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Sobre herencia

4 Comentarios
 
Sobre herencia
26/03/2009 17:37
Buenos días al foro:
Se trata de un matrimonio en régimen de gananciales, uno de los cónyuges recibe una herencia paterna, tanto en terrenos como en dinero. Los terrenos soy consciente que son bienes privativos del cónyuge correspondiente, pero no lo tengo claro en cuanto al dinero. Mi pregunta es, ¿que trato se le puede dar al dinero para que se mantenga siempre como privativo, es decir que no pase a la sociedad de gananciales? Espero vuestra repuesta.
Saludos cordiales.
29/03/2009 14:03
Ponerlo en una cuenta aparte. Cuando se compre algo, utilizando este dinero para pagar todo ó parte, hay que hacer constar en la Escritura este hecho, para que el bien obtenido sea privativo en todo ó en parte, según proceda.

un saludo.
29/03/2009 17:19
El dinero es privativo, pero los rendimientos que produzca, si van a integrar la sociedad de gananciales.

Saludos,
29/03/2009 17:36
El dinero siempre será privativo al proceder de la herencia, no así los rendimientos que produzca como indica katia, que serán gananciales. La mejor forma de controlarlo es abrir una cuenta de titularidad única y traspasar el dinero directamente de la cuenta donde se encuentre (pidiendo certificación de la titularidad de la misma para el futuro) a la propia o bien, ingresando si el dinero no estuviera depositado bancariamente, la cantidad que se obtenga de la herencia por el importe exacto en fecha próxima a la que figure en la correspondiente escritura notarial. Lo que se pague con ese dinero procurar siempre que coincida la factura a nombre del titular del dinero con el importe exacto y fecha de extracción del banco.
También se puede subsanar firmando un documento público o privado donde ambos cónyuges hagan constar que se adquiere tal bien pero que el dinero con el que se adquiere es privativo de don zutanito.
Un saludo.
Un saludo.
30/03/2009 12:25
Estoy de acuerdo en meter ese dinero privativo en una cuenta independiente. Tengo muchas dudas, porque en su momento estudié el tema, acerca de la utilidad (que nunca están de más) de cualesquiera escrituras públicas, cercanías de tiempo, etc...a la hora de adquirir un bien, sobretodo si es un inmueble, con ese dinero privativo, ya que serían presunciones o indicios contra la presunción de ganancialidad.

La única manera de que el registrador de la propiedad no pusiera pegas, es, si se adquiere un bien inmueble con ese dinero, como creo que ha dicho Nuria al final, una confesión de privatividad del otro cónyuge, ante notario.

Salvo mejor criterio...
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Sobre herencia
26/03/2009 17:37
Buenos días al foro:
Se trata de un matrimonio en régimen de gananciales, uno de los cónyuges recibe una herencia paterna, tanto en terrenos como en dinero. Los terrenos soy consciente que son bienes privativos del cónyuge correspondiente, pero no lo tengo claro en cuanto al dinero. Mi pregunta es, ¿que trato se le puede dar al dinero para que se mantenga siempre como privativo, es decir que no pase a la sociedad de gananciales? Espero vuestra repuesta.
Saludos cordiales.
29/03/2009 14:03
Ponerlo en una cuenta aparte. Cuando se compre algo, utilizando este dinero para pagar todo ó parte, hay que hacer constar en la Escritura este hecho, para que el bien obtenido sea privativo en todo ó en parte, según proceda.

un saludo.
29/03/2009 17:19
El dinero es privativo, pero los rendimientos que produzca, si van a integrar la sociedad de gananciales.

Saludos,
29/03/2009 17:36
El dinero siempre será privativo al proceder de la herencia, no así los rendimientos que produzca como indica katia, que serán gananciales. La mejor forma de controlarlo es abrir una cuenta de titularidad única y traspasar el dinero directamente de la cuenta donde se encuentre (pidiendo certificación de la titularidad de la misma para el futuro) a la propia o bien, ingresando si el dinero no estuviera depositado bancariamente, la cantidad que se obtenga de la herencia por el importe exacto en fecha próxima a la que figure en la correspondiente escritura notarial. Lo que se pague con ese dinero procurar siempre que coincida la factura a nombre del titular del dinero con el importe exacto y fecha de extracción del banco.
También se puede subsanar firmando un documento público o privado donde ambos cónyuges hagan constar que se adquiere tal bien pero que el dinero con el que se adquiere es privativo de don zutanito.
Un saludo.
Un saludo.
30/03/2009 12:25
Estoy de acuerdo en meter ese dinero privativo en una cuenta independiente. Tengo muchas dudas, porque en su momento estudié el tema, acerca de la utilidad (que nunca están de más) de cualesquiera escrituras públicas, cercanías de tiempo, etc...a la hora de adquirir un bien, sobretodo si es un inmueble, con ese dinero privativo, ya que serían presunciones o indicios contra la presunción de ganancialidad.

La única manera de que el registrador de la propiedad no pusiera pegas, es, si se adquiere un bien inmueble con ese dinero, como creo que ha dicho Nuria al final, una confesión de privatividad del otro cónyuge, ante notario.

Salvo mejor criterio...