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Sin contrado firmado y embarazada

2 Comentarios
 
Sin contrado firmado y embarazada
06/05/2014 22:01
Hola, comencé a trabajar en diciembre de 2013 en una tienda textil, mi contrato es eventual por circunstancias de la producción a tiempo parcial ( 30 horas semanales). Inicialmente mi contrato era de 4 meses y el contrato me lo proporcionaron tres meses y algo más tarde tarde instándome a firmarlo con la fecha de diciembre. La renovación del contrato era en abril, pero de nuevo no me proporcionan el contrato, la cuestión es que me he quedado embarazada y en el primer contrato firme ( aún sabiendo que legalmente mi contrato pasaba a ser indefinido por fallo de la empresa) por miedo al despido, pero en este caso al estar embarazada sin contrato firmado entiendo que soy fija (aunque sea por error de la empresa) y por ende me negare a firmar el contrato temporal que me entreguen, ya que ante el despido alegaré la situación de embarazo y sería nulo el despido.
He ido al Servicio Andaluz de Empleo y mi primer y único contrato se registro después de su finalización, me han mantenido en alta en SS desde el inicio de mi relación laboral sin darme de baja en ningún momento ( aún habiendo terminado mi contrato). He puesto en conocimiento de la autoridad laboral ITySS mi situación. ¿Cree que negarme a firmar un contrato temporal sería lo correcto? ¿Es que no sé fijo como hacerlo, que considerarían ustedes que es lo adecuado? Es que no sé realmente si estoy en lo cierto o a lo mejor me estoy confundiendo.
Un saludo, y muchas gracias de antemano
07/05/2014 11:05
Hola amart,
son varias las cuestiones que se derivan de tu consulta.
Por un lado, si finalizada la duración pactada de un contrato temporal no hay denuncia de ninguna de las partes respecto del fin del término (como ha sido tu caso), el contrato se entiende renovado hasta el máximo de la duración permitida por la Ley (6 meses con carácter general, ampliable hasta 12 meses por convenio colectivo). Es decir, si el contrato finalizaba en abril y sigues trabajando se entiende renovado hasta junio, o, si el convenio lo prevé, hasta diciembre de este año, pero no se transforma en indefinido.
Por otro lado, al tratarse de un contrato a tiempo parcial el ET exige que se realice por escrito, pues de lo contrario se presume indefinido y a jornada completa, salvo que la empresa acredite el carácter temporal y la naturaleza a tiempo parcial de los servicios. Al haberse firmado el contrato, aunque tarde, entiendo que se destruye esta presunción, por lo que el contrato realmente no se ha transformado en indefinido.
El hecho de que ahora no hayas firmado otro contrato no tiene consecuencias directas para tí (en mi opinión, da igual si lo firmas o no cuando te lo presenten), pues como dije se considera renovado el anterior (en las mismas condiciones de jornada, horario, salario, etc.). Sólo habría, en su caso, un incumplimiento de la empresa de no comunicar la renovación del contrato al SEPE que sería sancionable por la Inspección de Trabajo.
Por último, si llegado el fin del término de la renovación (junio o diciembre) sigues trabajando sí habría transformación del contrato en indefinido, pues ya se habría alcanzado la duración máxima; y si, en cambio, no te renuevan por estar embarazada puedes denunciar a la empresa y conseguirás la nulidad del despido.
Un saludo.
07/05/2014 23:44
Muchísimas gracias por su respuesta. Me ha quedado todo clarísimo. Un saludo
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06/05/2014 22:01
Hola, comencé a trabajar en diciembre de 2013 en una tienda textil, mi contrato es eventual por circunstancias de la producción a tiempo parcial ( 30 horas semanales). Inicialmente mi contrato era de 4 meses y el contrato me lo proporcionaron tres meses y algo más tarde tarde instándome a firmarlo con la fecha de diciembre. La renovación del contrato era en abril, pero de nuevo no me proporcionan el contrato, la cuestión es que me he quedado embarazada y en el primer contrato firme ( aún sabiendo que legalmente mi contrato pasaba a ser indefinido por fallo de la empresa) por miedo al despido, pero en este caso al estar embarazada sin contrato firmado entiendo que soy fija (aunque sea por error de la empresa) y por ende me negare a firmar el contrato temporal que me entreguen, ya que ante el despido alegaré la situación de embarazo y sería nulo el despido.
He ido al Servicio Andaluz de Empleo y mi primer y único contrato se registro después de su finalización, me han mantenido en alta en SS desde el inicio de mi relación laboral sin darme de baja en ningún momento ( aún habiendo terminado mi contrato). He puesto en conocimiento de la autoridad laboral ITySS mi situación. ¿Cree que negarme a firmar un contrato temporal sería lo correcto? ¿Es que no sé fijo como hacerlo, que considerarían ustedes que es lo adecuado? Es que no sé realmente si estoy en lo cierto o a lo mejor me estoy confundiendo.
Un saludo, y muchas gracias de antemano
07/05/2014 11:05
Hola amart,
son varias las cuestiones que se derivan de tu consulta.
Por un lado, si finalizada la duración pactada de un contrato temporal no hay denuncia de ninguna de las partes respecto del fin del término (como ha sido tu caso), el contrato se entiende renovado hasta el máximo de la duración permitida por la Ley (6 meses con carácter general, ampliable hasta 12 meses por convenio colectivo). Es decir, si el contrato finalizaba en abril y sigues trabajando se entiende renovado hasta junio, o, si el convenio lo prevé, hasta diciembre de este año, pero no se transforma en indefinido.
Por otro lado, al tratarse de un contrato a tiempo parcial el ET exige que se realice por escrito, pues de lo contrario se presume indefinido y a jornada completa, salvo que la empresa acredite el carácter temporal y la naturaleza a tiempo parcial de los servicios. Al haberse firmado el contrato, aunque tarde, entiendo que se destruye esta presunción, por lo que el contrato realmente no se ha transformado en indefinido.
El hecho de que ahora no hayas firmado otro contrato no tiene consecuencias directas para tí (en mi opinión, da igual si lo firmas o no cuando te lo presenten), pues como dije se considera renovado el anterior (en las mismas condiciones de jornada, horario, salario, etc.). Sólo habría, en su caso, un incumplimiento de la empresa de no comunicar la renovación del contrato al SEPE que sería sancionable por la Inspección de Trabajo.
Por último, si llegado el fin del término de la renovación (junio o diciembre) sigues trabajando sí habría transformación del contrato en indefinido, pues ya se habría alcanzado la duración máxima; y si, en cambio, no te renuevan por estar embarazada puedes denunciar a la empresa y conseguirás la nulidad del despido.
Un saludo.
07/05/2014 23:44
Muchísimas gracias por su respuesta. Me ha quedado todo clarísimo. Un saludo