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SL o SLP?

2 Comentarios
 
Sl o slp?
19/04/2016 09:13
Soy autónoma, y voy a constituir una SL de la cual seré socia única, administradora y sólo trabajaré yo. Soy traductora y agente de la propiedad industrial sin colegiar (no es obligatorio para ejercer). En las actividades de la sociedad pondré traducción, asesoramiento en propiedad industrial y servicios jurídicos (estos los subcontrataré). No consigo que nadie me aclare si he de hacer SLP O si puedo tranquilamente hacer una SLU. Gracias de antemano por vuestra ayuda!
19/04/2016 10:07
Buenos días,

El concepto de sociedad patrimonial se utiliza hoy en día de manera amplia para referirse a las entidades que se dedican exclusivamente a la gestión de bienes, es decir, no realizan una actividad económica en sí. Son muchos los contribuyentes que deciden administrar su patrimonio de este modo, especialmente cuando éste tiene un valor elevado.

No obstante, cabe aclarar que una sociedad patrimonial no existe de forma diferenciada desde el punto de vista mercantil, sino que es una sociedad de capital constituida de forma usual en la que se cumplen las condiciones anteriores.

Por tanto, en mi opinión, la forma jurídica de tu sociedad puede ser perfectamente SLU, y puesto que en su objeto indicarás las actividades a realizar, no tendrá la consideración de SLP puesto que no cumple las condiciones (mejor para ti, además, ya que hoy día la tributación de las SLP no tiene nada de beneficiosa, antes era distinto...., pero ahora ya no)

En cualquier caso, si necesitas ayuda, puedes contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es

Mucha suerte con tu proyecto y un saludo
19/04/2016 19:32
Yo también estoy interesado en esta consulta, pero para el gremio de los Odontólogos ( que si que están colegiados).

Cuando Monique04 dice SLP creo que quiere referirse a SL Profesional, y no Patrimonial....

El tema es qué de perjudicial puede tener hacerse una SL Profesional, en cuestión de responsabilidades, porque he leido por ahi que la SLP tiene que tener un seguro de responsabilidad civil.
SL o SLP? | PorticoLegal
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SL o SLP?

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Sl o slp?
19/04/2016 09:13
Soy autónoma, y voy a constituir una SL de la cual seré socia única, administradora y sólo trabajaré yo. Soy traductora y agente de la propiedad industrial sin colegiar (no es obligatorio para ejercer). En las actividades de la sociedad pondré traducción, asesoramiento en propiedad industrial y servicios jurídicos (estos los subcontrataré). No consigo que nadie me aclare si he de hacer SLP O si puedo tranquilamente hacer una SLU. Gracias de antemano por vuestra ayuda!
19/04/2016 10:07
Buenos días,

El concepto de sociedad patrimonial se utiliza hoy en día de manera amplia para referirse a las entidades que se dedican exclusivamente a la gestión de bienes, es decir, no realizan una actividad económica en sí. Son muchos los contribuyentes que deciden administrar su patrimonio de este modo, especialmente cuando éste tiene un valor elevado.

No obstante, cabe aclarar que una sociedad patrimonial no existe de forma diferenciada desde el punto de vista mercantil, sino que es una sociedad de capital constituida de forma usual en la que se cumplen las condiciones anteriores.

Por tanto, en mi opinión, la forma jurídica de tu sociedad puede ser perfectamente SLU, y puesto que en su objeto indicarás las actividades a realizar, no tendrá la consideración de SLP puesto que no cumple las condiciones (mejor para ti, además, ya que hoy día la tributación de las SLP no tiene nada de beneficiosa, antes era distinto...., pero ahora ya no)

En cualquier caso, si necesitas ayuda, puedes contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es

Mucha suerte con tu proyecto y un saludo
19/04/2016 19:32
Yo también estoy interesado en esta consulta, pero para el gremio de los Odontólogos ( que si que están colegiados).

Cuando Monique04 dice SLP creo que quiere referirse a SL Profesional, y no Patrimonial....

El tema es qué de perjudicial puede tener hacerse una SL Profesional, en cuestión de responsabilidades, porque he leido por ahi que la SLP tiene que tener un seguro de responsabilidad civil.