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Sobre el cómputo de los plazos

3 Comentarios
 
Sobre el cómputo de los plazos
15/12/2017 06:26
Buenos días,

el día 7 de octubre de 2017 empezó a correr el plazo para la presentación de un recurso de alzada, finalizando el día 7 de noviembre.

El plazo máximo para resolver es de 3 meses. Mi duda es la siguiente: los tres meses se computan desde que finalizó el plazo de presentación (7 noviembre finaliza, hasta 7 febrero) o por el contrario desde la fecha de presentación del recurso de alzada (ejemplo, fecha presentación 9 noviembre, silencio administrativo 9 de enero)?

Gracias de antemano,

un saludo
05/01/2018 11:52
gaztea
Buenos días, gaztea.
El plazo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Ese plazo comienza a contar desde que se presenta el recurso.
Transcurrido el plazo de un mes para interponer ese recurso, sin hacerlo, la resolución de la que se trata será firme a todos los efectos (art. 122 Ley 39/2015).
Espero que te sea de ayuda.
Un saludo
09/01/2018 12:44
Alter ego
Muchas gracias,

me lo has aclarado perfectamente.
31/01/2018 12:50
gaztea
Una fundación pública estatal convoca una ayuda para la que otorga 30 días naturales de plazo para la presentación de solicitudes. El plazo inicia al día siguiente de la publicación. Y terminará, contando sábados, domingos y festivos al día n. Si ese día n cae en domingo, se prorroga al día siguiente hábil? o no aplica por tratarse de días naturales.
Viendo el art. 30.5 de la 39/2015, sí que entiendo que debería prorrogarse.
Pero la fundación manifiesta que no aplica este artículo refiriéndose primero al Artículo 12 d ela convocatoria: "Plazo de presentación de solicitudes. Esta convocatoria tiene un carácter de régimen de concurrencia competitiva y el plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOE".
Y después interpreta esto en una respuesta de su depto. jurídico: "Por lo que la normativa del artículo 30 de la Ley 39/2015, no aplica en este caso. Si no hubiésemos especificado qué tipo de días eran, entonces se entienden que son hábiles y aplica dicho artículo".

Publicación en BOE día 29-12-2017
Cumplimiento de 30 días naturales 28/1/2018 (Domingo)
Según mis cálculos: Plazo presentación solicitudes 29/1/2018 al prorrogarse en base art. 30.5
Según la fundación convocante: 28/1/2018 (al ser días naturales sin aplicación del art. 30.5)

Agradecería que me ayudaran a conocer cuál es el criterio que debe aplicarse.
Muchas gracias.
Sobre el cómputo de los plazos | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
Sobre el cómputo de los plazos
15/12/2017 06:26
Buenos días,

el día 7 de octubre de 2017 empezó a correr el plazo para la presentación de un recurso de alzada, finalizando el día 7 de noviembre.

El plazo máximo para resolver es de 3 meses. Mi duda es la siguiente: los tres meses se computan desde que finalizó el plazo de presentación (7 noviembre finaliza, hasta 7 febrero) o por el contrario desde la fecha de presentación del recurso de alzada (ejemplo, fecha presentación 9 noviembre, silencio administrativo 9 de enero)?

Gracias de antemano,

un saludo
05/01/2018 11:52
gaztea
Buenos días, gaztea.
El plazo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Ese plazo comienza a contar desde que se presenta el recurso.
Transcurrido el plazo de un mes para interponer ese recurso, sin hacerlo, la resolución de la que se trata será firme a todos los efectos (art. 122 Ley 39/2015).
Espero que te sea de ayuda.
Un saludo
09/01/2018 12:44
Alter ego
Muchas gracias,

me lo has aclarado perfectamente.
31/01/2018 12:50
gaztea
Una fundación pública estatal convoca una ayuda para la que otorga 30 días naturales de plazo para la presentación de solicitudes. El plazo inicia al día siguiente de la publicación. Y terminará, contando sábados, domingos y festivos al día n. Si ese día n cae en domingo, se prorroga al día siguiente hábil? o no aplica por tratarse de días naturales.
Viendo el art. 30.5 de la 39/2015, sí que entiendo que debería prorrogarse.
Pero la fundación manifiesta que no aplica este artículo refiriéndose primero al Artículo 12 d ela convocatoria: "Plazo de presentación de solicitudes. Esta convocatoria tiene un carácter de régimen de concurrencia competitiva y el plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOE".
Y después interpreta esto en una respuesta de su depto. jurídico: "Por lo que la normativa del artículo 30 de la Ley 39/2015, no aplica en este caso. Si no hubiésemos especificado qué tipo de días eran, entonces se entienden que son hábiles y aplica dicho artículo".

Publicación en BOE día 29-12-2017
Cumplimiento de 30 días naturales 28/1/2018 (Domingo)
Según mis cálculos: Plazo presentación solicitudes 29/1/2018 al prorrogarse en base art. 30.5
Según la fundación convocante: 28/1/2018 (al ser días naturales sin aplicación del art. 30.5)

Agradecería que me ayudaran a conocer cuál es el criterio que debe aplicarse.
Muchas gracias.