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SL al 50% inviable

7 Comentarios
 
Sl al 50% inviable
01/08/2006 09:47
Tengo una empresa con otro socio en la que cada uno tenemos el 50%.Hasta hace un año y medio éramos administradores mancomunados. En una junta me echa de administrador y desde entonces él hace y deshace sin que yo pueda ni siquiera entrar en la nave (ya que estoy amenazado de muerte si me acerco). Además de esto estoy avalando la compra de la nave, o sea que estoy vendido y no sé que hacer.
¿Es posible la disolución de la sociedad?
Necesito ayuda, estoy desesperado.
01/08/2006 13:22
Acuda al Juzgado a solicitar la disolución de la sociedad, para lo cual le aconsejo se asesore por un abogado de su confianza.
03/08/2006 10:27
¿Abogado de mi confianza?No sé. En la junta que me echaron no estaba yo, ya que así lo pidió el abogado de la parte contraria, o sea, que asistió el mio en mi representación (fue una junta de abogados y no de socios), pero este nunca llegó a ver el acta donde me excluían, ya que se fue de la junta antes de que finalizara.
Visto lo bien que lo había hecho este señor, contraté otro abogado para que impugnara el acta. Así lo hizo, pero antes de la impugnación, me dijo que donara a mi ex mujer mis participaciones de la empresa, con lo cual perdió el juicio en lo mercantil por falta de legitimación, apeló y volvió a perder.
Como es obvio, prescindí de sus servicios.
Así que ahora, ¿qué tengo que alegar para pedir la disolución?(Las participaciones me han sido revertidas por mi ex mujer)
03/08/2006 12:20
Son causas de disolución las recogidas en al art. 104 de la LSRL, a saber:
1.- El cumplimiento del término fijado en los estatutos
2.- Por acuerdo de la Junta Gral adoptado con los requisitos y la mayoría establecidos para la modificación de los estatutos
3.- Por la conclusión de la empresa q constituya el objeto, la imposibilidad manifiesta de conseguir el fin social, o la paralización de los órganos sociales de modo q resulte imposible su funcionamiento.
4.- Por falta de actividad del objeto social por tres años seguidos
5.- Por pérdidas q dejen el patrimonio contable en menos de la mitad del capital social y a no ser q se reduczca o aumente lo suficiente
6.- Por reducción del capital social por debajo del mínimo legal
7.- Por cualquier otra causa establecida en los estatutos
Tb tenga en cta la posibilidad de convocar una Junta Gral si cuenta con al menos el 5% del capital social, ya sea por medio de petición a los administradores o por medio del juzgado.
Lamento lo q le ha pasado y no poder serle de mas ayuda, pero comprenda q por aqui y sin conocer los detalles del asunto, difícilmente se puede hacer mucho mas. Suerte¡
06/08/2006 03:47
Hola, CHAS.
Poco que añadir a lo ya apuntado por AC37.
Si en los Estatutos se indica que el administrador sí ha de ser socio, y si además se diera la circunstancia de que quien ahora ejerce como administrador estuviera en alguna de las circunstancias de prohibición o incompatibilidad ... pues por ese lado también podrías tener opción.
En todo caso, mi recomendación es que te informes antes de ponerte en manos de cualquier abogado que no esté especializado en temas mercantiles (e incluso penales -mencionas un tema de las amenazas-).
Un saludo y suerte.

09/11/2006 14:31
Hola:
Después de estos meses, de pelea jurídica, y en los cuales me he enterado al fin de como este señor me cesó de administrador (mediante una falsificación del acta de la junta general, ya que él no tiene más del 50%). Por esto le he puesto una querella criminal por falsedad en documento mercantil.
La duda que tengo es ¿no es posible que yo pueda entrar en la empresa de alguna forma legal?Quiero saber como va el negocio. No me presenta ningún libro contable y se basa en que no aprueba las cuentas. Tampoco puedo ver el libro de socios y él dice que ya no lo soy ¿cómo es posible que no lo sea, si no he vendido mis participaciones?No me entero de como va el negocio y soy el único avalista de la sociedad, ya que soy el único que tiene patrimonio.
Por favor, echadme un cabo.
Gracias
10/11/2006 10:04
Chas, como bien dice ac37, lo mejor es que acudas a un abogado especializado en mercantil, hay algunos muy buenos, pero para tu tranquilidad, no es posible que no seas socio de la empresa, la venta de participaciones tiene que ser ante notario con presencia física del vendedor o bien mediante poder notarial emitido por el vendedor a una tercera persona. Otra cosa es que el capital social de la empresa se haya incrementado y tu participación sea menor del 50%.
19/11/2006 17:55
Imprescindible abogado. Reltire sus avales y proteja su patrimonio. Parece que avala a su enemigo.
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01/08/2006 09:47
Tengo una empresa con otro socio en la que cada uno tenemos el 50%.Hasta hace un año y medio éramos administradores mancomunados. En una junta me echa de administrador y desde entonces él hace y deshace sin que yo pueda ni siquiera entrar en la nave (ya que estoy amenazado de muerte si me acerco). Además de esto estoy avalando la compra de la nave, o sea que estoy vendido y no sé que hacer.
¿Es posible la disolución de la sociedad?
Necesito ayuda, estoy desesperado.
01/08/2006 13:22
Acuda al Juzgado a solicitar la disolución de la sociedad, para lo cual le aconsejo se asesore por un abogado de su confianza.
03/08/2006 10:27
¿Abogado de mi confianza?No sé. En la junta que me echaron no estaba yo, ya que así lo pidió el abogado de la parte contraria, o sea, que asistió el mio en mi representación (fue una junta de abogados y no de socios), pero este nunca llegó a ver el acta donde me excluían, ya que se fue de la junta antes de que finalizara.
Visto lo bien que lo había hecho este señor, contraté otro abogado para que impugnara el acta. Así lo hizo, pero antes de la impugnación, me dijo que donara a mi ex mujer mis participaciones de la empresa, con lo cual perdió el juicio en lo mercantil por falta de legitimación, apeló y volvió a perder.
Como es obvio, prescindí de sus servicios.
Así que ahora, ¿qué tengo que alegar para pedir la disolución?(Las participaciones me han sido revertidas por mi ex mujer)
03/08/2006 12:20
Son causas de disolución las recogidas en al art. 104 de la LSRL, a saber:
1.- El cumplimiento del término fijado en los estatutos
2.- Por acuerdo de la Junta Gral adoptado con los requisitos y la mayoría establecidos para la modificación de los estatutos
3.- Por la conclusión de la empresa q constituya el objeto, la imposibilidad manifiesta de conseguir el fin social, o la paralización de los órganos sociales de modo q resulte imposible su funcionamiento.
4.- Por falta de actividad del objeto social por tres años seguidos
5.- Por pérdidas q dejen el patrimonio contable en menos de la mitad del capital social y a no ser q se reduczca o aumente lo suficiente
6.- Por reducción del capital social por debajo del mínimo legal
7.- Por cualquier otra causa establecida en los estatutos
Tb tenga en cta la posibilidad de convocar una Junta Gral si cuenta con al menos el 5% del capital social, ya sea por medio de petición a los administradores o por medio del juzgado.
Lamento lo q le ha pasado y no poder serle de mas ayuda, pero comprenda q por aqui y sin conocer los detalles del asunto, difícilmente se puede hacer mucho mas. Suerte¡
06/08/2006 03:47
Hola, CHAS.
Poco que añadir a lo ya apuntado por AC37.
Si en los Estatutos se indica que el administrador sí ha de ser socio, y si además se diera la circunstancia de que quien ahora ejerce como administrador estuviera en alguna de las circunstancias de prohibición o incompatibilidad ... pues por ese lado también podrías tener opción.
En todo caso, mi recomendación es que te informes antes de ponerte en manos de cualquier abogado que no esté especializado en temas mercantiles (e incluso penales -mencionas un tema de las amenazas-).
Un saludo y suerte.

09/11/2006 14:31
Hola:
Después de estos meses, de pelea jurídica, y en los cuales me he enterado al fin de como este señor me cesó de administrador (mediante una falsificación del acta de la junta general, ya que él no tiene más del 50%). Por esto le he puesto una querella criminal por falsedad en documento mercantil.
La duda que tengo es ¿no es posible que yo pueda entrar en la empresa de alguna forma legal?Quiero saber como va el negocio. No me presenta ningún libro contable y se basa en que no aprueba las cuentas. Tampoco puedo ver el libro de socios y él dice que ya no lo soy ¿cómo es posible que no lo sea, si no he vendido mis participaciones?No me entero de como va el negocio y soy el único avalista de la sociedad, ya que soy el único que tiene patrimonio.
Por favor, echadme un cabo.
Gracias
10/11/2006 10:04
Chas, como bien dice ac37, lo mejor es que acudas a un abogado especializado en mercantil, hay algunos muy buenos, pero para tu tranquilidad, no es posible que no seas socio de la empresa, la venta de participaciones tiene que ser ante notario con presencia física del vendedor o bien mediante poder notarial emitido por el vendedor a una tercera persona. Otra cosa es que el capital social de la empresa se haya incrementado y tu participación sea menor del 50%.
19/11/2006 17:55
Imprescindible abogado. Reltire sus avales y proteja su patrimonio. Parece que avala a su enemigo.