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sobre derecho de retracto

2 Comentarios
 
Sobre derecho de retracto
05/05/2009 23:51
buenas noches: mi consulta es la siguiente.
tengo un terreno ¿mi derecho de retracto siempre lo podré exigir sobre el precio de escritura de mi colindante?Hablamos de las trastiendas de las notarias, es decir, "B".
Deseo saber la prescripción que existe sobre dicho tema, es decir que yo no me llegue a enterar de la venta de mi vecino.
Ruego me respondais, nadie me lo aclara. Gracias y un saludo.
07/05/2009 09:46
Es siempre sobre el precio escriturado.
Se han dado casos, de que en la compra-venta y a sabiendas de que existía el riesgo de que un tercero ejerciera el derecho de retracto, se ha escriturado por el doble del valor real de venta.

Un saludo.
07/05/2009 17:56
El plazo caduca a los nueve días desde la inscripción de la venta en el Registro y en su defecto desde la fecha en que se conoció la enajenación por parte de quien pretenda ejercitar el derecho de retracto. Pasados los nueve días desde la inscripción, olvídate, ya no tienes derecho.
Por cierto, ¿te has asegurado de que tienes derecho a retracto? el retracto de colindantes es un derecho muy limitado, en contra de la creencia popular.
Un saludo
sobre derecho de retracto | PorticoLegal
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Sobre derecho de retracto
05/05/2009 23:51
buenas noches: mi consulta es la siguiente.
tengo un terreno ¿mi derecho de retracto siempre lo podré exigir sobre el precio de escritura de mi colindante?Hablamos de las trastiendas de las notarias, es decir, "B".
Deseo saber la prescripción que existe sobre dicho tema, es decir que yo no me llegue a enterar de la venta de mi vecino.
Ruego me respondais, nadie me lo aclara. Gracias y un saludo.
07/05/2009 09:46
Es siempre sobre el precio escriturado.
Se han dado casos, de que en la compra-venta y a sabiendas de que existía el riesgo de que un tercero ejerciera el derecho de retracto, se ha escriturado por el doble del valor real de venta.

Un saludo.
07/05/2009 17:56
El plazo caduca a los nueve días desde la inscripción de la venta en el Registro y en su defecto desde la fecha en que se conoció la enajenación por parte de quien pretenda ejercitar el derecho de retracto. Pasados los nueve días desde la inscripción, olvídate, ya no tienes derecho.
Por cierto, ¿te has asegurado de que tienes derecho a retracto? el retracto de colindantes es un derecho muy limitado, en contra de la creencia popular.
Un saludo