es conseguir que te contesten, algunas administraciones suelen olvidar en un rincón estas solicitudes; no es por desanimarte. De todas formas, si lo intentas no pierdes nada.
24/10/2006 19:39
Gracias, clama.Y como lo pido? Hago un escrito solicitando la resolución expresa? La administración podría alegar en cia contenciosa que el recurso se no se interpuso en plazo y que se soilicitó la resolución expresa para recurrir ?
25/10/2006 08:54
La Administración está, en cualquier procedimiento, obligada a dictar resolución, con lo que esa alegación por parte de la misma no creo que llegase demasiado lejos.

La cosa está entonces en conseguir que te contesten y desde luego tienes que solicitarlo por escrito.
25/10/2006 14:07
Interponlo ya. Pondria la mano en el fuego a que no te acusaron recibo de tu rec. de reposicion, señalandote que transcurrido 1 mes se entenderia desestimado y q tendrias 6 meses para acudir a la Jurisdiccion. Si es asi, no podran oponerte inadmisibilidad por extemporaneo, ya que se sustentaria en la falta de diligencia de la Admon tanto en resolver la reposicion como en comunicarte aquellos plazos. hay doctrina del TC al respecto de 2006, y el art. 46.1 de la LJCA esta con varias cuestiones de inconstitucionalidad pendientes, en cuanto a plazo para acudir a la Jurisdiccion contra desestimaciones presuntas, si no recuerdo mal.
25/10/2006 17:43
Hola reposición, gracias por tu ayuda. Pues no se si acusaron recibo porque no lo hice yo pero,como tu dices, pondría la mano en el fuego a que no lo hicieron.
POr lo que decís creo que merece la pena intentarlo, no hay nada que perder.
25/10/2006 21:04
Hola, reposición, clama y otros

me podeis contestar mis dudads que he expusesto más arriba en otro mensaje con el título ampliación recurso contencioso???

veo que estais al caso del procedimiento
02/11/2006 21:42
hay que instar al admon. para que resuelva, previniendo del contenido del artículo 43.7 de la Ley 30/1992 (responsabilidad personal del encargado de resolver). Siempre que lo he hecho me han contestado.

Reposición, ¿podrías pasarme la sentencia del TC? mi mail es buadesandres@hotmail.com
MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO