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12 Comentarios
 
04/06/2012 18:10
Muchísimas gracias jamgpreve, no sé como agradecerle las molestias que se está tomando.

Voy a tratar de conseguir las nóminas y el contrato y en cuanto tenga ambas cosas, las adjunto en un mensaje.

Muchísimas gracias de nuevo,

Un saludo.
03/06/2012 20:50
Creo que estoy cometiendo un error, la nómina se debe efectaur en base a la primera nómina anterior al mes de la baja y esta es la de tres días y a jormada completa, debo repasar mis apuntes pero usted envienos los que le pido en el correo anterior.
Esta semana estaré sumamente ocupado y no podré dedicarle el tiempo necesario para su caso, pero consiga eso que le he pedido y la próxima semana entrare por aquí y vere lo que nos ha dejado y en base a eso intentare rehacer la nómina.
Entiendo que no le corre prisa ya que para reclamaciones de cantidad tiene un año de plazo.
03/06/2012 05:52
Para poder ayudarle debe darme al menos las cantidades y conceptos de cotización así como fechas que se reclaman.
Vamos a ver, entiendo que la nómina que reclama es la que no le a pagado la mutua, deme fechas exactas de esta nómina anterior a la de la IT y a su vez necesitov saber el èriodo que se reclama.
Tb le dije que hay que saber lo que dice el convenio sobre si por cont, comunes completa la emorsa hasta el 100%, e insisto pida usted las nóminas así como el cto a la empresa, es una obligación para ellos y un derecho para el trabajador.
Por último para reclamación de cantidad tendrá usted un año desde el hecho causante así que no se precipite, vaya tranquilamente consiguiendovesa documentación.
No tenga duda de que le ayudaré en lo que pueda pero claro necesito que me facilite usted un poco las cosas.
Un saludo.
03/06/2012 04:04
jamgpreve, de nuevo muchísimas gracias por su respuesta y por su tiempo. Le estoy tremendamente agradecido. Me ha resuelto prácticamente todas mis dudas de un plumazo.

Sólo me queda por preguntar, abusando de la amabilidad de las personas de este foro, el tema de la papeleta de conciliación. Copio y pego mi duda:

En el apartado de la papeleta en el que hay que poner qué sueldo viene cobrando en la empresa y la cantidad que reclama, no sabe exactamente cómo rellenarlo, dado que ha cobrado

- Primero: 3 días sueltos de un mes.

-Segundo, un mes en el que ha estado diez dias a 20 horas, diez a 40 horas y diez de baja.

-Tercero, un mes entero de baja.

Cada uno de esos sueldos ha sido diferente del anterior, siendo el más alto el último y desconoce la cuantía de lo que debería cobrar el cuarto mes, pues como digo no ha percibido nada, ni tiene nóminas y debido a su estado de salud no tiene contacto alguno con la empresa.

¿Cómo explicar este entuerto en una papeleta de conciliación?

Agradecería que alguien pudiera orientarme en ésta última duda, dado que en principio la papeleta se va a poner este lunes y aún no sé cómo habría que rellenarla o qué cantidad reclamar sin faltar a la verdad.

Muchas gracias de antemano.
02/06/2012 01:15
-Como base se toma el mes anterior al de la IT
-Como le suspendieron la prestación y tuvo un alta y una nueva IT entiendoi quer se seguira utilizando la del último mes anterior al de la IT.
-En cuanto a las nóminas y el cto, el trabajador puede redactar un escrito autorizando a un familiar a recoger copia de las mismas así como del cto., recuerde es un derecho del trabajador.
En cuanto a la oficina virtual, espere los 20 días, contestaran, pero no se olvide por el mismo medio de denuciar a la mutua ante inspección de tabajo.
Respecto a que sólo fuese por ese mes cuando se le hizo cto de 40 horas semanales la IT se calcula en base a ese mes porque es en e3l que cayo de IT y por tanto la prestación sera sobre la jornada de 40 horas semanales.
Por último, sobre el calculo de la nómina, al haber un alta y una nueva baja de IKT por contingencias comunes los plazos volveran a empezar desde el día siguiente a la nueva baja, eds decir trtas el primer día de la nueva baja, los 3 primeros no se cobra, desde el 4 hasta el 20 día ambos inclusive, el 60 % (a jornada completa), 75 %, (tb jornada completa).
Salvo mejor opinión.
01/06/2012 23:02
jamgpreve, muchísimas gracias por su detalladísima respuesta. Me ha sacado de muchas dudas respecto al tema de las nóminas. Muy agradecido.

Por otro lado, entiendo que pueda pensarse que es mucha casualidad el tema de el alta y la baja al día siguiente, pero así es. De hecho, desde que la mutua retira la prestación hasta que se da el alta, pasa un mes entero. Quiero decir, que de ser "un arreglo" podría haber pedido el alta desde el mismo momento en que le avisan que no le van a pagar, y no esperar un mes.

Explico, sólo para aclarar, que la nueva baja es motivada por una enfermedad completamente distinta a la que originó la primera baja (ciática) y está plenamente acreditada, incluso por el servicio de urgencias de un hospital aparte de la doctora de cabecera, y hay cita con un especialista que realizará su informe en este mes.

Con todo, sigo teniendo algunas dudas:

jamgpreve, cuando dice usted que reclame mediante la inspección de la seguridad social, ¿se refiere a la ventanilla virtual de reclamaciones a mutuas? Lo digo porque ya se puso dicha reclamación a través de internet, y seguimos sin respuesta aunque no debe faltar mucho, pues decía que las reclamaciones por eso medio reciben respuesta en 20 días.

De todas formas, dado que a la mutua se le envió el justificante médico mediante e-mail y ésta respondió reiterándose en su negativa a reanudad el pago, creemos que dicha reclamación en la ventanilla virtual no dará ningún fruto, por lo que el siguiente paso es poner papeleta de conciliación contra empresa y mutua, y aquí me reitero en las dudas expuestas en mis primeros mensajes:

Hay que presentar papeleta de conciliación, pero el problema es que en el modelo de papeleta que le han dado al trabajador hay que indicar la cantidad que reclama, y el problema es que no tiene ninguna nómina. Por no tener, no tiene siquiera el contrato, dado que la empresa no se lo llegó a dar.

Por ello, en el apartado de la papeleta en el que hay que poner qué sueldo viene cobrando en la empresa y la cantidad que reclama, no sabe exactamente cómo rellenarlo, dado que ha cobrado

- Primero: 3 días sueltos de un mes.

-Segundo, un mes en el que ha estado diez dias a 20 horas, diez a 40 horas y diez de baja.

-Tercero, un mes entero de baja.

Cada uno de esos sueldos ha sido diferente del anterior, siendo el más alto el último y desconoce la cuantía de lo que debería cobrar el cuarto mes, pues como digo no ha percibido nada, ni tiene nóminas y debido a su estado de salud no tiene contacto alguno con la empresa.

¿Cómo explicar este entuerto en una papeleta de conciliación?

Y con respecto a la nueva baja ¿cuánto cobrará el trabajador ahora? ¿En función a qué nómina? Tengo entendido que en caso de I.T, la prestación se calcula teniendo en cuenta la nómina del mes anterior a caer de baja, ¿es cierto?. La última nómina sería la de mayo, pero no ha cobrado nada porque la mutua había retirado la prestación a finales de abril. ¿Se basarían para pagar la prestación de incapacidad en la nómina de abril, que es la última que si se cobró realmente? Y si se basaran en la de mayo aunque no hubiera cobrado el sueldo, y teniendo en cuenta lo que expliqué al principio de que el contrato de 40 horas era sólo para un mes, ¿influye o es indiferente el tiempo que esa ampliación de horas tenga vigor, y lo único que importa es lo que se recibió en la nómina independientemente de si esa ampliacióln de horas fuera sólo para un mes?

Ruego me disculpen si no planteo mis dudas con la suficiente claridad, pero soy incapaz de explicarme mejor.

Muchas gracias de antemano.


01/06/2012 21:17
Vayamos por partes.

Primero, respecto a lo de que no entiendo el porque la mutua puede retirar la prestación, muy fácil, porque es la que paga y le digo más si le quitan la prestación tiene bastante dificil recuperar ya ese mes, no obstante yo con un justificante de mi médico de cabecera de que ese dia no puede acudiir por estar convaleciente y en cama intentaría denunciar a la mutua tanto ante la inspección de la seguridad social así como ante la propia inspección de trabajo y a ver que pasa. (Ahora bien, tb le digo una cosa, esto canta como un apaño entre el médico de cabecera y el trabajador en cuestión, porque luego le da el alta y al dia siguiente nueva baja por otras circusntancias para que pueda cobrar. Por que, ¿No me diga que no pudo hacer una llamada de telefono diciendoles a los de la clinica que tal día no podía acudir porque estaba convaleciente en la cama?). Bueno esto por aquí que a mi no me incumbe.

Segundo. En cuanto a la nómina, con los datos que usted nos da no se la podemos calcular, en principio no sabemos los concetos retributivos que tiene, si dos o tres pagas extras, si estas a su vez son prorrateadas o no, si por otra parte, la emprtesa mejora hasta el 100 % en periodos de IT,(muchos convenios lo hacen) bien dicho esto, le voy a explicar a groso modo sin entrar en descuentos de cotizaciones y demas, el régimen general como va:

El primer mes trabajo tres días a media jornada y percibio lo que le corresponde por tres días a media jornada, bien según esto ya puede usted extraer el salario hora trabajada.

El segundo mes 10 días a media jornada, 10 a jornada completa y 10 días de IT, pues como sigue:
10 dias* nº de horas que trabajo esos 10 días y * el precio hora (que lo puede usted sacar de esos tres días trabajados a media jornada el primer mes).

Otros 10 días a jornada completa casualmente tiene que ser justo el doble que el resultado anterior.

y por último 10 días de baja por it por cont, comunes.
por la SS como sigue:

Los 3 primeros días de la IT no se cobran, (Salvo que como dije anteriormente el convenio lo mejore).

Del 4 al 20º en este caso para éste mes del 4º al 10 inclusive, total 7 días (A JORNADA COMPLETA)* 60%
hace usted la suma aplica los descuentos de IRPF, SS, FP Y DESEMPLEO y ya tiene la nómina que lógicamente es mas baja que la del proximo mes que sera como sigue:

Como llevamos 7 días al 60% nos faltan 13 para llegar a los 20 días que son al 60 %, por lo tanto, los 13 primeros días del mes siguiente serian;

13*60% y a partir del vigesimoprimer dia de it, es decir a partir del 14 de ese mes hasta el 30 ambos inclusive, (salvo que sea un mes de 31 días), pues estos diecisite días, sería 17*75%, pero claro estos dos calculos tanto el anterior como este serían a jornada completa, bueno pues volveria usted a sumar estos dos conceptos aplicaria los descuentos pertinentes como en la nómina anterior y ya tiene usted las nóminas.

Pero que le quede claro, el recibo de la nómina es un derecho del trabajador así que simplemente, ¿porque no se las pide usted a su empresa?.

Espero haberle ayudado y un saludo.
01/06/2012 18:34
Muchas gracias tonyno pg.

La inasistencia a la revisión de la mutua tiene justificante médico de enfermedad. Lo que no entiendo es cómo una mutua puede retirar una prestación incluso presentando un justificante de un médico de cabecera en el que indica que el trabajador, ese día, se encontraba enfermo por lo que no pudo asistir a revisión.

Respecto a lo de la cotización: el mes que cobra más dinero, estando de baja, cotizaba por 40 horas pero sólo hasta el día 10 de ese mes. El resto del mes, en teoría, volvía a cotizar por 20 horas.

¿Hay posibilidad de que la empresa envíe las nóminas y el contrato por correo a casa del trabajador? ¿O es imprescindible recogerlo en mano?

Y sigo teniendo la duda acerca de la prestación que en teoríarecibirá el trabajador con la nueva baja. En base a qué nómina le pagarán.

A ver si alguien más puede darme su opinión.

Muchas gracias de antemano
01/06/2012 18:00
No entiendo que un trabajador que cobre por la mutua le manden a una revision y no se presente,que justificacion hay, que tenia que ir a otro medico, las prioridades son las prioridades y lo primero, creo yo bajo mi modesta opinion es ir a la revision de la mutua, que es la que paga.


Las nominas son de obligacion de la empresas el proporcionarselas al trabajador al igual que el contrato,puede tardar unas semanas en entregar el contrato,pero no varios meses.



Esta es mi pequeña ayuda que te puedo dar,no soy abogado ni muchos menos es mi opinion,lo mejor para aclararlo todo es ir y hacer una consulta aun abogado laboralista y salgas de tantas duras si algun forero por aqui te puede ayudar mejor que mejor
01/06/2012 17:52
Lo primero el mes que no has trabajado has cobrado mas que el anterior porque cotizabas sobre 40h semanales y no a media jornada como el anterior.

Normal que le retiren la prestacion sino te presentas a una revision,lo mas normal y lo mas justo.

Que casualidad que le de el medico de la mutua el alta y al dia siguiente la baja por otra enfermedad,pero puede pasar.


Si cotiza por 40 horas pues cobrara la mensualidad entera,cambio la media jornada porjornada intensiva ,pero no creo que sea el 100% por contingencias comunes ,creo que sera algo menos.

01/06/2012 16:15
Por favor, alguien puede echarme una mano? Hay poco plazo para presentar la papeleta.
01/06/2012 01:45
Otra duda es la siguiente:

El mismo trabajador quiere demandar por la retirada de la mencionada prestación que le fue retirada, y tratar de que le paguen ese mes (mayo) en el que no ha recibido nada. Tiene justificante médico para la incomparecencia, pero la mutua sigue negándose a pagar.

Hay que presentar papeleta de conciliación, pero el problema es que en el modelo de papeleta que le han dado hay que indicar la cantidad que reclama, y el problema es que no tiene ninguna nómina. Por no tener, no tiene siquiera el contrato, dado que la empresa no se lo llegó a dar.

Por ello, en el apartado de la papeleta en el que hay que poner qué sueldo viene cobrando en la empresa y la cantidad que reclama, no sabe exactamente cómo rellenarlo, dado que ha cobrado

- Primero: 3 días sueltos de un mes.

-Segundo, un mes en el que ha estado diez dias a 20 horas, diez a 40 horas y diez de baja.

-Tercero, un mes entero de baja.

Cada uno de esos sueldos ha sido diferente del anterior, siendo el más alto el último y desconoce la cuantía de lo que debería cobrar el cuarto mes, pues como digo no ha percibido nada, ni tiene nóminas y debido a su estado de salud no tiene contacto alguno con la empresa.

¿Cómo explicar este entuerto en una papeleta de conciliación?

Muchas gracias de nuevo.
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01/06/2012 01:28
Buenas, agradecería por favor algún asesoramiento porque estoy perdido.

Un trabajador empieza a trabajar en una empresa con contrato de 20 horas semanales. Trabaja 3 días de ese mes porque empieza a finales, y por esos 3 días se le paga X cantidad.

Luego trabaja los 10 primeros días del mes siguiente a 20 horas semanales, y a partir del día 10 se le hace un contrato de 40 horas semanales durante un mes por necesidades de la empresa.

El día 20 de ese mes, ya con un contrato de 40 horas semanales, cae de baja por contingencias comunes.

La empresa tiene contratadas las contingencias comunes con una mutua.

Por lo tanto, ha trabajado 10 días a 20 horas, 10 días a 40 horas y el resto del mes está de baja. Ese mes recibe X cantidad de sueldo.

El mes siguiente entero lo pasa de baja, y le pagan de sueldo algo más que el mes anterior.

Aquí está una de mis duda, pues no entiendo cómo ha cobrado más el segundo mes, que no ha trabajado ningún día, que el primero, que si trabajó durante 20 días.

Mi siguiente duda es que el mismo trabajador no se presenta a una revisión de la mutua, por lo que le retiran la prestación, por lo que el tercer mes, que sigue de baja, no cobra nada.

Justo al mes de habérsele retirado la prestación el médico le da de alta y al día siguiente de nuevo le da de baja por otro enfermedad distinta, también contingencia comunes.

¿Cuanto cobrará ahora? ¿En función a qué nómina? La última sería la de mayo, pero no ha cobrado nada porque la mutua le había retirado la prestación a finales de abril. ¿Se basarían para pagarle en la nómina de abril, que es la última que si cobró realmente? Y si se basaran en la de mayo aunque no hubiera cobrado el sueldo, y teniendo en cuenta lo que expliqué al principio de que el contrato de 40 horas era sólo para un mes, ¿influye? ¿Cobraría como si su contrato fuera de 20 horas?

Sé que es un poco lioso, pero a ver si hay suerte y alguien que lo haya entendido me echa un cable.

Muchas gracias.

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04/06/2012 18:10
Muchísimas gracias jamgpreve, no sé como agradecerle las molestias que se está tomando.

Voy a tratar de conseguir las nóminas y el contrato y en cuanto tenga ambas cosas, las adjunto en un mensaje.

Muchísimas gracias de nuevo,

Un saludo.
03/06/2012 20:50
Creo que estoy cometiendo un error, la nómina se debe efectaur en base a la primera nómina anterior al mes de la baja y esta es la de tres días y a jormada completa, debo repasar mis apuntes pero usted envienos los que le pido en el correo anterior.
Esta semana estaré sumamente ocupado y no podré dedicarle el tiempo necesario para su caso, pero consiga eso que le he pedido y la próxima semana entrare por aquí y vere lo que nos ha dejado y en base a eso intentare rehacer la nómina.
Entiendo que no le corre prisa ya que para reclamaciones de cantidad tiene un año de plazo.
03/06/2012 05:52
Para poder ayudarle debe darme al menos las cantidades y conceptos de cotización así como fechas que se reclaman.
Vamos a ver, entiendo que la nómina que reclama es la que no le a pagado la mutua, deme fechas exactas de esta nómina anterior a la de la IT y a su vez necesitov saber el èriodo que se reclama.
Tb le dije que hay que saber lo que dice el convenio sobre si por cont, comunes completa la emorsa hasta el 100%, e insisto pida usted las nóminas así como el cto a la empresa, es una obligación para ellos y un derecho para el trabajador.
Por último para reclamación de cantidad tendrá usted un año desde el hecho causante así que no se precipite, vaya tranquilamente consiguiendovesa documentación.
No tenga duda de que le ayudaré en lo que pueda pero claro necesito que me facilite usted un poco las cosas.
Un saludo.
03/06/2012 04:04
jamgpreve, de nuevo muchísimas gracias por su respuesta y por su tiempo. Le estoy tremendamente agradecido. Me ha resuelto prácticamente todas mis dudas de un plumazo.

Sólo me queda por preguntar, abusando de la amabilidad de las personas de este foro, el tema de la papeleta de conciliación. Copio y pego mi duda:

En el apartado de la papeleta en el que hay que poner qué sueldo viene cobrando en la empresa y la cantidad que reclama, no sabe exactamente cómo rellenarlo, dado que ha cobrado

- Primero: 3 días sueltos de un mes.

-Segundo, un mes en el que ha estado diez dias a 20 horas, diez a 40 horas y diez de baja.

-Tercero, un mes entero de baja.

Cada uno de esos sueldos ha sido diferente del anterior, siendo el más alto el último y desconoce la cuantía de lo que debería cobrar el cuarto mes, pues como digo no ha percibido nada, ni tiene nóminas y debido a su estado de salud no tiene contacto alguno con la empresa.

¿Cómo explicar este entuerto en una papeleta de conciliación?

Agradecería que alguien pudiera orientarme en ésta última duda, dado que en principio la papeleta se va a poner este lunes y aún no sé cómo habría que rellenarla o qué cantidad reclamar sin faltar a la verdad.

Muchas gracias de antemano.
02/06/2012 01:15
-Como base se toma el mes anterior al de la IT
-Como le suspendieron la prestación y tuvo un alta y una nueva IT entiendoi quer se seguira utilizando la del último mes anterior al de la IT.
-En cuanto a las nóminas y el cto, el trabajador puede redactar un escrito autorizando a un familiar a recoger copia de las mismas así como del cto., recuerde es un derecho del trabajador.
En cuanto a la oficina virtual, espere los 20 días, contestaran, pero no se olvide por el mismo medio de denuciar a la mutua ante inspección de tabajo.
Respecto a que sólo fuese por ese mes cuando se le hizo cto de 40 horas semanales la IT se calcula en base a ese mes porque es en e3l que cayo de IT y por tanto la prestación sera sobre la jornada de 40 horas semanales.
Por último, sobre el calculo de la nómina, al haber un alta y una nueva baja de IKT por contingencias comunes los plazos volveran a empezar desde el día siguiente a la nueva baja, eds decir trtas el primer día de la nueva baja, los 3 primeros no se cobra, desde el 4 hasta el 20 día ambos inclusive, el 60 % (a jornada completa), 75 %, (tb jornada completa).
Salvo mejor opinión.
01/06/2012 23:02
jamgpreve, muchísimas gracias por su detalladísima respuesta. Me ha sacado de muchas dudas respecto al tema de las nóminas. Muy agradecido.

Por otro lado, entiendo que pueda pensarse que es mucha casualidad el tema de el alta y la baja al día siguiente, pero así es. De hecho, desde que la mutua retira la prestación hasta que se da el alta, pasa un mes entero. Quiero decir, que de ser "un arreglo" podría haber pedido el alta desde el mismo momento en que le avisan que no le van a pagar, y no esperar un mes.

Explico, sólo para aclarar, que la nueva baja es motivada por una enfermedad completamente distinta a la que originó la primera baja (ciática) y está plenamente acreditada, incluso por el servicio de urgencias de un hospital aparte de la doctora de cabecera, y hay cita con un especialista que realizará su informe en este mes.

Con todo, sigo teniendo algunas dudas:

jamgpreve, cuando dice usted que reclame mediante la inspección de la seguridad social, ¿se refiere a la ventanilla virtual de reclamaciones a mutuas? Lo digo porque ya se puso dicha reclamación a través de internet, y seguimos sin respuesta aunque no debe faltar mucho, pues decía que las reclamaciones por eso medio reciben respuesta en 20 días.

De todas formas, dado que a la mutua se le envió el justificante médico mediante e-mail y ésta respondió reiterándose en su negativa a reanudad el pago, creemos que dicha reclamación en la ventanilla virtual no dará ningún fruto, por lo que el siguiente paso es poner papeleta de conciliación contra empresa y mutua, y aquí me reitero en las dudas expuestas en mis primeros mensajes:

Hay que presentar papeleta de conciliación, pero el problema es que en el modelo de papeleta que le han dado al trabajador hay que indicar la cantidad que reclama, y el problema es que no tiene ninguna nómina. Por no tener, no tiene siquiera el contrato, dado que la empresa no se lo llegó a dar.

Por ello, en el apartado de la papeleta en el que hay que poner qué sueldo viene cobrando en la empresa y la cantidad que reclama, no sabe exactamente cómo rellenarlo, dado que ha cobrado

- Primero: 3 días sueltos de un mes.

-Segundo, un mes en el que ha estado diez dias a 20 horas, diez a 40 horas y diez de baja.

-Tercero, un mes entero de baja.

Cada uno de esos sueldos ha sido diferente del anterior, siendo el más alto el último y desconoce la cuantía de lo que debería cobrar el cuarto mes, pues como digo no ha percibido nada, ni tiene nóminas y debido a su estado de salud no tiene contacto alguno con la empresa.

¿Cómo explicar este entuerto en una papeleta de conciliación?

Y con respecto a la nueva baja ¿cuánto cobrará el trabajador ahora? ¿En función a qué nómina? Tengo entendido que en caso de I.T, la prestación se calcula teniendo en cuenta la nómina del mes anterior a caer de baja, ¿es cierto?. La última nómina sería la de mayo, pero no ha cobrado nada porque la mutua había retirado la prestación a finales de abril. ¿Se basarían para pagar la prestación de incapacidad en la nómina de abril, que es la última que si se cobró realmente? Y si se basaran en la de mayo aunque no hubiera cobrado el sueldo, y teniendo en cuenta lo que expliqué al principio de que el contrato de 40 horas era sólo para un mes, ¿influye o es indiferente el tiempo que esa ampliación de horas tenga vigor, y lo único que importa es lo que se recibió en la nómina independientemente de si esa ampliacióln de horas fuera sólo para un mes?

Ruego me disculpen si no planteo mis dudas con la suficiente claridad, pero soy incapaz de explicarme mejor.

Muchas gracias de antemano.


01/06/2012 21:17
Vayamos por partes.

Primero, respecto a lo de que no entiendo el porque la mutua puede retirar la prestación, muy fácil, porque es la que paga y le digo más si le quitan la prestación tiene bastante dificil recuperar ya ese mes, no obstante yo con un justificante de mi médico de cabecera de que ese dia no puede acudiir por estar convaleciente y en cama intentaría denunciar a la mutua tanto ante la inspección de la seguridad social así como ante la propia inspección de trabajo y a ver que pasa. (Ahora bien, tb le digo una cosa, esto canta como un apaño entre el médico de cabecera y el trabajador en cuestión, porque luego le da el alta y al dia siguiente nueva baja por otras circusntancias para que pueda cobrar. Por que, ¿No me diga que no pudo hacer una llamada de telefono diciendoles a los de la clinica que tal día no podía acudir porque estaba convaleciente en la cama?). Bueno esto por aquí que a mi no me incumbe.

Segundo. En cuanto a la nómina, con los datos que usted nos da no se la podemos calcular, en principio no sabemos los concetos retributivos que tiene, si dos o tres pagas extras, si estas a su vez son prorrateadas o no, si por otra parte, la emprtesa mejora hasta el 100 % en periodos de IT,(muchos convenios lo hacen) bien dicho esto, le voy a explicar a groso modo sin entrar en descuentos de cotizaciones y demas, el régimen general como va:

El primer mes trabajo tres días a media jornada y percibio lo que le corresponde por tres días a media jornada, bien según esto ya puede usted extraer el salario hora trabajada.

El segundo mes 10 días a media jornada, 10 a jornada completa y 10 días de IT, pues como sigue:
10 dias* nº de horas que trabajo esos 10 días y * el precio hora (que lo puede usted sacar de esos tres días trabajados a media jornada el primer mes).

Otros 10 días a jornada completa casualmente tiene que ser justo el doble que el resultado anterior.

y por último 10 días de baja por it por cont, comunes.
por la SS como sigue:

Los 3 primeros días de la IT no se cobran, (Salvo que como dije anteriormente el convenio lo mejore).

Del 4 al 20º en este caso para éste mes del 4º al 10 inclusive, total 7 días (A JORNADA COMPLETA)* 60%
hace usted la suma aplica los descuentos de IRPF, SS, FP Y DESEMPLEO y ya tiene la nómina que lógicamente es mas baja que la del proximo mes que sera como sigue:

Como llevamos 7 días al 60% nos faltan 13 para llegar a los 20 días que son al 60 %, por lo tanto, los 13 primeros días del mes siguiente serian;

13*60% y a partir del vigesimoprimer dia de it, es decir a partir del 14 de ese mes hasta el 30 ambos inclusive, (salvo que sea un mes de 31 días), pues estos diecisite días, sería 17*75%, pero claro estos dos calculos tanto el anterior como este serían a jornada completa, bueno pues volveria usted a sumar estos dos conceptos aplicaria los descuentos pertinentes como en la nómina anterior y ya tiene usted las nóminas.

Pero que le quede claro, el recibo de la nómina es un derecho del trabajador así que simplemente, ¿porque no se las pide usted a su empresa?.

Espero haberle ayudado y un saludo.
01/06/2012 18:34
Muchas gracias tonyno pg.

La inasistencia a la revisión de la mutua tiene justificante médico de enfermedad. Lo que no entiendo es cómo una mutua puede retirar una prestación incluso presentando un justificante de un médico de cabecera en el que indica que el trabajador, ese día, se encontraba enfermo por lo que no pudo asistir a revisión.

Respecto a lo de la cotización: el mes que cobra más dinero, estando de baja, cotizaba por 40 horas pero sólo hasta el día 10 de ese mes. El resto del mes, en teoría, volvía a cotizar por 20 horas.

¿Hay posibilidad de que la empresa envíe las nóminas y el contrato por correo a casa del trabajador? ¿O es imprescindible recogerlo en mano?

Y sigo teniendo la duda acerca de la prestación que en teoríarecibirá el trabajador con la nueva baja. En base a qué nómina le pagarán.

A ver si alguien más puede darme su opinión.

Muchas gracias de antemano
01/06/2012 18:00
No entiendo que un trabajador que cobre por la mutua le manden a una revision y no se presente,que justificacion hay, que tenia que ir a otro medico, las prioridades son las prioridades y lo primero, creo yo bajo mi modesta opinion es ir a la revision de la mutua, que es la que paga.


Las nominas son de obligacion de la empresas el proporcionarselas al trabajador al igual que el contrato,puede tardar unas semanas en entregar el contrato,pero no varios meses.



Esta es mi pequeña ayuda que te puedo dar,no soy abogado ni muchos menos es mi opinion,lo mejor para aclararlo todo es ir y hacer una consulta aun abogado laboralista y salgas de tantas duras si algun forero por aqui te puede ayudar mejor que mejor
01/06/2012 17:52
Lo primero el mes que no has trabajado has cobrado mas que el anterior porque cotizabas sobre 40h semanales y no a media jornada como el anterior.

Normal que le retiren la prestacion sino te presentas a una revision,lo mas normal y lo mas justo.

Que casualidad que le de el medico de la mutua el alta y al dia siguiente la baja por otra enfermedad,pero puede pasar.


Si cotiza por 40 horas pues cobrara la mensualidad entera,cambio la media jornada porjornada intensiva ,pero no creo que sea el 100% por contingencias comunes ,creo que sera algo menos.

01/06/2012 16:15
Por favor, alguien puede echarme una mano? Hay poco plazo para presentar la papeleta.
01/06/2012 01:45
Otra duda es la siguiente:

El mismo trabajador quiere demandar por la retirada de la mencionada prestación que le fue retirada, y tratar de que le paguen ese mes (mayo) en el que no ha recibido nada. Tiene justificante médico para la incomparecencia, pero la mutua sigue negándose a pagar.

Hay que presentar papeleta de conciliación, pero el problema es que en el modelo de papeleta que le han dado hay que indicar la cantidad que reclama, y el problema es que no tiene ninguna nómina. Por no tener, no tiene siquiera el contrato, dado que la empresa no se lo llegó a dar.

Por ello, en el apartado de la papeleta en el que hay que poner qué sueldo viene cobrando en la empresa y la cantidad que reclama, no sabe exactamente cómo rellenarlo, dado que ha cobrado

- Primero: 3 días sueltos de un mes.

-Segundo, un mes en el que ha estado diez dias a 20 horas, diez a 40 horas y diez de baja.

-Tercero, un mes entero de baja.

Cada uno de esos sueldos ha sido diferente del anterior, siendo el más alto el último y desconoce la cuantía de lo que debería cobrar el cuarto mes, pues como digo no ha percibido nada, ni tiene nóminas y debido a su estado de salud no tiene contacto alguno con la empresa.

¿Cómo explicar este entuerto en una papeleta de conciliación?

Muchas gracias de nuevo.
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01/06/2012 01:28
Buenas, agradecería por favor algún asesoramiento porque estoy perdido.

Un trabajador empieza a trabajar en una empresa con contrato de 20 horas semanales. Trabaja 3 días de ese mes porque empieza a finales, y por esos 3 días se le paga X cantidad.

Luego trabaja los 10 primeros días del mes siguiente a 20 horas semanales, y a partir del día 10 se le hace un contrato de 40 horas semanales durante un mes por necesidades de la empresa.

El día 20 de ese mes, ya con un contrato de 40 horas semanales, cae de baja por contingencias comunes.

La empresa tiene contratadas las contingencias comunes con una mutua.

Por lo tanto, ha trabajado 10 días a 20 horas, 10 días a 40 horas y el resto del mes está de baja. Ese mes recibe X cantidad de sueldo.

El mes siguiente entero lo pasa de baja, y le pagan de sueldo algo más que el mes anterior.

Aquí está una de mis duda, pues no entiendo cómo ha cobrado más el segundo mes, que no ha trabajado ningún día, que el primero, que si trabajó durante 20 días.

Mi siguiente duda es que el mismo trabajador no se presenta a una revisión de la mutua, por lo que le retiran la prestación, por lo que el tercer mes, que sigue de baja, no cobra nada.

Justo al mes de habérsele retirado la prestación el médico le da de alta y al día siguiente de nuevo le da de baja por otro enfermedad distinta, también contingencia comunes.

¿Cuanto cobrará ahora? ¿En función a qué nómina? La última sería la de mayo, pero no ha cobrado nada porque la mutua le había retirado la prestación a finales de abril. ¿Se basarían para pagarle en la nómina de abril, que es la última que si cobró realmente? Y si se basaran en la de mayo aunque no hubiera cobrado el sueldo, y teniendo en cuenta lo que expliqué al principio de que el contrato de 40 horas era sólo para un mes, ¿influye? ¿Cobraría como si su contrato fuera de 20 horas?

Sé que es un poco lioso, pero a ver si hay suerte y alguien que lo haya entendido me echa un cable.

Muchas gracias.