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Sobre el artículo 14 del III apartado de la Ley de propiedad intelectual

4 Comentarios
 
Sobre el artículo 14 del iii apartado de la ley de propiedad intelectual
20/10/2010 19:12
Buenas tardes,

Soy socio de un joven y pequeño estudio de diseño gráfico y lo que ocurre es que en una revista semanal que tiene una tirada de casi 5000 ejemplares llevan publicando en momentos puntuales, y porque nuestros clientes lo contratan, trabajos que realizamos en nuestro estudio. La cuestión es que cada una de las veces que lo han hecho han eliminado cosas. El año pasado en dos anuncios para prensa eliminaron partes del logotipo y en un cartel un margen blanco de casi 20 mm. que dejamos por cada lado y por lo cual la composición se vio afectada. Les avisamos cada una de las veces diciéndoles que no lo hiciesen y después de ver lo que habían hecho con el cartel les enviamos un mail en el que les adjuntamos los archivos tal cual tenían que ir impresos y el artículo 14 del III Apartado de la Ley de propiedad intelectual, haciendo especial hincapié en el punto 4 (Exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier deformación, modificación…). Pensábamos que con esto sería suficiente y que no lo volverían a hacer ya que les dijimos que la próxima vez que hiciesen algo así un abogado se pondría en contacto con ellos. Pues bien, hace cosa de dos semanas volvieron a modificar otros dos trabajos nuestros que aparecían en un anuncio que ocupaba toda la contraportada. Se trata de un logotipo al que le eliminaron una parte, cambiaron la composición y cambiaron de color y una tarjeta de fidelidad al que quitaron texto viéndose afectada la composición.

Nosotros entendemos, según lo que pone en el artículo 14 del III Apartado de la Ley de Propiedad Intelectual que nadie puede modificar nuestro trabajo a menos que lo soliciten y nosotros demos el visto bueno. Ni el cliente (que ha pagado por el proyecto) ni la revista (aunque el cliente se lo haya pedido -que no es el caso-) ya que los derechos de autor y propiedad intelectual nos pertenecen. Lo que han hecho supone un perjuicio a nuestros intereses. ¿En caso de que decidamos interponer una denuncia que posibilidades creéis que tenemos de ganar? Un amigo abogado al que consultamos ayer nos dijo que la revista se puede lavar las manos y que puede decir que si el cliente no ha dicho nada no tenemos nada que decir. También dijo que una vez que el cliente paga puede hacer con el trabajo lo que quiera pero yo entiendo que no es así por lo expuesto anteriormente.

Un saludo y gracias de antemano,

Renda.
22/10/2010 19:52
Buenas tardes de nuevo,

¿Alguien podría echarme una mano, por favor?

Gracias de nuevo.


Redna.
23/10/2010 14:51
Estimado Redna,

acabo de leer tu mensaje,

efectivamente el derecho moral nunca se cede, nadie puede adulterar sustancialmente tu obra.

La autoría, paternidad de la obra, el acceso al ejemplar único y el derecho de transformación es un derecho moral siempre reservado al autor, únicamente son cedibles los derechos patrimoniales (reproducción, distribución y comunicación pública), pero el respeto a la integridad de la obra es inherente al derecho de propiedad intelectual del autor.

En este caso Redna, lo habitual es redactar y enviarle un requerimiento a través de algún bufete o abogado haciéndole saber e informando de vuestros derechos como autores y de las limitaciones de ellos.

Espero haber atendido tu consulta, también disponemos de la web www.soyautor.es y www.elregistrodemimarca.com para cualquier duda de este tipo y cualquiera que puedas tener.

un abrazo y a tu entera disposición

Pablo

Pablo CASTELLS (Abogado) / PCP ABOGADOS
Copyright – Marcas – Nuevas tecnologías
tel. 0034 93 519 81 95 0034 93 519 81 95
pcastells@pcpabogados.com
www.pcpabogados.com
www.elregistrodemimarca.es
www.soyautor.es
24/10/2010 13:39
Buenos días Pablo,

Muchísimas gracias por tu respuesta. Es lo que pensábamos desde un primer momento: el trabajo lo hemos realizado nosotros y nadie puede modificarlo sin nuestro consentimiento. Como ya comentaba en el primer mensaje en diciembre del año pasado se lo expusimos vía mail pero lo mejor será enviar el requerimiento a través de un bufete. Podemos pedir daños y perjuicios por las modificaciones que han realizado hasta ahora? Y si una vez enviado el requerimiento lo vuelven a hacer?

Un saludo y gracias de nuevo Pablo,


Redna.
24/10/2010 18:49
Redna,

lo mejor es que adjuntéis a mi correo electrónico los mails que le habéis dirigido para así estudiar mejor el tema.

Mencionaremos en el requerimiento su contenido y les emplazaremos, si lo creéis conveniente, para que se pongan en contacto con nosotros para comentar el asunto.

Efectivamente se puede pedir una compensación económica por los daños causados aunque habría que acreditarlos.

El requerimiento se envía por burofax y eso acredita una fecha de envío y de recepción del texto enviado. Si insisten en su actuación se puede iniciar un procedimiento judicial reclamando una indemnización.

un saludo y si quieres durante la semana que viene puedes llamarnos y así comentar el tema,


Pablo CASTELLS (Abogado) / PCP ABOGADOS
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Sobre el artículo 14 del III apartado de la Ley de propiedad intelectual

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Sobre el artículo 14 del iii apartado de la ley de propiedad intelectual
20/10/2010 19:12
Buenas tardes,

Soy socio de un joven y pequeño estudio de diseño gráfico y lo que ocurre es que en una revista semanal que tiene una tirada de casi 5000 ejemplares llevan publicando en momentos puntuales, y porque nuestros clientes lo contratan, trabajos que realizamos en nuestro estudio. La cuestión es que cada una de las veces que lo han hecho han eliminado cosas. El año pasado en dos anuncios para prensa eliminaron partes del logotipo y en un cartel un margen blanco de casi 20 mm. que dejamos por cada lado y por lo cual la composición se vio afectada. Les avisamos cada una de las veces diciéndoles que no lo hiciesen y después de ver lo que habían hecho con el cartel les enviamos un mail en el que les adjuntamos los archivos tal cual tenían que ir impresos y el artículo 14 del III Apartado de la Ley de propiedad intelectual, haciendo especial hincapié en el punto 4 (Exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier deformación, modificación…). Pensábamos que con esto sería suficiente y que no lo volverían a hacer ya que les dijimos que la próxima vez que hiciesen algo así un abogado se pondría en contacto con ellos. Pues bien, hace cosa de dos semanas volvieron a modificar otros dos trabajos nuestros que aparecían en un anuncio que ocupaba toda la contraportada. Se trata de un logotipo al que le eliminaron una parte, cambiaron la composición y cambiaron de color y una tarjeta de fidelidad al que quitaron texto viéndose afectada la composición.

Nosotros entendemos, según lo que pone en el artículo 14 del III Apartado de la Ley de Propiedad Intelectual que nadie puede modificar nuestro trabajo a menos que lo soliciten y nosotros demos el visto bueno. Ni el cliente (que ha pagado por el proyecto) ni la revista (aunque el cliente se lo haya pedido -que no es el caso-) ya que los derechos de autor y propiedad intelectual nos pertenecen. Lo que han hecho supone un perjuicio a nuestros intereses. ¿En caso de que decidamos interponer una denuncia que posibilidades creéis que tenemos de ganar? Un amigo abogado al que consultamos ayer nos dijo que la revista se puede lavar las manos y que puede decir que si el cliente no ha dicho nada no tenemos nada que decir. También dijo que una vez que el cliente paga puede hacer con el trabajo lo que quiera pero yo entiendo que no es así por lo expuesto anteriormente.

Un saludo y gracias de antemano,

Renda.
22/10/2010 19:52
Buenas tardes de nuevo,

¿Alguien podría echarme una mano, por favor?

Gracias de nuevo.


Redna.
23/10/2010 14:51
Estimado Redna,

acabo de leer tu mensaje,

efectivamente el derecho moral nunca se cede, nadie puede adulterar sustancialmente tu obra.

La autoría, paternidad de la obra, el acceso al ejemplar único y el derecho de transformación es un derecho moral siempre reservado al autor, únicamente son cedibles los derechos patrimoniales (reproducción, distribución y comunicación pública), pero el respeto a la integridad de la obra es inherente al derecho de propiedad intelectual del autor.

En este caso Redna, lo habitual es redactar y enviarle un requerimiento a través de algún bufete o abogado haciéndole saber e informando de vuestros derechos como autores y de las limitaciones de ellos.

Espero haber atendido tu consulta, también disponemos de la web www.soyautor.es y www.elregistrodemimarca.com para cualquier duda de este tipo y cualquiera que puedas tener.

un abrazo y a tu entera disposición

Pablo

Pablo CASTELLS (Abogado) / PCP ABOGADOS
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www.elregistrodemimarca.es
www.soyautor.es
24/10/2010 13:39
Buenos días Pablo,

Muchísimas gracias por tu respuesta. Es lo que pensábamos desde un primer momento: el trabajo lo hemos realizado nosotros y nadie puede modificarlo sin nuestro consentimiento. Como ya comentaba en el primer mensaje en diciembre del año pasado se lo expusimos vía mail pero lo mejor será enviar el requerimiento a través de un bufete. Podemos pedir daños y perjuicios por las modificaciones que han realizado hasta ahora? Y si una vez enviado el requerimiento lo vuelven a hacer?

Un saludo y gracias de nuevo Pablo,


Redna.
24/10/2010 18:49
Redna,

lo mejor es que adjuntéis a mi correo electrónico los mails que le habéis dirigido para así estudiar mejor el tema.

Mencionaremos en el requerimiento su contenido y les emplazaremos, si lo creéis conveniente, para que se pongan en contacto con nosotros para comentar el asunto.

Efectivamente se puede pedir una compensación económica por los daños causados aunque habría que acreditarlos.

El requerimiento se envía por burofax y eso acredita una fecha de envío y de recepción del texto enviado. Si insisten en su actuación se puede iniciar un procedimiento judicial reclamando una indemnización.

un saludo y si quieres durante la semana que viene puedes llamarnos y así comentar el tema,


Pablo CASTELLS (Abogado) / PCP ABOGADOS
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